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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 336038 e informar inmediatamente al Instituto Nacional de Cultura, a fi n de evaluar el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo Tercero.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Lurín y el Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporen en el Plano de Zoni fi cación la modi fi cación indicada en el Artículo Primero, o su equivalente de acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML del 4 de abril de 2004. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los 22 DIC. 2006.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 10653-1 Ratifican las Ordenanzas Nºs. 262 y 266-MDB que establecen marco legal, determinación y distribución de arbitrios en el distrito de Barranco para el año 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 404 Lima, 12 de diciembre del 2006 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de diciembre del año en curso, el O fi cio Nº 001-090-00003776 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 262-MDB, modi fi cada por la Ordenanza 266-MDB, que establece el marco legal, determinación y distribución de los arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2007 en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Barranco; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima reguló el procedimiento para presentación, rati fi cación y publicación de Ordenanzas Tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, mediante la Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, la Ordenanza Nº 727, modi fi cada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-6-06 y por la Ordenanza Nº 977 publicada el 1-10-2006, que estableció el plazo excepcional hasta el 23 de octubre de 2006 para la presentación de solicitudes de ratifi cación. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó las Ordenanzas, objeto de la rati fi cación, remitiéndolas con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, por lo que de conformidad con las Ordenanzas referidas en el párrafo anterior y las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML y el Inc. d) del artículo 4º de la Ordenanza Nº 952-MML, concluyendo según Informe Nº 004-082-00000543, que procede la rati fi cación de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos por las sentencias del Tribunal Constitucional. De acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributari - SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 255- 2006-MML/CMAEDO, por sus fundamentos, los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ:Artículo Primero.- Rati fi car la Ordenanza Nº 262- MDB, modi fi cada por la Ordenanza Nº 266-MDB, que establece el marco legal, determinación y distribución de los arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2007 en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Barranco; dado que cumple con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- La Municipalidad Distrital de Barranco ha dispuesto el reajuste de las tasas aprobadas y rati fi cadas para el ejercicio 2006, con la variación del IPC registrada hasta el mes de setiembre del presente año (1.35%). Artículo Tercero.- Dejar constancia que el presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2006, conforme lo establece la Ley de Tributación Municipal y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 262-MDB y 266-MDB. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la citada Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada, conforme lo dispuesto por las Ordenanzas Nºs. 607-MML y 952-MML Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 10452-1 Ratifican la Ordenanza Nº 243 que establece tasas de arbitrios correspondientes al ejercicio 2007 en el distrito de Villa María del Triunfo ACUERDO DE CONCEJO Nº 428 Lima, 18 de diciembre de 2006Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de diciembre del año en curso el O fi cio N° 001-090- 00003802 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza N° 243, que establece las tasas de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondientes al ejercicio 2007 en el distrito de Villa María del Triunfo; CONSIDERANDO:Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF;