Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2005 (05/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G30/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de enero de 2005 CUADRO Nº 2 Nº Bienes Cantidad Precio S/. Tipo de en Unid. Ref. Proceso 1 Cama plegable 8,200 67.52 553.690.00 LP 2 Colcha de 1 ½ plaza 12,000 8.30 9 9,600.00 LP 3 Frazada de 1 ½ plaza 12,000 14.00 168,000.00 LP 4 Colchón de espuma 2.5” 2,500 22.00 5 5,000.00 LP 5 Calamina galvanizada corrugada 12,500 14.00 175,000.00 ADS 6 Carpas Familiares para 5 personas 240 625.00 150,000.00 ADS. TOTAL: 1´201,290.00 00054 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G70/GE1/G67/G69/G6E/G61/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 478-2004-INDECI 27 de diciembre del 2004 Vistos: el Memorándum Nº 474-INDECI/6.3, del 07.SET.2004, expedido por la Unidad de Servicios Ge-nerales del INDECI, la Nota de Atención, del 16.JUN.2004,expedido por la Unidad de Imagen Institucional, el Infor-me Nº 018-2004/INDECI/12.0, del 13.OCT.2004 de laDirección Nacional de Logística, el Informe Nº 14-2004-INDECI/4.0, del 24.JUN.2004 expedido por la Oficina dePlanificación y Presupuesto y el Informe Legal Nº 198-2004/INDECI/5.0, del 27.OCT.04, expedido por la Ofici-na de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1750-2004-INDECI/DNL/12.0, del 08.NOV.2004, expedido porla Dirección Nacional de Logística; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de Defensa Civil es el conjun- to de medidas permanentes destinadas a prevenir, re-ducir, atender y reparar los daños a personas y bienes;y para conseguir esos objetivos y cumplir sus fines,debe dirigir las medidas de prevención necesarias paraevitar desastres o calamidades, adoctrinando a la po-blación sobre el comportamiento a seguir; Que, asimismo el Sistema Nacional de Defensa Civil tiene como objetivo concienciar a la población en el rolde la Defensa Civil y adoctrinarla sobre el comporta-miento a seguir y las responsabilidades que deben asu-mir en caso de desastres o calamidades, mediante do-cumento del vistos, la Oficina de Secretaría General eImagen Institucional, solicitó la contratación de los servi-cios de la empresa Telefónica Publicidad e InformaciónPerú S.A.C, para la publicación de una página informati-va en las Páginas Amarillas y las Páginas Blancas, queincluye recomendaciones para la prevención de desas-tres y la difusión de la Línea 115, herramienta valiosa delSistema Nacional de Defensa Civil para atender emer-gencias en el territorio nacional; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concor-dancia con el inciso h) del artículo 19º de la Ley, señalaque se encuentran exonerados del respectivo procesode selección, los servicios de publicidad que prestan alEstado los medios de comunicación televisiva, radial,escrita o cualquier otro medio de comunicación, en aten-ción a las características particulares que los distinguen,ya sea por sus características inherentes, especiales opor su determinada calidad, profesión, ciencia, arte uoficio, en virtud de lo cual procede la contratación porexoneración mediante el resolutivo correspondiente; Que, la empresa Telefónica Publicidad e Información Perú S.A.C es la única empresa en el país que cuentacon la publicación denominada Páginas Amarillas y Pá-ginas Blancas, considerando que las otras empresasque prestan servicios de telefonía en el país no cuentancon dicha publicación, con un tiraje en Lima de un millón por cada edición, que permite difundir las recomenda-ciones de seguridad en defensa civil, así como la indica-da Línea 115; Que, de conformidad con los Informes Técnico y Le- gal de la Dirección Nacional de Logística y de la Oficinade Asesoría Jurídica, respectivamente, y contando conla disponibilidad presupuestal correspondiente según elInforme Nº 14-2004-INDECI/4.0, expedido por la Oficinade Planificación y Presupuesto, con fecha 24.JUN.2004,corresponde emitir el resolutivo correspondiente; De conformidad en los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 105º, 111ºal 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, sus modificatorias y ampliato-rias, y en uso de las atribuciones conferidas en el Regla-mento de Organización y Funciones del INDECI, apro-bado por Decretro Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi-cado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM, y con lasvisaciones de la Dirección Nacional de Logística, de laOficina de Asesoría Jurídica, de la Unidad de ImagenInstitucional y de la Oficina de Planificación y Presu-puesto; SE RESUELVE:Artículo Primero.- EXONERAR al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI del proceso de selección porAdjudicación Directa Selectiva, autorizando a la Direc-ción Nacional de Logística proceda a efectuar la contra-tación de la empresa Telefónica Publicidad e InformaciónPerú S.A.C., bajo la modalidad de servicios persona-lísimos mediante proceso de Adjudicación de MenorCuantía, hasta por el monto referencial de S/. 24,960.25(Veinticuatro mil novecientos sesenta con 25/100 nue-vos soles). Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría General de INDECI se encargue de la publicación de lapresente Resolución en el Diario Oficial el Peruano y enla Página Web del INDECI, así como la remisión de unacopia de los Informes Técnicos y Legales y de la pre-sente Resolución a la Contraloría General de la Repúbli-ca dentro de los diez (10) días calendario de su expedi-ción. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General e Imagen Institucional, ingrese la presenteResolución al Archivo General del INDECI, y remita co-pia autenticada por fedatario a la Dirección Nacional deLogística, a la Oficina de Asesoría Jurídica y a la Unidadde Imagen Institucional, para su conocimiento y finespertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 00050 SUNARP /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G70/G72/G65/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G2D /G73/G65/G72/G76/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G53/G65/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G6F/G76/G65/G6E/G6F/G20/G50/G6C/G65/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 054-2004-SUNARP/SA Lima, 21 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 28º de la Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, que aprueba el Estatutode la Superintendencia Nacional de los Registros Pú-blicos, el Tribunal Registral es el Organo de Segunda