Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 303883 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 Nombran al Embajador del Perœ en la Repœblica Argelina DemocrÆtica yPopular como Embajador Concurrenteen la Repœblica de Tœnez RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 281-2005-RE Lima, 9 de noviembre de 2005 Vista la Resolución Suprema Nº 0134-2005-RE, de 23 de junio de 2005, que nombra Embajador Extraordinario yPlenipotenciario del Perú en la República ArgelinaDemocrática y Popular al Embajador en el ServicioDiplomático de la República, José Rafael Eduardo BeraúnAranibar; CONSIDERANDO:Que el inciso 12 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú establece la facultad del señor Presidentede la República de nombrar Embajadores y MinistrosPlenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros,con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; ylos artículos 62º, 63º B) y 64º literal a) del Reglamento de laLey del Servicio Diplomático de la República, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República ArgelinaDemocrática y Popular, Embajador en el Servicio Diplomáticode la República, José Rafael Eduardo Beraún Aranibar,para que se desempeñe simultáneamente como EmbajadorConcurrente en la República de Túnez, con sede en laciudad de Argel, República Argelina Democrática y Popular. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19061 Autorizan al INANPE el pago de cuotas al ComitØ Científico de InvestigacionesAntÆrticas y a la Secretaría del TratadoAntÆrtico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2005-RE Lima, 9 de noviembre de 2005 VISTO:El Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, del 14 de octubre de 2005, del Instituto Antártico Peruano (INANPE), en elque solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores laexpedición de la Resolución Suprema que autorice el pagode la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2004 alComité Científico de Investigaciones Antárticas (SCAR) delcual el Perú es miembro; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, estableceexpresamente que las cuotas a los OrganismosInternacionales no financieros de los cuales el Perú espaís miembro se pagan con cargo al presupuesto delMinisterio de Relaciones Exteriores o al presupuestoinstitucional de cada una de las entidades y son aprobadaspor Resolución Suprema;Que, mediante Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, de fecha 14 de octubre de 2005, el Instituto Antártico Peruano(INANPE), solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores laautorización respectiva para efectuar el pago de la cuotavoluntaria correspondiente al ejercicio 2004 al ComitéCientífico de Investigaciones Antárticas (SCAR) del cual elPerú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad de negociaciónen las gestiones diplomáticas y acrecentar el pago de losflujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota voluntaria al mencionado organismointernacional, con cargo al presupuesto del InstitutoAntártico Peruano (INANPE); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Antártico Peruano (INANPE), a efectuar el pago de la cuota voluntaria para elEjercicio 2004 del Comité Científico de InvestigacionesAntárticas (SCAR) por el monto de OCHO MIL Y 00/100DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA(US$ 8 000.00). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán financiados con cargo al Sector:08 - Relaciones Exteriores, Pliego: 081 - Instituto AntárticoPeruano (INANPE). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19062 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 283-2005-RE Lima, 9 de noviembre de 2005 VISTO:El Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, del 14 de octubre de 2005, del Instituto Antártico Peruano (INANPE), en elque solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores laexpedición de la Resolución Suprema que autorice el pagode la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2005 ala Secretaría del Tratado Antártico de la cual el Perú esmiembro; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, estableceexpresamente que las cuotas a los OrganismosInternacionales no financieros de los cuales el Perú espaís miembro se pagan con cargo al presupuesto delMinisterio de Relaciones Exteriores o al presupuestoinstitucional de cada una de las entidades y son aprobadaspor Resolución Suprema; Que, mediante Oficio RE (INANPE) Nº 015-2005, de fecha 14 de octubre de 2005, el Instituto Antártico Peruano(INANPE), solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores laautorización respectiva para efectuar el pago de la cuotavoluntaria correspondiente al ejercicio 2005 a la Secretaríadel Tratado Antártico del cual el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad denegociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar elpago de los flujos de cooperación y asistencia técnicainternacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota voluntaria al mencionado organismointernacional, con cargo al presupuesto del InstitutoAntártico Peruano (INANPE); Estando a lo acordado;