Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2006 (20/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo, al no haber cautelado que la obra mas relevante de la entidad por el monto de su inversion, cuente desde el inicio con una adecuada supervision que controlara su ejecucion; incumpliendo asi, las funciones especificas del Presidente Ejecutivo consignadas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Direccion Superior aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1052-2000-CTAR-L-P, del 27 de MORDAZA del 2000, que en su literal i) senala: Cumplir y hacer cumplir las normas legales relacionadas con la gestion del ex CTAR-Loreto y el desarrollo regional; ING. MORDAZA MORDAZA RAGAS, ex Secretario Tecnico, al no haber adoptado acciones orientadas a que la Gerencia Regional de Operaciones, bajo su linea de autoridad, cumpla con su labor de control tecnico en la ejecucion de la obra mencionada, soslayando el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 289-2000-CTAR-L-P del 14 de MORDAZA de 1999; ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ING. MORDAZA CUADRAO MORDAZA, ex Gerentes Regionales de Operaciones y Subgerentes Regionales de Operaciones; ING. JHONNY MORDAZA ASTOCAZA, ex Subgerente Regional de Operaciones e Inspector de la obra e ING. MORDAZA CASANOVA MORDAZA, ex Gerente Regional de Operaciones; al no haber cautelado que la ejecucion de la obra cuente con la sustentacion tecnica correspondiente, asimismo, no se verifico el cumplimiento del contrato de la supervision, incumpliendo sus atribuciones senaladas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Gerencia Regional de Operaciones, aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1257-2000-CTAR-L-P, del 18 de setiembre del 2000. OBSERVACION Nº 09.- "LA ENTIDAD INCURRIO EN FRACCIONAMIENTO AL EFECTUAR LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE ALQUILER DE CAMIONETAS DE APOYO PARA LA OBRA, POR EL MONTO ASCENDENTE A S/. 269,840.00, ASI COMO DEFICIENCIAS EN LOS PROCESOS DE ADJUDICACION EFECTUADOS". De lo expuesto se advierte presunta responsabilidad administrativa en los ex funcionarios: CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerentes Regionales de Administracion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerentes de Logistica; al no haber cautelado que se aplique la modalidad de adquisicion que correspondia conforme a la normativa vigente para el alquiler de las camionetas, a pesar de conocer la recurrencia de su necesidad, soslayando sus funciones previstas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Gerencia Regional de Administracion, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1049-2000-CTAR-L-P, del 27 de MORDAZA del 2000, y modificado por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1725-2000-CTAR-L-P del 20 de noviembre del 2000. En ese sentido, la presunta NEGLIGENCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, imputados a los ex funcionarios comprendidos en la presente investigacion, se encuentra debidamente fundamentada, del cual se desprende indicios razonables de la comision de faltas de caracter disciplinario, por lo que dichos administrados deberan esclarecer en el termino de un MORDAZA administrativo disciplinario, con la finalidad de que tengan la posibilidad de hacer uso del derecho de defensa que les asiste, tanto mas si como consecuencia de ello pudiesen ser pasibles de las sanciones establecidas en el Articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico", concordante con el Articulo 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que, los hechos imputados a los nombrados ex funcionarios del ex CTAR MORDAZA hoy Gobierno Regional de MORDAZA, contravienen lo establecido en el inciso a) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, el cual obliga a cumplir personal y

diligentemente los deberes que impone el servicio publico, inciso b) "Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos" y d) "Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno"; Que, los cargos imputados a los mencionados funcionarios y ex funcionarios comprendidos en la presente investigacion, se encuentra debidamente fundamentada existiendo indicios de comision de presunta falta disciplinaria cometida que se encuentran tipificados en el Articulo 28º incisos a) y d) de la Ley de Bases de la MORDAZA administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, por lo que dichos administrados deberan esclarecer en el termino de un MORDAZA administrativo disciplinario, con la finalidad de que tengan la posibilidad de hacer uso del derecho de defensa que les asiste; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Loreto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, Oficina Regional de Administracion; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003CR/RL y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, a los siguientes ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretario Tecnico, MORDAZA INECIO MORDAZA RAGAS, ex Secretario Tecnico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo, MORDAZA CASANOVA MORDAZA, ex Gerente Regional de Operaciones, MORDAZA MORDAZA ASTOCAZA, ex Subgerente de Operaciones, MORDAZA CUADRAO MORDAZA, ex Subgerente de Operaciones, NEISER OLMEDO MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Proyecto Carretera Iquitos-Nauta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Asesoria Juridica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica todos del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA hoy Gobierno Regional de Loreto; en aplicacion del articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa"; por presunta NEGLIGENCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES. Articulo 2º.- CONCEDER a los ex funcionarios comprendidos en el articulo precedente, el plazo de CINCO (05) DIAS HABILES, contados a partir del dia siguiente de la fecha de su notificacion personal de la presente Resolucion o publicacion en el Diario Oficial, a fin de que puedan ejercer el derecho de defensa que les asiste, adjuntando las pruebas que crean conveniente al pliego de descargo correspondiente. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE a los ex funcionarios procesados por medio de la Oficina de Administracion Documentaria del Gobierno Regional de MORDAZA, para el ejercicio de su defensa en el modo y forma que establece la Ley. Articulo 4º.- REMITIR, todo lo actuado a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de MORDAZA, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 7524-1

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