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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de diciembre de 2006 335033 atribuciones que le con fi ere el artículo 9º incisos 14 y 34 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el país se han dado avances signi fi cativos sobre los derechos de los ciudadanos, siendo uno de los principales en el aspecto de los derechos sociales, el concerniente al Medio Ambiente y la Salud en general, por ende se deben establecer mecanismos de vigilancia y cumplimiento de la normatividad sobre la salud y el medio ambiente; Que, la Institución Municipal para su mejor administración y cumplimiento de los servicios que debe asumir y en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado instrumento de Gestión Local, que permite un mejor funcionamiento y relación de la Municipalidad de Comas con la población en general, desarrolla un conjunto de acciones en el tema de la Salud y la Conservación del Medio Ambiente; Que, el distrito de Comas enfrenta de manera permanente problemas relacionados con la temática de la Salud y el Medio Ambiente, como el incremento de las enfermedades prevalentes (infecto contagiosas) que dañan la salud de los infantes, niños y adultos mayores con mayor índice, así mismo, el alto grado de contaminación ambiental por las condiciones geográ fi cas del distrito, dichos problemas deben ser enfrentados de manera colectiva y articulada; Que, el Plan de Desarrollo Concertado del distrito al 2010, es un instrumento de gestión local que permite concertar los esfuerzos de todos con el interés de mejorar las condiciones de vida en el distrito de Comas y orientando las diversas intervenciones hacia los objetivos identi fi cados en conjunto, así como proponer diversas actividades preventivas promociónales de salud y medio ambiente; Que, el distrito de Comas cuenta con un importante desarrollo en el ámbito de la Participación Ciudadana en la Gestión del Desarrollo Local, como es la experiencia de las Juntas Vecinales Zonales, la conformación del Consejo de Coordinación Local y la Apertura hacia los espacios de concertación, instancias de concertación que deben permitir una mayor articulación e intervención de las Instituciones Públicas y Privadas; Que, la Municipalidad viene implementando de manera participativa y concertada el proceso de Plani fi cación del Desarrollo Local y la formulación de los instrumentos de gestión como son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo anual, en donde la articulación y la Concertación con la Sociedad Civil en general son claves para lograr un mejor resultado en las acciones e intervenciones en general; Que, en el distrito partiendo del Plan de Desarrollo Concertado se han venido constituyendo y articulando espacios de concertación por las líneas estratégicas de desarrollo, en la perspectiva de sumar y articular esfuerzos en pro de esas temáticas de desarrollo, existe el esfuerzo desde hace más de dos años de un grupo de organizaciones sociales con el apoyo de la Municipalidad mediante regidores y funcionarios, para la constitución de un espacio de concertación para los temas de salud y medio ambiente en el distrito; De, conformidad a las facultades reconocidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, y de acuerdo a lo estipulado en la referida norma; el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente; ORDENANZA DE RECONOCIMIENTO DE LA MESA DE CONCERTACIÓN DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE DEL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- OBJETIVO DE LA ORDENANZA La presente ordenanza tiene por objetivo el reconocimiento del espacio de concertación para el Tratamiento de la Temática de Salud y Medio Ambiente en el distrito de Comas que permita la articulación de las organizaciones sociales, la Municipalidad y las Instituciones Públicas y Privadas para generar actividades, proyectos y propuestas concertadas, que contribuyan al Desarrollo Local Integral y del Medio Ambiente de la población en general, con un enfoque de Desarrollo Humano.Artículo Segundo.- DEFINICIONES CONCERTACIÓN: Se considera a la concertación como la estrategia que permite la articulación entre diversos actores sociales y agentes de desarrollo para generar consensos sobre apuestas y trabajos comunes sobre la salud para el desarrollo integral de las capacidades, estilos de vida y el medio ambiente para mejorar nuestras condiciones de vida. PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Es un elemento central en la formulación de políticas, programas y proyectos fomentando la organización, redes y estructuras sociales que aumenten la capacidad de los ciudadanos y de los grupos sociales para gestionar sus propios asuntos e intervenir en la negociación con el Gobierno Local e instituciones Públicas y Privadas. SOCIEDAD CIVIL: Comprende las Organizaciones Sociales de Base, Territoriales o Temática de Salud y Medio Ambiente, así como Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO: Instrumento de Gestión de Base Territorial y de carácter integral, orientado al desarrollo local y del proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de mediano y largo plazo del distrito en concordancia con los planes Sectoriales y Nacionales. Artículo Tercero.- RECONOCIMIENTO La Mesa de Concertación de Salud y Medio Ambiente del distrito de Comas, es un espacio de concertación entre las organizaciones sociales que apuesten por fortalecer las capacidades y gestión de la población para el cuidado de la salud y mejora del medio ambiente, las Instituciones Públicas y Privadas que intervienen en el distrito, con el gobierno local, sin formar parte de la estructura orgánica de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- DENOMINACIÓN El espacio de concertación que se reconoce con la presente Ordenanza se denominará, Mesa de Concertación de Salud y Medio Ambiente en el distrito de Comas. Artículo Quinto.- FINALIDAD El Espacio de Concertación tiene como fi nalidad que la población Comeña en general, especialmente el sector vulnerable como son: la Infancia, los Adultos Mayores y las Personas con Discapacidad, se desarrollen en Igualdad de Oportunidades y en condiciones favorables logren su capacidad Física, Psicológica, Social, Espiritual y Económica, para el ejercicio pleno de su ciudadanía, promoviendo y gestionando acciones para los Temas de Salud y Medio Ambiente. Artículo Seis.- DE LOS OBJETIVOSa) Impulsar el desarrollo integral del distrito de Comas, promoviendo actividades, proyectos y propuestas para mejorar las condiciones de vida, la salud, cuidado y conservación del medio ambiente orientadas a mejorar las condiciones de vida de la población. b) Concertar con las diversas organizaciones e instituciones privadas y públicas que trabajen y/o puedan apoyar las actividades de difusión, promoción y prevención de la salud y el medio ambiente. c) Proponer y vigilar las diversas propuestas de intervención para los principales problemas de salud y medio ambiente, y proponer la formulación de políticas locales en salud y medio ambiente. d) Participar y vigilar en la formulación, gestión y evaluación del Plan de Desarrollo Concertado, en la línea de Salud y Medio Ambiente y del Presupuesto Participativo. Artículo Siete.- DE LOS INTEGRANTES La Mesa de Concertación de Salud y Medio Ambiente del distrito de Comas, como Espacio de Concertación del