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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (21/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de diciembre de 2006 335129 CONSIDERANDO: Que, con Ley Nº 27867 se aprueba la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley Nº 27902, la misma que establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; Que, con Ley Nº 28652, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2005; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 459- 2005-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, del 30 de diciembre del año 2005, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2006, del Pliego 440 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS; Que, mediante Ley Nº 28880 se autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, estando incluido en el mismo el Gobierno Regional de Amazonas, con la asignación correspondiente para Gastos de Inversión; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 344-2 006- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, se incorpora en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001 SEDE AMAZONAS, el Presupuesto para Gastos de Inversión procedente del Crédito Suplementario para la ejecución del Proyecto ”Mejoramiento del Sistema de Referencia y Contrarreferencia del Centro de Salud Ocallì”; Que el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, publicado el 26 de septiembre del 2006, establece en su Artículo Segundo que la relación de Bienes, Servicios y Obras se aprueba mediante resolución del Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, dicha Resolución incluyendo la relación, se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades; Con las facultades otorgadas al Despacho por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria y visación de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la relación de bienes que serán adquiridos por la Unidad Ejecutora 001 – SEDE AMAZONAS, en el marco de la Ley que aprueba un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año 2006, en concordancia con el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Sistema de Referencia y Contrarreferencia del Centro de Salud Ocallì”. Artículo Segundo.- La relación de bienes a que hace referencia el artículo precedente son los siguientes: • Una Ambulancia Tipo II, equipada. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a los órganos internos del Gobierno Regional. Regístrese y comuníquese. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Regional 7966-1 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban el “Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión de las Competencias y Funciones en materia de Acondicionamiento Territorial” ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2006-REGIÓN CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo de Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, modi fi cada para la Ley Nº 28543; la Ley 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO:Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización, es una política permanente del Estado de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en cumplimiento de lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria y la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, por la Tercera Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se dio inicio al proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional, en función a las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional o Local, cuya conformidad se realiza a través del cumplimiento de mecanismos de veri fi cación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006- PCM, se aprueba el “Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, precisando que el artículo 53º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, para lo cual se ha previsto la transferencia de las funciones: a), f) y g); Que, siendo necesario que el Consejo Regional apruebe el “Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión de las Competencias y Funciones en Materia de Acondicionamiento Territorial”, con la fi nalidad de que el Gobierno Regional del Callao pueda certi fi car en el Proceso de Acreditación y Transferencia de Funciones y Competencias del año 2006, según cronograma del Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006 aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, para lo cual se consideran las tres funciones a), f) y g) en materia de Demarcación Territorial – artículo 53º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el “Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión de las Competencias y Funciones en Materia de Acondicionamiento Territorial”, se encuentra orientado a mejorar la capacidad institucional y de gestión de las competencias y funciones sectoriales que serán transferidas a los gobiernos regionales; para lo cual, se debe de identi fi car las acciones previas a la transferencia, que involucren la necesidad de introducir modi fi caciones en su estructura orgánica, procesos y sistemas de trabajo, lo que conlleva a considerar la necesidad de modi fi car los instrumentos de gestión (Presupuesto, ROF, CAP, TUPA, etc.), para adecuarse a la nueva situación, así como, la integración orgánica y funcional de las funciones y dependencias sectoriales materia de la transferencia; asimismo, debe identi fi car las acciones de personal (capacitación, desplazamiento, etc.) y la dotación de los recursos mínimos (local, instalaciones, equipamiento), necesarios para la transferencia de funciones sectoriales; fi nalmente, debe identi fi car acciones de acompañamiento y de reforzamiento en las funciones transferidas que aseguren la mejora en su ejecución; Que, mediante Informe N° 276-2006-REGIÓN CALLAO/ GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial concluye que el proyecto del Plan Básico de Desarrollo de Capacidades y Funciones en materia de Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, es procedente desde el punto de vista técnico; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 1311-2006-GRC-GAJ, considera que resulta legal y procedente la aprobación del Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión de las Competencias y Funciones en Materia de Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao;