Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2006 (20/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de diciembre de 2006

directa y permanentemente por la correcta ejecucion de la obra y del cumplimiento del contrato"; OBSERVACION Nº 05.- "SE ADQUIRIO 21,000.00 M2 DE GRASS TOROURCO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE LOS CUALES 4,062.73 M2 VALORIZADOS EN S/.21,215.25, NO CUENTAN CON EL SUSTENTO EN SU COLOCACION DE LA OBRA". De lo expuesto se advierte presunta responsabilidad administrativa en los ex funcionarios ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente Regional de Operaciones, Gerente Regional de Operaciones y Secretario Tecnico, MORDAZA CUADRAO MORDAZA, ex Subgerente y Gerente Regional de Operaciones; JHONNY MORDAZA ASTOCAZA, ex Subgerente Regional de Operaciones, al no haber supervisado que se pague el grass conforme a lo establecido en la partida 6.01 - Sembrado de Grass en Taludes del Expediente Tecnico, lo cual coadyuvo que se ocasionara un dano economico a la entidad, puesto que se procedio al pago de las adquisiciones sin la completa supervision de todo el MORDAZA de abastecimiento, almacenamiento y distribucion del grass; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Administracion, al no haber controlado que el tramite de pago del grass cuente con el debido sustento, incumpliendo asi, el Manual de Organizacion y Funciones de la Gerencia Regional de Administracion aprobado con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1049-2000-CTAR-L-P del 27 de MORDAZA del 2000 en sus Funciones Generales, Literal b) que senala: "Organizar, coordinar, dirigir, controlar y ejecutar las acciones que corresponden a los sistemas de Personal, Tesoreria, Contabilidad y Abastecimiento."; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica, al no haber supervisado que todas las salidas del grass del almacen constaran con los pedidos de Comprobantes de Salida correspondientes, ocasionando un perjuicio economico a la entidad, puesto que se procedio al pago de las adquisiciones, sin la completa supervision de todo el MORDAZA de abastecimiento, almacenamiento y distribucion del grass, incumpliendo las funciones indicadas en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobada por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 289-1999-CTAR-L-P del 14 de MORDAZA del 1999; OBSERVACION Nº 06.- "EN LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPO Y MAQUINARIA PESADA, PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DURANTE EL ANO 2002, ACONTECIERON DIVERSAS IRREGULARIDADES EN DIECISIETE (17) PROCESOS DE SELECCION POR ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA SIMULADOS ASCENDENTES A S/.1´273,100.00". Se advierte presunta responsabilidad administrativa en los ex funcionarios: ING. MORDAZA MORDAZA RAGAS, ex Secretario Tecnico, al no haber supervisado que las Gerencias de Administracion, Operaciones y Logistica, dependientes funcionalmente de su Secretaria, realicen los procesos de adjudicacion de alquiler de maquinaria pesada acorde a la normativa vigente, soslayando asi las funciones especificas previstas en el Manual de Organizacion y Funciones de la Direccion Superior aprobado por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1052-2000-CTAR-L-P, del 27 de MORDAZA del 2000; ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Operaciones y Secretario Tecnico y MORDAZA CUADRAO MORDAZA, ex Subgerente Regional de Operaciones y Gerente Regional de Operaciones, puesto que pese a que tenian conocimiento que se estaba produciendo actos al margen de la normativa vigente, como parte del ejercicio de actos inherentes a su competencia, suscribieron documentos que servirian de sustento para la produccion de los mismos; ademas, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Secretario Tecnico al igual que el Ing. MORDAZA Cuadrao MORDAZA, en su condicion de Gerente Regional de Operaciones, suscribieron el Acta de Acuerdos con fecha 29 de octubre del 2002, en la cual se consigno que a partir del 01 de noviembre del 2002 se pagaria

100 horas stand by a los proveedores por el alquiler de la maquinaria pesada en detrimento de los intereses de la entidad; CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Administracion y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica y Presidente del Comite, al haber visado y/o suscrito Resoluciones Gerenciales Regionales y Contratos, a efecto de legitimar los procesos de adquisicion al margen de la normativa vigente, asi como, los contratos con los proveedores, los cuales incluian entre sus clausulas, el "stand by", aspecto que no estaba contemplado en las proformas de los contratos presentados como parte de las bases de los procesos de adquisicion en detrimento de los intereses de la entidad; asimismo, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica, no adopto acciones respecto a la correspondiente modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y programacion del concurso publico, incumpliendo el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 289-99CTAR-L-P, del 14 de MORDAZA de 1999. OBSERVACION Nº 07.- "LOS PAGOS POR CONCEPTO DE ALQUILER DE CAMIONETAS UTILIZADAS EN LA OBRA NO CUENTAN CON EL SUSTENTO ADECUADO DE LA LABOR EFECTUADA; ASIMISMO, SE APRECIA INCONGRUENCIAS EN LAS CLAUSULAS DE LOS CONTRATOS REFERIDAS A LA FORMA DE CALCULO DEL PAGO POR DICHO SERVICIO". De lo expuesto, se advierte presunta responsabilidad administrativa a los ex funcionarios: INGS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA CUADRAO MORDAZA, ex Gerentes Regionales de Operaciones; MORDAZA MORDAZA ASTOCAZA, ex Subgerente Regional de Operaciones, al no haber dispuesto que las Actas de conformidad de servicio consignen la informacion necesaria que certifique fehacientemente que el servicio se llevo a cabo; ABOG. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Asesoria Juridica, al no haber supervisado que las clausulas de los contratos de servicio de Alquiler de Camionetas MORDAZA concordantes entre si y no generen controversia en su interpretacion que pudieran afectar los intereses de la entidad; CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Administracion; al no haber supervisado las clausulas contractuales establecidas en los contratos de alquiler de camionetas y haber autorizado los pagos al contratista sin contar con Acta de conformidad que consigne la informacion completa del servicio prestado, incumpliendo las funciones especificas de la Gerencia Regional de Administracion consignada en el Manual de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1049-2000-CTAR-L-P, del 27 de MORDAZA del 2000, y modificado por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1725-2000-CTAR-L-P, del 20 de noviembre del 2000, y que en su literal c) senala: "Dirigir, orientar y conducir los procesos tecnicos de los diversos sistemas administrativos a cargo de la Gerencia Regional de Administracion, supervisando y evaluando la aplicacion de normas que lo rigen; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica; por haber suscrito los contratos que consignaban incongruencias de las clausulas sobre la forma de pago del alquiler de las camionetas; CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad, al no haber efectuado la supervision del adecuado cumplimiento de la labor de la encargada de control previo, quien no verifico que la conformidad de servicio registrara la totalidad de la informacion sobre el servicio prestado por las camionetas. OBSERVACION Nº 08.- "LA INADECUADA INSPECCION Y SUPERVISION DE LA OBRA EN EL PERIODO 2001-2002 HA PERMITIDO QUE SE REPORTE LA EJECUCION DE MAYORES METRADOS QUE HASTA LA FECHA NO SE HAN DEFINIDO EN SU TOTALIDAD Y QUE NO ESTAN APROBADOS POR LA ENTIDAD, POR EL MONTO DE S/.1´371,818.45". De lo expuesto se advierte presunta responsabilidad administrativa en los ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA

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