TEXTO PAGINA: 31
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G30/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de mayo de 2004 Fecha y hora: ................................................................................ Firmado en nombre de la instalación portuaria: el buque: (Firma del oficial de protección (Fir ma del capitán o del oficial de de la instalación portuaria) protección del buque) Nombre y cargo de los firmantes Nombre: Nombre: Cargo: Cargo: Datos de contacto (indíquese según proceda) (indíquense los números de teléfono o las frecuencias o los canales radioeléctricos que se deben utilizar) Instalación portuaria: Buque: Instalación portuaria Capitán Oficial de protección de la instalación Oficial de protección del buque portuaria Compañía Oficial de la compañía para protección marítima 08701 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C /G61/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G72/G6F/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G2D /G63/G6F/G2C/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65 /G44/G49/G56/G45/G4F/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 061-2004-MTC/03 Lima, 30 de abril de 2004 Vista, la solicitud de aprobación de transferencia de concesiones otorgadas a la empresa AMERICATEL PERÚ S.A. mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 162- 2000-MTC/15.03 y 026-2001-MTC/15.03, así como la trans- ferencia de las asignaciones de espectro radioeléctrico y demás derechos vinculados a aquellas concesiones, a fa- vor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERÚ S.R.L.; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 162-2000- MTC/15.03, del 27 de marzo de 2000, se otorgó concesión a ORBITEL PERÚ S.A., para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, por el plazo de 20 años; suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 5 de abril de 2000; Que, por Resolución Viceministerial Nº 386-2000-MTC/ 15.03, del 10 de octubre de 2000, se otorgó a ORBITEL PERÚ S.A. permiso para la instalación de la estación te- rrena satelital Oropéndola para la prestación de los servi- cios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional, concedidos mediante Resolución Ministerial Nº 162-2000-MTC/15.03; Que, por Resolución Viceministerial Nº 459-2000-MTC/ 15.03, del 7 de diciembre de 2000, se otorgó a ORBITEL PERÚ S.A. licencia de operación para una estación terre- na para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2001- MTC/15.03, del 15 de enero de 2001, se otorgó a la ORBI- TEL PERÚ S.A. concesión para la explotación de los ser- vicios públicos de telefonía fija local y portador local, por el plazo de 20 años, en el área que comprende los departa- mentos de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Lima y la Provincia Constitucional del Callao; suscribiéndose con fecha 16 de enero de 2001 el respectivo contrato de con- cesión; Que, por Resolución Viceministerial Nº 018-2001-MTC/ 15.03, del 16 de enero de 2001, se asignó espectro radio-eléctrico a ORBITEL PERÚ S.A., para la prestación de los servicios de telefonía fija local y portador local, según Anexo 1 de dicha resolución; Que, por Resolución Viceministerial Nº 984-2001-MTC/ 15.03, del 7 de noviembre de 2001, se aprobó el Perfil del Proyecto Técnico de la empresa ORBITEL PERÚ S.A. para la prestación de los servicios públicos de telefonía fija local y portador local, en las bandas aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 018-2001-MTC/15.03. Asimismo, se aprobaron las características técnicas específicas de ope- ración para la prestación de los mencionados servicios públicos, las Metas de Uso de Espectro Radioeléctrico y el Plan Mínimo de Expansión; Que, mediante Escritura Pública de fecha 17 de setiem- bre de 2001, la empresa ORBITEL PERÚ S.A. modificó su denominación social a AMERICATEL PERÚ S.A., modifi- cación que fue inscrita en Registros Públicos; Que, por Resolución Ministerial Nº 224-2003-MTC/ 03, del 21 de marzo de 2003, se resuelve modificar el contrato de concesión aprobado por Resolución Ministe- rial Nº 026-2001-MTC/03, a fin de armonizar la fecha de inicio de los plazos para la iniciación de los servicios dados en concesión y del cumplimiento del Plan Mínimo de Expansión; Que, el artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, concordante con el artículo 51º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomuni- caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante Resolución Viceministerial; asimismo, se indica que la transferencia no podrá ser denegada sin causa justificada; Que, la empresa AMERICATEL PERÚ S.A. solicita la transferencia de las referidas concesiones, las asignacio- nes de espectro radioeléctrico, así como de todas las autorizaciones, permisos, licencias y demás derechos relacionados a tales concesiones a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERÚ S.R.L.; Que, la empresa adquirente se ha comprometido a asu- mir los derechos y obligaciones derivados de las mencio- nadas concesiones, así como ha cumplido con presentar la documentación exigida por el contrato de concesión del servicio de telefonía fija local y portador local para proce- der a la Cesión de Posición Contractual; Que, de acuerdo a la documentación obrante en los actuados, y a lo señalado por la adquirente DIVEO DE TELECOMUNICACIONES DEL PERÚ S.R.L., está en pro- ceso de transformación societaria, a DIVEO DE TELECO- MUNICACIONES DEL PERÚ S.A., según Testimonio de Transformación social y Modificación Total de Estatutos, el cual aún está pendiente de inscripción en Registros Públi- cos, habiéndose cursado los Partes correspondientes para tal efecto; Que, mediante Informe Nº 125-2004-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones de la Dirección General de Gestión de Tele- comunicaciones opina que es procedente aprobar la trans- ferencia de las concesiones y asignaciones de espectro radioeléctrico otorgadas a la empresa AMERICATEL PERÚ S.A.; indicando que la empresa adquirente no se encuen- tra en ninguna de las causales de denegatoria a que se refiere el artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y ha cumplido con presentar los requisitos que para el efecto se establece en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; Que, estando a lo expuesto en los considerandos pre- cedentes, corresponde aprobar la transferencia de las concesiones otorgadas mediante las Resoluciones Minis- teriales Nºs. 162-2000-MTC/15.03 y 026-2001-MTC/ 15.03, así como de las asignaciones de espectro radio- eléctrico, las autorizaciones, permisos, licencias y de- más derechos relacionados a tales concesiones, a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERÚ S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene- ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones;