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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G30/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de marzo de 2004 (3) Todas las luces deben tener un dispositivo de con- trol en la cabina, que tenga las posiciones de "armado", "encendido" y "apagado". (e) Operación de las manijas de salidas de emergen- cia. (1) Para un avión de transporte de pasajeros para el cual se solicitó certificado tipo en su país de origen antes del 01-05-72, la ubicación de las manijas de operaciónde las salidas de emergencia de pasajeros y las instruc- ciones para la apertura de las salidas, deben ser mostra- das mediante marcas en o cerca de las salidas, que seanlegibles desde una distancia de 0.76 m (30 pulgadas). Además, para cada salida de emergencia, Tipo I y Tipo II con un mecanismo de liberación de seguro pormovimiento rotatorio de la manija, las instrucciones para la apertura deben ser mostradas por: (i) Una flecha roja, que tenga un ancho de, al menos, 0.019 m (3/4") en su eje, y el doble de ancho en su extre- mo, extendida a lo largo de un arco que abarque, un ra-dio de 70º grados, aproximadamente igual a 3/4 de la longitud de la manija; y (ii) La palabra "abierto", en letras rojas de 0.025 m (1") de altura, ubicada horizontalmente cerca del extre- mo de indicación de la flecha. (2) Para aviones de transporte de pasajeros para los cuales la solicitud de certificado tipo en su país de origen fue hecha después del 01-05-1972, la ubicación de cadamanija de operación de las salidas de emergencia de pa- sajeros y las instrucciones para la apertura de las sali- das, deben ser mostradas de acuerdo con los requisitosbajo los cuales el avión obtuvo el certificado tipo por la Autoridad Aeronáutica del país de fabricación. En esos aviones, ninguna manija de operación, o cobertura delas manijas de operación, puede continuar siendo usada si su brillo decrece por debajo de los cien (100) Micro- lamberts. (f) Accesos a las salidas de emergencia: Para cada avión de transporte de pasajeros, los ac- cesos a las salidas de emergencia deben proveerse como sigue: (1) Cada pasaje entre áreas individuales de pasaje- ros, o que conduzca hacia las salidas de emergencia tipo I o tipo II, debe estar libre de obstáculos y ser de, al me-nos, 0.50 metros (20 pulgadas) de ancho. (2) Debe haber suficiente espacio cerca de cada sali- da de emergencia, Tipo I o Tipo II, para permitir a losmiembros de la tripulación ayudar en la evacuación de los pasajeros sin reducir el ancho de los pasajes que son re- queridos en el subpárrafo (f)(1) de esta Sección. Sin embargo, la DGAC puede autorizar desviaciones de éste si encuentra que existen circunstancias especia- les que otorguen un nivel de seguridad equivalente. (3) Debe haber acceso desde los pasillos principales a cada salida Tipo III y Tipo IV. Los accesos desde el pasi- llo a las salidas no deben estar obstruidos por asientos,literas u otras salientes que pudieran reducir la efectividad de la salida, además: (i) Para un avión de categoría transporte con solicitud de certificado tipo en su país de origen posterior al 1º de enero de 1958, no debe tener interferencias para abrir elacceso en un ancho no menor que el pasaje principal entre asientos para aeronaves con capacidad de veinte (20) pa- sajeros o más. Para cabinas con capacidad de diecinueve(19) pasajeros o menos puede ser menor si no hay facto- res que dificultan el acceso. (ii) La DGAC puede autorizar desviaciones del subpá- rrafo (f)(3)(i) de esta Sección si determina que existen circunstancias especiales que hacen no práctico el cum- plimiento de dicho párrafo. Estas circunstancias especia-les incluyen, pero no están limitadas, a las siguientes con- diciones, cuando ellas impiden poder cumplir sin una re- ducción en el número total de asientos de pasajeros: sa-lidas de emergencia localizadas muy próximas una de otra; instalaciones fijas como son lavatorios, cocinas de a bordo, etc.; mamparos permanentemente montados;un número insuficiente de filas por delante o detrás de la salida que permita el cumplimiento sin una reducción en el paso entre filas de más de 2.54 cm. (1 pulgada); o unnúmero insuficiente de estas filas que permitan el cumpli- miento sin una reducción en el paso entre filas menor a 76.2 cm (30 pulgadas). Para conceder una desviación de la aplicación de el subpárrafo 121.310 (f)(1), se debe demostrar las razo- nes que hacen impracticable este requerimiento, y las acciones seguidas para alcanzar un nivel de seguridadequivalente como sea aplicable según el subpárrafo 121.310 (f)(2). (iii) La DGAC puede también autorizar una fecha de cumplimiento posterior al 01-09-1996, si se ha determi- nado que existen circunstancias especiales que hicieron el cumplimiento hasta esta fecha impracticable. Una soli-citud para conceder esta desviación debe indicar los avio- nes para los cuales su cumplimiento será alcanzado el 01-09-1996, e incluir un programa propuesto para el cum-plimiento a incrementarse en los restantes aviones en la flota del explotador. Adicionalmente, el pedido debe in- cluir razones técnicas de por qué no fue logrado el cum-plimiento en fecha más temprana. (4) Si es necesario pasar a través de pasillos entre los compartimentos de pasajeros para alcanzar cualquier salida de emergencia requerida desde algún asiento en la cabina de pasajeros, los pasillos no deben ser obstrui-dos. No obstante, se pueden usar cortinas si ellas permi- ten la libre entrada a través del pasillo de pasajeros. (5) No se debe instalar ninguna puerta entre compar- timentos de pasajeros. (6) Si es necesario pasar a través de una puerta que separa la cabina de pasajeros de otras áreas para alcan-zar salidas de emergencia desde algún asiento de pasa- jeros, la puerta debe tener un medio para trabarla en po- sición abierta, y la puerta debe estar asegurada en posi-ción abierta durante cada despegue y aterrizaje. Los medios de trabado deben ser capaces de resistir las car- gas impuestas cuando la puerta es sometida a las fuer-zas inerciales últimas, relativas a la estructura circundan- tes. (g) Marcas exteriores de salidas. Cada salida de emergencia de pasajeros, y los me- dios para abrirlas desde el exterior, deben ser marcadasen el exterior del avión. Debe haber una banda coloreada de dos pulgadas delineando cada salida de emergencia de pasajeros, sobre el lado exterior del fuselaje. Cada marca exterior incluyendo la banda, debe ser fácilmente distinguible desde el área circundante del fu- selaje por contraste en el color. La marcación debe cum-plir con lo siguiente: (1) Si la reflectancia de los colores oscuros es de 15% o menor, la reflectancia de los colores claros debe ser de al menos 45%. (2) Si la reflectancia de los colores oscuros es mayor del 15%, se debe proveer una diferencia con el contraste de los colores claros de al menos 30%. (3) Las salidas que no estén al costado del fuselaje, deben tener medios externos de apertura e instruccio- nes aplicables marcadas claramente en rojo contra el color de fondo, o, si el rojo no es claro contra el color de fondo,en amarillo cromo brillante, y, cuando los medios de aper- tura para tales salidas estén localizados solamente a un costado del fuselaje, una marcación clara a ese efectodebe ser provista del otro lado. Reflectancia es la relación entre el flujo luminoso re- flejado por un cuerpo, y el flujo luminoso que dicho cuerporecibe. (h) Iluminación de emergencia exterior y sendas de escape: (1) Cada avión de transporte de pasajeros debe estar equipado con luces exteriores que cumplan los requeri- mientos de luces de emergencia exterior bajo los cuales la aeronave obtuvo el certificado tipo. (2) Cada avión de transporte de pasajeros debe estar equipado con vías de escape resistentes al deslizamien- to, que cumplan con los requerimientos de vías de esca-pe resistentes al deslizamiento bajo las cuales el avión fue certificado. (i) Salidas a nivel del piso. Cada salida o puerta a nivel del piso en el costado del fuselaje (que no sean aquellas que conduzcan al com-