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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G30/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de octubre de 2005 Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, debiendo ser publicado por la Entidad en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado, debiendo ponerse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la página web de ésta, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproducción; Que, de otro lado, de acuerdo a lo informado según el Memorándum (AAM) Nº 207 del 6 de octubre de 2005 del Asesor del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar, propone la contratación de los servicios del Sr. Fernando Gagliuffi Kolich, quien es un arquitecto graduado en la Universidad Nacional de Ingeniería, y además se trata de un reconocido publicista que reúne las mejores condiciones para desarrollar el concepto de la campaña de difusión de la Convemar; Que, como ha informado la Asesoría del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar, dentro de su destacada trayectoria, ha tenido a su cargo proyectos internacionales de promoción de la imagen del Perú en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, en los que ha promovido la creación de conciencia ciudadana, tales como el diseño y producción del Repertorio Documental, en el sensible tema de la frontera peruano-ecuatoriana, que no sólo requirió un manejo comunicativo adecuado sino el tratamiento de los temas con la debida reserva. Asimismo, ha participado en el diseño y la realización del Pabellón Perú en la Expo Sevilla, y del Pabellón Perú en la Expo Lisboa, entre otros proyectos; Que, asimismo, según lo solicitado en el Memorándum del Asesor del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar, se requiere contratar los servicios de una productora para la elaboración de spots publicitarios en radio y televisión, que tenga amplia experiencia en la materia. Sobre esta base, y en coordinaciones efectuadas con la empresa Cinesetenta S.A., se ha determinado su contratación debido a que la citada empresa cuenta con una vasta experticia en la producción de documentales e institucionales para entidades y empresas de prestigio tales como National Geographic, la Sociedad Interamericana de Prensa, Comunidad Andina, Universidad del Pacífico, UPC, El Comercio, Backus, Promperú, Ministerio de Defensa, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano, entre otros. Asimismo, cuenta con numerosas distinciones en su trayectoria. Además, la indicada empresa cuenta con el staff profesional y los equipos necesarios y sería liderado por la Sra. Rosario Lino, quien es Bachiller en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de Lima, cuenta con estudios de perfeccionamiento en producción y técnicas de televisión en Televisión Training Center (Berlín) y ostenta una vasta experiencia en la producción de programas, cortos, documentales e institucionales, por lo que resulta la persona que reúne las calificaciones adecuadas para desarrollar este delicado trabajo que no sólo requiere de un alto nivel de especialización sino también de discreción; Que, en ese marco, los elementos señalados se constituyen como características inherentes a las personas a contratar, que ameritan su contratación en función de los intereses del Estado; Que, es preciso manifestar que los servicios solicitados no contravienen la Directiva Interna en Materia de Racionalidad del Gasto para el Año Fiscal 2005, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0311-2005 del 15 de abril de 2005, por cuanto se trata de una campaña informativa que servirá para la difusión nacional de un tratado internacional, cuya adhesión es prioritaria para la Política Exterior del Perú y se efectúa en el marco de lo solicitado por el Congreso de la República como una condición necesaria para su discusión en la presente legislatura ordinaria; Que, las situaciones expuestas, se prevén en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con el artículo 145º de su Reglamento, debiendo ser aprobada en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo antes de su expedición un informe técnico legal previo, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el SEACE,así como remitirse la Resolución a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, en virtud del artículo 20º del citado Texto Único Ordenado; Que, la Dirección General de Asuntos Legales, ha emitido su informe legal respectivo, conforme a lo dispuesto por el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM; Que, en consecuencia, la Dirección de Logística considera necesario, previa inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005 de las Adjudicaciones Directas Selectivas correspondientes, proceder a la exoneración de dichos procesos de selección; debiendo ser realizadas por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse estos supuestos, la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Que, con Memorándum (PPT) Nº 381/2005 del 12 de octubre de 2005, la Dirección de Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; y, Con la visación de la Dirección General de Asuntos Legales; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM -Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; con el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con los artículos 49º y 50º de la Ley Nº 28278 -Ley de Radio y Televisión; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la inclusión de la Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación de los Servicios de un Publicista y la Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación de los Servicios de una Productora para la elaboración de spots publicitarios en radio y televisión, que se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2005. Artículo Segundo.- DECLARAR la Contratación de los Servicios de un Publicista y la Contratación de los Servicios de una Productora para la elaboración de spots publicitarios en radio y televisión, como servicios personalísimos, de conformidad con el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Tercero.- EXONERAR del proceso de selección correspondiente a la Contratación de los Servicios de un Publicista, por el monto de US$ 7,777.78 (Siete mil setecientos setenta y siete y 78/100 Dólares Americanos); incluido los tributos, seguros y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecución del servicio, con cargo a la fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo a lo coordinado con la Dirección de Presupuesto, la misma que se efectuará con el señor Fernando Gagliuffi Kolich, y la Contratación de los Servicios de una Productora para la elaboración de spots publicitarios en radio y televisión, por el monto de US$ 10,115.00 (Diez mil ciento quince y 00/100 Dólares Americanos); incluido los tributos, seguros y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecución del servicio, con cargo a la fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo a lo coordinado con la Dirección de Presupuesto, la misma que se efectuará con la empresa productora Cinesetenta S.A.