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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G30/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de enero de 2005 Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM, considera situación deurgencia la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma di-recta e inminente la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a laadquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para llevar a cabo el proceso de selecciónque corresponda; Que, asimismo, el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,indica que la situación de urgencia debe entenderse comouna medida temporal ante un hecho de excepción quedetermina una acción rápida a fin de adquirir o contratarlo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio deque se realice el proceso de selección correspondientepara las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el artículo 20º de la mencionada Ley, concor- dante con los artículos 105º y 113º al 116º del Regla-mento acotado, establecen que la exoneración en el casode una situación de urgencia se aprobará mediante Re-solución del Titular del Pliego, siendo esta facultad inde-legable, debiendo sustentarse además en un InformeTécnico Legal previo, emitido por el Area Técnica y porla Oficina de Asesoría Jurídica de la Entidad; Que, según los Informes Técnicos Nºs. 026 y 033- 2004/INDECI/DNL/12.0, de fecha 5.NOV.2004 y1.DIC.2004, durante el presente año se han producidosituaciones de emergencia que se agudizaron con la olade frío que produjo miles de damnificados, hecho que hamotivado un desabastecimiento de los stocks impidien-do contar con la capacidad adecuada para atender emer-gencias; Que, en la situación descrita y atendiendo a que es imprescindible que la Entidad reabastezca los almace-nes del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECIpara una atención oportuna ante la ocurrencia de de-sastres, y que es una medida de carácter temporalante un hecho de excepción que determina una acciónrápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable parapaliar la urgencia, se configuran los presupuestos le-gales para declarar en situación de urgencia la adquisi-ción de los bienes indicados en el Cuadro Nº 2, quecomo anexo forma parte integrante de la presente Re-solución, de conformidad con lo establecido en el artí-culo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteel Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordan-cia con lo establecido en el artículo 108º del Reglamen-to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en consecuencia, de conformidad con lo dis- puesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, es pro-cedente que la adquisición de dichos bienes medianteexoneración por situación de urgencia se efectúe me-diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía,que se llevará a cabo a través de acciones inmediatassobre la base de la obtención, por cualquier medio decomunicación de cotizaciones que cumplan los requisi-tos establecidos en las Bases con autorización expresadel Titular del Pliego o de la máxima autoridad adminis-trativa de la Entidad, según corresponda, precisándoseque, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 105º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante el Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, el contrato que se celebre como con-secuencia de la indicada exoneración deberá cumplircon los respectivos requisitos, condiciones, formalida-des y garantías, contempladas en el Titulo III, De lasNormas de Contratación y Ejecución de Contratos, delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante el Decreto SupremoNº 013-2001-PCM.Que, de conformidad con los Informes Técnico y Le- gal de la Dirección Nacional de Logística y de la Oficinade Asesoría Jurídica, respectivamente, y contando conla disponibilidad presupuestal correspondiente según losInformes de Disponibilidad Presupuestaria Nºs. 740, 741y 742 -2004/INDECI/4.0 de la Oficina de Planificación yPresupuesto, de fechas 29.OCT.04, corresponde emitirel resolutivo correspondiente; De conformidad en los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 105º, 108ºy 113º al 116º de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, en uso de las atribucionesconferidas en el Reglamento de Organización y Funcio-nes del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; y con la visación de la Dirección Nacional deLogística, de la Oficina de Planificación y Presupuesto yde la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR en situación de ur- gencia la adquisición de los bienes incluidos en el Cua-dro Nº 2 que como anexo forma parte integrante de lapresente resolución, para reabastecer los almacenesdel Sistema Nacional de Defensa Civil-SINADECI y con-secuentemente, estar en capacidad de atender oportu-namente a la población damnificada. Artículo Segundo.- EXONERAR de los procesos de selección por Licitación Pública Nacional y por Adju-dicación Directa Selectiva la adquisición de los bienesincluidos en el Cuadro Nº 2, que como anexo formaparte integrante de la presente resolución, para la aten-ción de la población damnificada y autorizar a la Direc-ción Nacional de Logística para que proceda a contra-tar mediante el proceso de adjudicación de menor cuan-tía las adquisiciones y contrataciones antes menciona-das, por un valor referencial de S/. 1´201,290.00 (Unmillón doscientos un mil doscientos noventa y 00/100nuevos soles) contando con el informe de disponibili-dad favorable de la Oficina de Planificación y Presu-puesto, expresado a través de los Informes Nºs. 740,741 y 742-2004/INDECI/4.0, de fechas 29.OCT.2004,considerando la fuente financiamiento: donaciones ytransferencias, meta: 04 Atención de Emergencias,cadena de gasto: 5.3.11.31, de acuerdo a lo expuestoen la parte considerativa. Artículo Tercero.- DISPONER que la Dirección Na- cional de Logística se encargue de realizar la publica-ción de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano y en la página web del INDECI, así como laremisión de copia autenticada de la presente resolución,del Informe Técnico y del Informe Legal a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez (10) díascalendario siguientes a su expedición. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el ArchivoGeneral Institucional y notifique a la Subjefatura, a laDirección Nacional de Logística, a la Oficina de Planifi-cación y Presupuesto, a la Oficina de Administración y ala Oficina de Asesoría Jurídica para los fines pertinen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil CUADRO Nº 1 Nº Bienes Cantidad Precio S/. Tipo de en Unid. Ref. Proceso 1 Cama plegable 2,510 260 652,600.00 LP 2 Colcha de 1 ½ plaza 12,000 8.30 99,600.00 LP 3 Frazada de 1 ½ plaza 12,000 14.00 168,000.00 LP 4 Colchón de espuma 2.5” 2,500 22.00 55,000.00 LP 5 Servicio de Transporte 51,090.00 ADS 6 Calamina galvanizada corrugada 12,500 14.00 175,000.00 ADS TOTAL: 1´201,290.00