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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G30/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de octubre de 2005 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 267-2005-RE Lima, 27 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago priorizado de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago priorizado de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo a la priorización y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuar el pago de NOVENTA MIL Y 00/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 90.000.00), correspondiente al saldo de la cuota 2002 y pago parcial de la cuota 2003 a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ). Artículo 2º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargos a la Fuente de Financiamiento recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio 2005. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18336 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G6A/G61/G73/G20/G79/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G61/G64/G68/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G4D/G61/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1179-2005-RE Lima, 26 de octubre de 2005 Visto, el Memorándum (AAM) Nº 207 del 6 de octubre de 2005 del Asesor del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar; el Informe (LOG) Nº 017-2005 del 12 de octubre de 2005 de la Dirección de Logística por el cual emite sustentación técnica y el Memorándum (DGL) Nº 1989- 2005 del 19 de octubre de 2005, de la Dirección General de Asuntos Legales, emitiendo su informe legal con relación a la necesidad de exonerar del proceso de selección respectivo a la Contratación de los Servicios de un Publicista y la Contratación de los Servicios de una Productora para la elaboración de spots publicitarios en radio y televisión;CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum (AAM) Nº 207 del 6 de octubre de 2005, el Asesor del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar solicita la contratación de los servicios de un publicista que se encargará de desarrollar el concepto de la campaña de difusión de la Convención del Mar; el diseño y la diagramación del material gráfico; así como el desarrollo y asesoría de los demás componentes de la indicada campaña: tales como spots de radio, spots de televisión, suplementos, etc.; Que, la campaña de difusión de la Convención del Mar tiene como antecedente el pedido formulado por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo mediante carta de fecha 28 de enero de 2005, por Oficio Nº 667 - 2005-PRES/CR del 28 de marzo de 2005 y Oficio Nº 812- 2005-PRES/CR del 1 de junio de 2005, así como por Oficio Nº 2849-2005-PCM/SG-SCI del 17 de junio de 2005 para la realización de una campaña de difusión masiva del indicado instrumento internacional; Que, en tal virtud, se ha decidido desarrollar, en breve plazo, una campaña de difusión sobre las ventajas y beneficios que comporta la adhesión del Perú a ese importante tratado, con la finalidad que este asunto sea visto por el Congreso en la presente legislatura ordinaria; Que, en ese contexto, de acuerdo a lo coordinado con la Asesoría del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar, así como con el publicista Sr. Fernando Gagliuffi, se ha determinado en razón de las especiales características que deberá tener la concepción de la referida campaña por las características especiales que reviste este asunto, que el costo del mismo asciende a US$ 7,000.00 (Siete mil y 00/100 Dólares Americanos), monto que no incluye los impuestos de ley; Que, asimismo, se han efectuado coordinaciones con la Asesoría del Ministro en Asuntos de Derecho del Mar, con la empresa productora Cinesetenta S.A., las mismas que han determinado que dada la especialización de la empresa productora, que los servicios de producción de los spots de radio y televisión ascenderán a la suma de US$ 8,500.00 (Ocho mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos), monto que no incluye los impuestos de ley; Que, por los montos expuestos, incluyéndoles los tributos, seguros y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecución del servicio y en mérito a lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 28427 -Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2005 y al Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, corresponde llevarse a cabo procesos de contratación por Adjudicación Directa Selectiva, procesos que deben ser incluidos en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, de acuerdo a lo señalado en los artículos 23º y 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto a que el Plan Anual considerará todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule y que el mismo podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales, en concordancia con el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que como requisito para efectuar las contrataciones, bajo sanción de nulidad, que éstas estén incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, en tal sentido, se hace necesaria la modificación del respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, efectuando la inclusión de los procesos de selección por Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación de los Servicios de un Publicista y la Contratación de los Servicios de una Productora para la elaboración de spots publicitarios en radio y televisión, en el marco de la campaña de difusión de la Convención del Mar; Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la aprobación y difusión de las modificaciones se hará de la forma prevista en los Artículos 25º y 26º, respectivamente; es decir debe ser aprobado por el