Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2005 (10/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 10 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Nombran al Embajador del Peru en la Republica Argelina Democratica y Popular como Embajador Concurrente en la Republica de Tunez
RESOLUCION SUPREMA Nº 281-2005-RE
MORDAZA, 9 de noviembre de 2005 Vista la Resolucion Suprema Nº 0134-2005-RE, de 23 de junio de 2005, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Argelina Democratica y Popular al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aranibar; CONSIDERANDO: Que el inciso 12 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; De conformidad con los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y los articulos 62º, 63º B) y 64º literal a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Argelina Democratica y Popular, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente en la Republica de Tunez, con sede en la MORDAZA de Argel, Republica Argelina Democratica y Popular. Articulo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 19061

Que, mediante Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, de fecha 14 de octubre de 2005, el Instituto Antartico Peruano (INANPE), solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorizacion respectiva para efectuar el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2004 al Comite Cientifico de Investigaciones Antarticas (SCAR) del cual el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el pago de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota voluntaria al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Instituto Antartico Peruano (INANPE); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Antartico Peruano (INANPE), a efectuar el pago de la cuota voluntaria para el Ejercicio 2004 del Comite Cientifico de Investigaciones Antarticas (SCAR) por el monto de OCHO MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA (US$ 8 000.00). Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente seran financiados con cargo al Sector: 08 - Relaciones Exteriores, Pliego: 081 - Instituto Antartico Peruano (INANPE). Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 19062

RESOLUCION SUPREMA Nº 283-2005-RE
MORDAZA, 9 de noviembre de 2005 VISTO: El Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, del 14 de octubre de 2005, del Instituto Antartico Peruano (INANPE), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2005 a la Secretaria del Tratado Antartico de la cual el Peru es miembro; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, establece expresamente que las cuotas a los Organismos Internacionales no financieros de los cuales el Peru es MORDAZA miembro se MORDAZA con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores o al presupuesto institucional de cada una de las entidades y son aprobadas por Resolucion Suprema; Que, mediante Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, de fecha 14 de octubre de 2005, el Instituto Antartico Peruano (INANPE), solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorizacion respectiva para efectuar el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2005 a la Secretaria del Tratado Antartico del cual el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el pago de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota voluntaria al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Instituto Antartico Peruano (INANPE); Estando a lo acordado;

Autorizan al INANPE el pago de cuotas al Comite Cientifico de Investigaciones Antarticas y a la Secretaria del Tratado Antartico
RESOLUCION SUPREMA Nº 282-2005-RE
MORDAZA, 9 de noviembre de 2005 VISTO: El Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, del 14 de octubre de 2005, del Instituto Antartico Peruano (INANPE), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2004 al Comite Cientifico de Investigaciones Antarticas (SCAR) del cual el Peru es miembro; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, establece expresamente que las cuotas a los Organismos Internacionales no financieros de los cuales el Peru es MORDAZA miembro se MORDAZA con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores o al presupuesto institucional de cada una de las entidades y son aprobadas por Resolucion Suprema;

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