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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de diciembre de 2006 335030 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza que aprueba el Proyecto Educativo Regional - PER de Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 116-2006/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA, POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modi fi catoria - Ley Nº 27902; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modi fi catoria, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; y según el inciso 5 del artículo 192º tienen como competencia promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, en su Capítulo IV referido a la participación ciudadana, en el numeral 17.2 del artículo 17º, establece que la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a Ley; Que, el Ministerio de Educación, en mérito al Artículo 80º, literal “b)” de la Ley Nº 28044 - Ley General de Educación, formula, aprueba, ejecuta y evalúa, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conduce el proceso de plani fi cación de la educación; Que, el Gobierno Regional Piura, en mérito a la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Artículo 47º, literales a) y b), formula, aprueba, ejecuta, evalúa y administra las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; asimismo, diseña, ejecuta y evalúa el Proyecto Educativo Regional, los programas de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 028-2004/ GRP-CR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 6 de febrero del 2004, el Gobierno Regional Piura, aprueba los Lineamientos de Política Regional para el Año 2004 en materia de Educación, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, así como normas de gestión, de actividades, de cultura y Deporte en la Región Piura; Que, el Gobierno Regional Piura, en coordinación con el Consejo Participativo Regional de Educación - COPARE, en concordancia con la política educativa nacional y en forma concertada y articulada con la participación de las universidades, las Instituciones Educativas, las empresas e instituciones de la sociedad Civil y los Gobiernos Locales, han elaborado el Proyecto Educativo Regional; Que, en Sesión Extraoridinaria del Consejo Participativo Regional de Educación - COPARE, de fecha 4 de diciembre del 2006, se aprobó el contenido del Proyecto Educativo Regional de Piura 2007 - 2021, formalizando de esta manera el respaldo de la sociedad civil al mismo; Que con Informe Nº 205-2006/GRP-430000, de fecha 6 de diciembre del 2006, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, alcanza el Proyecto Educativo Regional de Piura, recomendando su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 08, de fecha 6 de diciembre del 2006, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la ordenanza regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL - PER DE PIURA Artículo Primero.- Aprobar, “El Proyecto Educativo Regional de Piura 2007 - 2021”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar, a la Gerencia General Regional, para que en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social se efectúe la debida implementación del Proyecto Educativo Regional de Piura - PER. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil seis. EDUARDO MENDOZA SEMINARIO Presidente (e) del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil seis. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 7784-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanzas Nºs. 281 y 285- MDMM, que establecen monto de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el año 2007 en el distrito de Magdalena del Mar ACUERDO DE CONCEJO Nº 396 Lima, 12 de diciembre de 2006Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de diciembre del año en curso el O fi cio Nº 001-090-0003768 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 281-MDMM, modi fi cada por la Ordenanza Nº 285-MDMM, que establece el monto de los arbitrios de limpieza pública (recolección de residuos sólidos y barrido de calles), parques y jardines y serenazgo para el año 2007, en el distrito de Magdalena del Mar;