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PÆg. 303877 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 18700 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2005-MEM/DM Lima, 27 de octubre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31173305, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de PersonasJurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobresolicitud de imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos, para la instalación de la subestación dedistribución compacta subterránea (bóveda) para ServicioPúblico de Electricidad Nº 6607; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, hasolicitado la imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación dedistribución compacta subterránea (bóveda) para ServicioPúblico de Electricidad Nº 6607, ubicada en la vereda de laAvenida Los Sauces (a 2,90 m del predio Nº 301), frente ala Avenida María Parado de Bellido, distrito de Santiago deSurco, provincia y departamento de Lima, según lascoordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de ConcesionesEléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar atítulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos,calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado omunicipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas,líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 229-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz delSur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos parala instalación de la subestación de distribución compactasubterránea (bóveda) para Servicio Público de ElectricidadNº 6607, ubicada en la vereda de la Avenida Los Sauces (a 2,90m del predio Nº 301), frente a la Avenida María Parado de Bellido,distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima,de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Des cripción de Área de Propietario Tipo de la servidumbre servidumbre terreno 31173305 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 6607. 10,0 m2del Estado Ubicación: distrito de Santiago de subsuelo (vía pública) Surco, provincia y departamento y aires de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 280 982,73568 656 586,5341B 280 979,90268 656 582,4141C 280 978,33708 656 583,4907D 280 981,17008 656 587,6106 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar laboresque perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre,quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente encaso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada porla servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo deconstrucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 18699 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2005-MEM/DM Lima, 27 de octubre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31157304, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de laPartida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposiciónde servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalaciónde la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda)para Servicio Público de Electricidad Nº 5127; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado laimposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos parala instalación de la subestación de distribución compactasubterránea (bóveda) para Servicio Público de ElectricidadNº 5127, ubicada en la vereda de la intersección del Jirón Allende,Cuadra 2, con la Calle s/n, Mz X, frente al Lt 12, Sector P.J. VillaVictoria, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima,según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de ConcesionesEléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar atítulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos,calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado omunicipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas,líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 242-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luzdel Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicospara la instalación de la subestación de distribución compactasubterránea (bóveda) para Servicio Público de ElectricidadNº 5127, ubicada en la vereda de la intersección del JirónAllende, Cuadra 2, con la Calle s/n, Mz X, frente al Lt 12, SectorP.J. Villa Victoria, distrito de Surquillo, provincia y departamentode Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Des cripción de Área de Propietario Tipo de la servidumbre servidumbre terreno 31157304 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5127. 12,18 m2del Estado Ubicación: distrito de Surquillo, subsuelo provincia y departamento de Lima. y aires (vía pública) Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 281 241,25458 660 812,7660B 281 242,70218 660 812,8486C 281 243,18078 660 804,4623D 281 241,73308 660 804,3796