Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2005 (05/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2005

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, considera situacion de urgencia la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, indica que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 20º de la mencionada Ley, concordante con los articulos 105º y 113º al 116º del Reglamento acotado, establecen que la exoneracion en el caso de una situacion de urgencia se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego, siendo esta facultad indelegable, debiendo sustentarse ademas en un Informe Tecnico Legal previo, emitido por el Area Tecnica y por la Oficina de Asesoria Juridica de la Entidad; Que, segun los Informes Tecnicos Nºs. 026 y 0332004/INDECI/DNL/12.0, de fecha 5.NOV.2004 y 1.DIC.2004, durante el presente ano se han producido situaciones de emergencia que se agudizaron con la ola de frio que produjo MORDAZA de damnificados, hecho que ha motivado un desabastecimiento de los stocks impidiendo contar con la capacidad adecuada para atender emergencias; Que, en la situacion descrita y atendiendo a que es imprescindible que la Entidad reabastezca los almacenes del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI para una atencion oportuna ante la ocurrencia de desastres, y que es una medida de caracter temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, se configuran los presupuestos legales para declarar en situacion de urgencia la adquisicion de los bienes indicados en el Cuadro Nº 2, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con lo establecido en el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, es procedente que la adquisicion de dichos bienes mediante exoneracion por situacion de urgencia se efectue mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, que se llevara a cabo a traves de acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion de cotizaciones que cumplan los requisitos establecidos en las Bases con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, precisandose que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el contrato que se celebre como consecuencia de la indicada exoneracion debera cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantias, contempladas en el Titulo III, De las Normas de Contratacion y Ejecucion de Contratos, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.

Que, de conformidad con los Informes Tecnico y Legal de la Direccion Nacional de Logistica y de la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente, y contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente segun los Informes de Disponibilidad Presupuestaria Nºs. 740, 741 y 742 -2004/INDECI/4.0 de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, de fechas 29.OCT.04, corresponde emitir el resolutivo correspondiente; De conformidad en los Articulos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 105º, 108º y 113º al 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 0592001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0052003-PCM; y con la visacion de la Direccion Nacional de Logistica, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia la adquisicion de los bienes incluidos en el Cuadro Nº 2 que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion, para reabastecer los almacenes del Sistema Nacional de Defensa Civil-SINADECI y consecuentemente, estar en capacidad de atender oportunamente a la poblacion damnificada. Articulo Segundo.- EXONERAR de los procesos de seleccion por Licitacion Publica Nacional y por Adjudicacion Directa Selectiva la adquisicion de los bienes incluidos en el Cuadro Nº 2, que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion, para la atencion de la poblacion damnificada y autorizar a la Direccion Nacional de Logistica para que proceda a contratar mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia las adquisiciones y contrataciones MORDAZA mencionadas, por un valor referencial de S/. 1´201,290.00 (Un millon doscientos un mil doscientos noventa y 00/100 nuevos soles) contando con el informe de disponibilidad favorable de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, expresado a traves de los Informes Nºs. 740, 741 y 742-2004/INDECI/4.0, de fechas 29.OCT.2004, considerando la fuente financiamiento: donaciones y transferencias, meta: 04 Atencion de Emergencias, cadena de gasto: 5.3.11.31, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Articulo Tercero.- DISPONER que la Direccion Nacional de Logistica se encargue de realizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del INDECI, asi como la remision de MORDAZA autenticada de la presente resolucion, del Informe Tecnico y del Informe Legal a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su expedicion. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y notifique a la Subjefatura, a la Direccion Nacional de Logistica, a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, a la Oficina de Administracion y a la Oficina de Asesoria Juridica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
CUADRO Nº 1
Nº 1 2 3 4 5 6 Bienes MORDAZA plegable Colcha de 1 ½ plaza Frazada de 1 ½ plaza Colchon de espuma 2.5" Servicio de Transporte Calamina galvanizada corrugada Cantidad en Unid. 2,510 12,000 12,000 2,500 12,500 Precio Ref. 260 8.30 14.00 22.00 S/. MORDAZA de MORDAZA LP LP LP LP ADS ADS

652,600.00 99,600.00 168,000.00 55,000.00 51,090.00 14.00 175,000.00 TOTAL: 1´201,290.00

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