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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G30/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de enero de 2005 SUMILLA : “Las declaraciones juradas respecto a la convoca- toria y al quórum podrán ser efectuadas por el presiden- te que convocó o presidió la asamblea según el caso, o por el nuevo presidente elegido que se encuentre en funciones ”. “No requiere acreditarse ante el Registro la ausen- cia o impedimento temporal del presidente, para admitir el ejercicio de sus facultades por parte del vicepresiden- te”. “La vacancia del cargo de presidente deberá inscri- birse en forma previa o simultánea al acto en el que el vicepresidente actúa en reemplazo del presidente por la vacancia del cargo de este último ”. “Cuando el vicepresidente actúa en reemplazo del presidente sin indicar causal de vacancia en el cargo debe presumirse que lo está reemplazando de manera transitoria, no requiriéndose que invoque expresamente la razón por la que actúa en reemplazo del presidente ”. I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DO- CUMENTACIÓN PRESENTADA Con el presente título se solicita la inscripción del consejo directivo electo en asamblea del 14.12.2003 dela Asociación de Propietarios de La Colonia Rural Agro-pecuaria Ciudad Modelo Papa León XIII. A tal efecto sepresenta: a) Copia certificada del 5 de abril de 2004, del acta de asamblea general extraordinaria del 14 de diciembre de2003, la misma que fue convocada y presidida por Eduar-do Andrés Rojas Hernani, vicepresidente de la asocia-ción. En esta acta se transcribe el acta de la asambleadel 16 de noviembre de 2003. b) Copia certificada del 20 de mayo de 2004, del acta de asamblea general extraordinaria del 2 de mayo de2004, la cual estuvo presidida por Roque Victorio Chiri-nos Bellido. En esta acta se transcribe también las actasde las asambleas del 2 de noviembre de 2003 y del 14 dediciembre de 2003. c) Copia legalizada de la convocatoria para asam- blea general extraordinaria del 2 de noviembre de 2003,efectuada por Antonio Santiago R, presidente de la aso-ciación. d) Declaración jurada relativa a la convocatoria a la asamblea general extraordinaria del 2 de noviembre de2003 efectuada por Roque Chirinos Bellido. e) Declaración jurada relativa al quórum de asam- blea general extraordinaria del 2 de noviembre de 2003,efectuada por Roque Chirinos Bellido. f) Declaración jurada relativa al padrón de asociados con el que se comprobó el quórum de la asamblea gene-ral extraordinaria del 2 de noviembre de 2003 efectuadapor Roque Chirinos Bellido. g) Declaración jurada relativa a la convocatoria a la asamblea general del 14 de diciembre de 2003 efectua-da por Eduardo Andrés Rojas Hernani. h) Declaración jurada relativa al quórum de asam- blea general extraordinaria del 14 de diciembre de 2003,suscrita por Eduardo Andrés Rojas Hernani. i) Declaración jurada relativa a la convocatoria a la asamblea general del 2 de mayo de 2004 efectuada porRoque Chirinos Bellido. j) Declaración jurada relativa al quórum de la asam- blea general del 2 de mayo de 2004 efectuada por Ro-que Chirinos Bellido. k) Certificación notarial relativa a los asociados ex- traída del padrón de socios. II. DECISIÓN IMPUGNADA La Registradora Pública de la Zona Registral Nº IX, sede Cañete, Eufemia Zoila Sánchez Aldea, ha obser-vado el título en los siguientes términos: 1. De acuerdo con lo dispuesto en el numeral X del título preliminar y el artículo 26º del Reglamento Generalde los Registros Públicos, durante la vigencia del asien- to de presentación de un título, no podrá inscribirse nin-gún otro que sea incompatible, en ese sentido no proce-de inscribir el presente título por la existencia del título1667 del 1 de junio del 2004 pendiente de inscripción,cuya rogatoria es el nombramiento de junta directiva. Enconsecuencia se procederá a la suspensión del título alamparo de lo dispuesto en el artículo 29º literal a) delReglamento General de los Registros Públicos. 2. Con respecto a la asamblea general del 2 de no- viembre del 2003: a) De acuerdo con el artículo 22º concordante con el 34º literal b) del estatuto y la partida registral Nº 90095811,el señor Antonio Santiago Ramírez fue el legitimado paraconvocar a asamblea general del 2 de noviembre del2003. Siendo esto así, la declaración jurada relativa a laconvocatoria formulada por el señor Roque Victorio Chi-rinos Bellido al amparo de la Resolución del Superinten-dente Nacional de los Registros Públicos Nº 331-2001-SUNARP-SN no surte efectos jurídicos, esto es acredi-tar la convocatoria a la asamblea general del 2 de no-viembre del 2003, puesto que el mismo no ejercía elcargo de presidente a la fecha de celebración de la men-cionada asamblea general, tampoco alguna norma esta-tutaria le confiere esta atribución. b) Además el carácter subsanatorio de la asamblea general del 2 de mayo del 2004 es cuestionable, todavez que en sede registral se discute la validez de laasamblea general del 2 de noviembre del 2003, porqueno se acredita su convocatoria por el órgano legitimadopor ley y el estatuto; cabe precisar que la ausencia deconvocatoria trae como consecuencia la nulidad del actojurídico (artículo 219º numeral 7 del Código Civil) siendoesta insubsanable. c) Una asamblea posterior no podría delegar válida- mente a uno de sus directivos para emitir una declara-ción jurada de convocatoria a efectos de subsanar estedefecto y acreditar la convocatoria. 3. La declaración jurada relativa al quórum para la asamblea general del 2 de noviembre del 2003 ha sidoformulada por el señor Roque Victorio Chirinos Belli- do al amparo de la Resolución del Superintendente Na- cional de los Registros Públicos Nº 331-2001-SUNARP-SN. y el acuerdo de la asamblea general del 2 de mayodel 2004, pero la acreditación del quórum es un elemen-to esencial para la validez de la asamblea general del 2de noviembre del 2003, por lo que si no se acredita suexistencia no sería convalidable con efectos retroacti-vos por una asamblea general posterior, en ese sentidose descarta el carácter subsanable en este aspecto dela asamblea general del 2 de mayo del 2004 (en que seotorgan facultades al presidente para emitir esta decla-ración). Asimismo la Resolución del SuperintendenteNacional de los Registros Públicos Nº 331-2001-SUNARP-SN. reconoce la potestad para emitir esta de-claración al presidente de la junta directiva o al que seencuentra facultado estatutariamente, y los artículos 28ºy 37º del estatuto nos indican quien está legitimado parapresidir las asambleas generales, concluyendo enton-ces que el señor vicepresidente Eduardo Andrés RojasHernani sería el facultado previo cumplimiento de losrequisitos estatutarios abajo detallados. 4. Asimismo, la asamblea general del 2 de noviembre del 2003 (sic 16 de noviembre del 2003) según la copiacertificada del acta de asamblea general del 14 de di-ciembre del 2003 fue celebrada en primera convocato-ria, en ese sentido resulta aplicable lo dispuesto en elartículo 26 del estatuto y el artículo 87º del Código Civil,que exige la concurrencia de la mitad más uno de losasociados. Verificándose de los documentos presenta-dos que de los 56 asociados hábiles sólo han concurrido20 asociados quienes no representan la mitad más unoque se exige para la validez del acuerdo, siendo este elsupuesto (ausencia de quórum reglamentario) la san-ción es la nulidad del acto jurídico (artículo 219 numeral7 del Código Civil). También paralelamente se ha pre-sentado en el acta de asamblea general del 2 de mayodel 2004 una nueva transcripción del acta de asambleageneral del 2 de noviembre del 2003 en el cual se modi-