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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (29/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 336025 En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo N° 033-2005-SUNASS-CD; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyabamba, EPS MOYOBAMBA S.A., de determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 033-2005-SUNASS-CD. Artículo 2º.- Requerir a la EPS MOYOBAMBA S.A. a fi n de que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, ejerza su derecho a solicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARTURO BARRA ZAMALLOA Gerente de Regulación Tarifaria 10655-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación y designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 227-2006/SUNAT Lima, 27 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 058-2005/SUNAT, se designó como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, a la señora abogada Ana Bertha Avellaneda Arias; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto dicha designación y designar un nuevo Ejecutor Coactivo a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de la señora abogada Ana Bertha Avellaneda Arias como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.Artículo 2º.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, al señor abogado Neptalí Sebastián Muñoz Aguilar. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 10637-1 Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 070-2005/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 228-2006/SUNAT Lima, 27 de diciembre de 2006CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27482 regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos, estableciendo la relación de los sujetos obligados a presentarla; Que el Artículo 2º de la referida Ley, en concordancia con el Artículo 3º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, establece que, entre otros, los directores, gerentes y funcionarios que ejerzan cargos de con fi anza o de responsabilidad directiva de los organismos públicos descentralizados, así como quienes administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste, se encuentran obligados a presentar la mencionada declaración jurada; Que el Artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 070-2005/SUNAT establece la relación de funcionarios de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas; Que en dicha relación debe considerarse a los titulares y suplentes responsables de la administración de los fondos fi jos para caja chica asignados a nivel nacional, por lo que, resulta necesario modi fi car el mencionado artículo a efectos de incluirlos dentro de los alcances de la citada Resolución; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Inclúyase en el Artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 070-2005/SUNAT, a los titulares y suplentes responsables de la administración de los fondos fi jos para caja chica asignados a nivel nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 10637-2 Aprueban Formatos para la aplicación del nuevo Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 645-2006/SUNAT/A Callao, 27 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que el inciso k) del artículo 83° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado