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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta-ciones culturales del país y de la conservación del Patrimo-nio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y decla-rar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico,así como las manifestaciones culturales, orales y tradicio-nales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 044, de fecha 17 de febrero del 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al SitioArqueológico Huaca Los Cocos, ubicado en el distrito deChulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piu- ra; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Huaca Los Cocos, ubicado en el dis-trito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamentode Piura. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del INC - Piura la elaboración del Expediente Técnico del Sitio Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o al-terar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patrimo-nio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11616 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 410/INC Lima, 2 de junio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 062, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 004 de fe-cha 24 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta-ciones culturales del país y de la conservación del Patrimo- nio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y decla-rar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico,así como las manifestaciones culturales, orales y tradicio- nales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 062, de fecha 24 de febrero del 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Antiguo Salascape o Salas Viejo, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Lambaye-que; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Antiguo Salascape o Salas Viejo, ubi-cado en el distrito de Salas, provincia y departamento deLambayeque. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del INC - Lamba- yeque la elaboración del Expediente Técnico del Sitio Ar-queológico mencionado en el Artículo 1º de la presenteResolución, con su respectiva Ficha Técnica y MemoriaDescriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona-do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o al- terar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patrimo-nio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobacióndel Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11617 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 414/INC Lima, 4 de junio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 003, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 001 de fe-cha 6 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta- ciones culturales del país y de la conservación del Patrimo-nio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Insti-tuto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 003, de fecha 6 de febrero del 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los si- guientes Sitios Arqueológicos: - Manchac, ubicado en el distrito de Cochabamba, pro- vincia de Huacaybamba, región Huánuco. - Tinyash, ubicado en el distrito de Pinra, provincia de Haucaybamba, región Huánuco. - Mullush, ubicado en el distrito de Huacaybamba, pro- vincia de Huacaybamba, región Huánuco. - Marka Marka, ubicado en el distrito de Huacaybamba, provincia de Huacaybamba, región Huánuco. Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos;