Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2005 (05/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2005

Instancia Administrativa Registral con competencia nacional, conformado por MORDAZA descentralizadas e itinerantes; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, es funcion del Tribunal Registral aprobar los precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen; Que, en la sesion del Noveno Pleno del Tribunal Registral, realizada en la MORDAZA de MORDAZA el 3 de diciembre de 2004, se aprobaron cuatro precedentes de observancia obligatoria; Que, el articulo 40º del Reglamento del Tribunal Registral establece que los precedentes de observancia obligatoria aprobados en el Pleno Registral deben publicarse; Que, mediante Oficio Nº 702-2004-SUNARP-TRL, la senora Presidenta del Tribunal Registral ha cumplido con poner en conocimiento de este Despacho los precedentes de observancia obligatoria aprobados para su correspondiente publicacion; Estando a la facultad conferida por el literal l) del articulo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en la Sesion del Noveno Pleno del Tribunal Registral, realizada el 3 de diciembre de 2004, cuyos textos asi como las respectivas Resoluciones que los sustentan, se incluyen en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los precedentes MORDAZA indicados seran obligatorios en el ambito nacional a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Adjunto (e) ANEXO PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA APROBADOS EN EL NOVENO PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL PRIMER PRECEDENTE Convocatoria judicial "No resulta procedente cuestionar la convocatoria judicial a junta general de accionistas, aun cuando no cumpla con el requisito de mediar 3 dias entre la primera y MORDAZA convocatoria, previsto en el articulo 116º de la Ley General de Sociedades, dado que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 117º de la MORDAZA referida, corresponde al Juez fijar, entre otros aspectos, el dia y hora de la reunion".

TERCER PRECEDENTE Convocatoria a asamblea general efectuada por el vicepresidente del consejo directivo de una asociacion "No requiere acreditarse ante el Registro la ausencia o impedimento temporal del presidente, para admitir el ejercicio de sus facultades por parte del vicepresidente". "La vacancia del cargo de presidente debera inscribirse en forma previa o simultanea al acto en el que el vicepresidente actua en su reemplazo por este motivo". "Cuando el vicepresidente actua en reemplazo del presidente sin indicar causal de vacancia en el cargo debe presumirse que lo esta reemplazando de manera transitoria".

Criterio sustentado en la siguiente resolucion: Resolucion Nº 705-2004-SUNARP-TR-L- del 29.11.2004
MORDAZA PRECEDENTE Denominacion Abreviada "La denominacion abreviada de una sociedad podra estar conformada por alguna o algunas palabras de la denominacion completa".

Criterio sustentado en las siguientes resoluciones: Resolucion Nº 636-2003-SUNARP-TR-L- del 03.10.2003 y Resolucion Nº 647-2003-SUNARP-TR-L- del 10.10.2003

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 297-2003-SUNARP-TR-L MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 APELANTE : JOHANNES WELLING WYCZYNSKI TITULO : Nº 16371 del 24 de enero de 2003. HOJA DE TRAMITE : Nº 10252 del 6 de marzo de 2003. REGISTRO : De Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede Lima. ACTO : Nombramiento de gerente general y otros actos.

Criterio sustentado en la siguiente resolucion: Resolucion Nº 297-2003-SUNARP-TR-L- del 16.5.2003
MORDAZA PRECEDENTE Declaraciones juradas respecto a la convocatoria y al quorum "Las declaraciones juradas respecto a la convocatoria y al quorum reguladas en la Res. Nº 331-2001SUNARP/SN podran ser formuladas por el presidente del consejo directivo que convoco o MORDAZA la asamblea, segun sea el caso, o por el MORDAZA presidente del consejo directivo elegido que se encuentre en funciones a la fecha en que se formula la declaracion"

SUMILLA : CONVOCATORIA JUDICIAL "No resulta procedente cuestionar la convocatoria judicial a junta general de accionistas, aun cuando no cumpla con el requisito de mediar 3 dias entre la primera y MORDAZA convocatoria, previsto en el articulo 116º de la Ley General de Sociedades, dado que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 117º de la MORDAZA referida, corresponde al Juez fijar, entre otros aspectos, el dia y hora de la reunion." I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Mediante el titulo venido en grado se solicita la inscripcion de los acuerdos adoptados en la junta general convocada judicialmente-, de la sociedad Inmobiliaria Royal S.A., del 4 de MORDAZA de 2000, de acuerdo a lo siguiente: - Dejar sin efecto los acuerdos adoptados en las juntas generales extraordinarias de accionistas de la sociedad del 27 de MORDAZA de 1992, 14 de marzo de 1994 y 23 de MORDAZA de 1994. - Dejar sin efecto los acuerdos adoptados en las juntas generales de accionistas del 4 de MORDAZA de 1995, 27 de marzo de 1996 y 19 de enero de 1998.

Criterio sustentado en la siguiente resolucion: Resolucion Nº 705-2004-SUNARP-TR-L del 29.11.2004

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