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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 336034 Capítulo segundo, Funciones Especiales de los Gobiernos Regionales, Artículo cuarenta y nueve , Funciones Especí fi cas en Materia de Salud; señala en su inciso p), “Ejecutar en coordinación con los Gobiernos Locales de la Región, acciones que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la población de la Región”, El Artículo cincuenta y uno, Funciones de Materia Agraria, señala en su inciso d), “Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales de la Región”; y en el mismo artículo en el inciso 0), “ Promover políticas para generar un cultura de seguridad alimentaria. Asimismo, el Articulo sesenta señala como funciones en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, en el inciso b), “Coordinar la ejecución por los Gobiernos Locales de las políticas sectoriales de lucha contra la pobreza de desarrollo social del Estado, con énfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de genero y el fortalecimiento de la economía regional. El Gobierno Nacional coordina el cumplimiento de la ejecución por los Gobiernos Regionales de lo que les completa de las políticas y programas señalados en el presente inciso”. Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferida por el artículo quince, treinta y siete, treinta y ocho de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado POR UNANIMIDAD, en la Sesión de Consejo Regional del visto; ORDENA: Artículo Primero.- DECLARAR de prioridad e interés regional, el consumo de leche fresca de vaca y sus derivados - de las Cuencas Lecheras Alto Huallaga, Alto Marañón y Pachitea del ámbito del Gobierno Regional Huánuco, en atención especial a los niños y a los bene fi ciarios de los programas sociales; así mismo el apoyo y protección de los productores ganaderos lecheros en la Región Huánuco. Artículo Segundo.- PROMOVER el mejoramiento genético del ganado lechero de la Región, a través de la adquisición de reproductores de alto valor genético, instalación de postas de inseminación arti fi cial y transplante de embriones. Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia Regional de Infraestructura, la reglamentación de la presente ordenanza, en un plazo no mayor de treinta (30) días. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el artículo cuarenta y dos de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Mando, regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 11244-3 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Exoneran de proceso de selección al Gobierno Regional para la contratación de Licencias Microsoft School Agreement RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0745-2006-GORE-ICA/PR Ica, 26 de diciembre del 2006Visto el O fi cio Nº 918 -2006-GORE-.ICA/GRDS, con fecha18-12-2006,de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, mediante el cual se solicita la Exoneraciónn del Proceso de Selección para el Contrato de Licencia de Microsoft para el Gobierno Regional Ica;. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 120- 2006-GORE-ICA/PR, de fecha 14 de diciembre de 2006, se aprobó la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, en la cual se incorpora la “ADQUISICIÓN DE SOFTWARE INFORMÁTICO PARA LA APLICACIÓN DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN LAS AULAS DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA REGIÓN ICA”; Que, el artículo 19º Inc. e) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección las Adquisiciones y Contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor Único; concordante con el artículo 20º de la citada Ley y con el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Constancia la Empresa MICROSOFT certi fi ca que la Empresa, COSAPI DATA S.A. tiene la categoría de Proveedor Único Directo, para los contratos Microsoft School Agreement, hasta el año 2007de acuerdo al convenio Direct Large Account Reseller Agreement celebrado entre Microsoft Perú y la citada empresa; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su artículo 146º, establece que, la Resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del Proceso de Selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, en mérito al Informe Técnico Nº 001-2006-GORE- ICA/GRDS, emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y al Informe Legal Nº 356-2006/ORAJ, emitido por la O fi cina Regional de Asesoria Jurídica, y estando a lo dispuesto por la Gerencia General Regional, es necesario aprobar la exoneración del Proceso de Selección, para el contrato de Licencia Microsoft párale Gobierno Regional de Ica, con la Empresa COSAPI DATA S.A. por ser Único Proveedor por un monto referencial de S/. 428,285.76 (Cuatrocientos Veinte y ocho mil Doscientos Ochenta y Cinco y 76/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo al TUO de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento, aprobado respectivamente mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM; y de conformidad a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GORE-ICA, modi fi cado mediante Ordenanza Regional Nº 002- 2006-GORE-ICA; y con las atribuciones referidas a los Gobiernos Regionales, mediante Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR, al Gobierno Regional de Ica, del Proceso de Selección para el Contrato de Licencias Microsoft School Agreement, con la Empresa COSAPI DATA S.A., por ser Único Proveedor, de conformidad con el artículo 19º Inc. e) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por un monto de S/. 428,285.76 (Cuatrocientos Veinte y ocho mil Doscientos Ochenta y Cinco y 76/100 Nuevos Soles); autorizando a la Gerencia General Regional la celebración del Contrato de Licencia Microsoft School Agreement, con la Empresa COSAPI DATA S.A. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Abastecimiento y Patrimonio, efectuar la Adquisición de Software Informático para la Aplicación de Tecnología de Información y Comunicación en las Aulas de Innovaciones Pedagógicas de las Instituciones Educativas de la Región Ica, en forma directa mediante acciones inmediatas, para la celebración del Contrato de Licencias Microsoft School Agreement Microsoft con la Empresa COSAPI DATA S.A, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente resolución y del Informe Técnico Legal que la sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su