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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G30/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de enero de 2005 mía técnica, económica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector de Vi-vienda y que tiene a su cargo los Proyectos Especialesque le encargue el Gobierno Central, entre los que seencuentra el Proyecto Especial Sierra Centro Sur; Que, mediante documento del visto, el Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, solicita laexoneración del proceso de selección para la contrata-ción de servicios de maquinaria pesada consistente endos (2) tractores orugas para la ejecución de la obra"Construcción de los Sistemas de Agua Potable, Alcan-tarillado y Tratamiento de Aguas Tiquihua", la misma quese sustenta en el hecho que el servicio de contrataciónde maquinaria requerido para la ejecución de la menciona-da obra, debe contratarse con las Municipalidades Dis-tritales de Huamanguilla, provincia de Huanta, departa-mento de Ayacucho y Tambo La Mar Ayacucho, en tantoofrecen condiciones más favorables y ventajosas encomparación con los precios del mercado; Que, los artículos 19º, inciso a) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establecen que están exoneradas de losProcesos de Licitación Pública, Concurso Público o Ad-judicación Directa, las adquisiciones y contratacionesque se realicen entre entidades del Sector Público, lasmismas que se realizarán mediante el Proceso de Adju-dicación de Menor Cuantía, debiendo aprobarse la exo-neración por Resolución del Titular del Pliego, previo In-forme Técnico Legal; Que, el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificadopor el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM, señala que deberá emitirse un Informe TécnicoEconómico que demuestre, cuanto menos que la adqui-sición o contratación resulta más favorable y ventajosaen comparación con los precios del mercado, así comoque, en razón de costos de oportunidad, resulta máseficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado,debiendo resultar la adquisición o contratación técnica-mente idónea y viable; Que, asimismo, la referida modificatoria exige que la Entidad que participe como postor no realice actividadempresarial de manera habitual o actúe bajo alguna for-ma societaria; Que, mediante Memorándum Nº 0741-2004-INADE- PESCS-DOE, la Dirección de Obras y Estudios del Pro-yecto Especial Sierra Centro Sur remite el Informe Téc-nico - Económico a la Dirección de Supervisión, asimis-mo la Oficina de Asesoría Jurídica del citado Proyectoha emitido el Informe Legal Nº 049-2004-INADE-PESCS/AL, documentos que se han pronunciado a favor de laexoneración del proceso de selección correspondiente,para contratar con las Municipalidades Distritales deHuamanguilla, provincia de Huanta, departamento deAyacucho y Tambo La Mar Ayacucho, el servicio dealquiler de maquinaria pesada para la obra "Construc-ción de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado yTratamiento de Aguas Tiquihua", hasta por la suma de S/. 207,200.00 (Doscientos siete mil doscientos y 00/100Nuevos Soles), por encontrarse acreditado que la con-tratación con las Municipalidades Distritales menciona-das resultan ser las más favorables y ventajosas encomparación con los precios del mercado, así comotécnicamente idónea y viable; Que, la Gerencia de Proyectos en Sierra y Selva mediante Oficio Nº 381-2004-INADE-5201-GPSS, defecha 10/12/2004, ha manifestado su opinión favorablepara la exoneración del Proceso de Selección respec-tiva; Que, la exoneración está referida al Proceso de Concurso Público, en razón a que el monto total previstoasciende a la suma de S/. 207,200.00 (Doscientos sietemil doscientos y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a laFuente de Financiamiento (12) Recursos por Operacio-nes de Crédito Externo; Que, conforme lo prevé el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 003-VIVIENDA, el Presidente Ejecutivo delINADE es la más alta autoridad de la institución y es elTitular del Pliego Presupuestal, razón por la cual es com-petente para autorizar la presente exoneración;Que, mediante Informe Nº 167-2004-INADE-3201- OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del INA-DE emite opinión legal en el sentido de que resulta proce-dente la exoneración del proceso de selección de Concur-so Público para la contratación de servicio de alquiler demaquinaria pesada con Municipalidades Distritales deHuamanguilla, provincia de Huanta, departamento deAyacucho y Tambo La Mar Ayacucho, para la ejecuciónde la citada obra por estar comprendida en la causalcontemplada en el inciso a) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia de Proyectos en Sierra y Selva y de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica; Estando a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, y los artículos 105º, 106º, 113º y116º de su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº029-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Sierra Centro Sur del Proceso de Selección de Concurso Pú-blico para la contratación de servicio de alquiler demaquinaria pesada, consistente en dos (2) tractoresorugas, modelo Caterpila D7G, por un plazo de cuatro(4) meses, para la ejecución de la obra "Construcciónde los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Trata-miento de Aguas Tiquihua", a celebrarse con las Munici-palidades Distritales de Huamanguilla, provincia de Huan-ta, departamento de Ayacucho y Tambo La Mar Ayacu-cho, por un monto total de S/. 207,200.00 (Doscientossiete mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles), con cargoa la Fuente de Financiamiento (12) Recursos porOperaciones de Crédito Externo. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, a fin de que proce-da a celebrar el contrato de arrendamiento con las Muni-cipalidades indicadas en el artículo 1º de la presenteResolución. Artículo 3º.- La presente Resolución será puesta en conocimiento de la Contraloría General de la Repú-blica dentro de los diez (10) días calendario siguien-tes a la fecha de su aprobación, con remisión de copiade los Informes sustentatorios, disponiéndose supublicación en el Diario Oficial El Peruano y notificán-dose al Proyecto Especial Sierra Centro Sur, así como,a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE quecorresponda. Regístrese y comuníquese.FEDERICO VARGAS CENTENO Presidente Ejecutivo 00026 INDECI /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G72/G65/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G65/G72/G20/G61/G6C/G6D/G61/G63/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G2D/G20/G53/G49/G4E/G41/G44/G45/G43/G49 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 474-2004-INDECI Lima, 22 de diciembre del 2004 Vistos: el Memorándum Nº 1594-2004/INDECI/12.0, de fecha 11.OCT.2004, expedido por la Dirección Na-cional de Logística, Informe Técnico Nº 026-2004/INDE-CI/DNL/12.0, del 5.NOV.2004 expedido por la DirecciónNacional de Logística, el Informe Legal Nº 236-2004/INDECI/5.0, del 14.DIC.04, expedido por la Oficina de