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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323420El Peruano martes 11 de julio de 2006 Técnico de la 3ra. Brigada de Caballería del Ejército del Perú, que participará en la XXIV Reunión Regional Bilateral de Inteligencia, en el período comprendido del 20 al 22 de julio de 2006, en la ciudad de Arica - República de Chile. 1. Gral Brig VARGAS CAVERO Raúl Francisco 2. Crl Cab QUELOPANA BOHORQUEZ Eduardo Antonio3. Tte Crl Cab BETALLALUZ CARRASCAL Rafael Luis 4. My Cab CATACORA GUTIERREZ Víctor Alfonso 5. Tco 2 EP MENDIZABAL GALLEGOS Edwin Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdoa los conceptos siguientes: 1. OFICIAL GENERALPasajes Terrestres: Tacna - Arica - Tacna (ida y vuelta)US$ 29.60 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 3 días x 1 persona 2. OFICIALES SUPERIORESPasajes Terrestres: Tacna - Arica - Tacna (ida y vuelta)US$ 29,60 x 3 personas Viáticos: US$ 200.00 x 3 días x 3 personas 3. TÉCNICOPasajes Terrestres: Tacna - Arica - Tacna (ida y vuelta)US$ 29.60 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 3 días x 1 persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 12084 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G37/G33/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G44/G45/G2F/G45/G50 /G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G20 /G70/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65/G20 /G63/G61/G64/G65/G74/G65/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 311-2006/DE/EP Lima, 7 de julio de 2006 Visto, la Hoja Informativa Nº 179-2006/DP/SDAPE/ INF-6, de junio 2006, de la Dirección de Personal del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 1016 DE/ EP/CP-JAPE 1-1/. del 27 de diciembre 2001, se nombroen Misión de Estudios al CAD I AÑO EP Luis Daniel CARPIO EULOGIO, para realizar estudios de Formación de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación Argentina, en el período del 2 de enero 2002 al 31 de diciembre 2005; Que, mediante Resolución Suprema Nº 550 -2006 / DP/EP/A-1 a/ 1- del 23 de diciembre 2005, se aprueba la ampliación de la permanencia en el Colegio Militar de la Nación Argentina al Cadete IV Año EP Luis Daniel CARPIO EULOGIO, del 1 de enero al 30 de junio 2006; Que, con la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 580 EP/A.1.a1.8 del 23 de diciembre 2005 el Cad V Luis Daniel CARPIO EULOGIO, es dado de Alta como Oficial del Ejército del Perú, con fecha 1 de enero 2006. Que, con la Resolución Suprema Nº 173 - 2006 DE/ EP del 15 de mayo de 2006, se modifica los Artículos 1º y 2º de la Resolución Suprema Nº 550 -2006 /DP/EP/A- 1 a/ 1- del 23 de diciembre 2005; Con Fax Nº 40470 6ª/03.13 del 3 de abril 2006, la DINTE, comunica que el día 14 de abril 2006 viaja a la ciudad de Lima el Stte Inf Luis Daniel CARPIO EULOGIO, al termino de sus estudios en la República Argentina, por lo que es procedente modificar el Artículo 2º de la R.S. Nº 173 - 2006 DE/EP del 15 de mayo 2006, correspondiente al pago de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; Que, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de enero al 14 de abril 2006, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2006 y de conformidad con la Ley Nº 27619 - "Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos", Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006", Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio 2004; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la R.S. Nº 173 - 2006 DE/EP del 15 de mayo 2006, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos vigentes: Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero US$ 2,400 x 3 meses (Ene, Feb y Mar). US$ 2,400.00/30 x 14 días del mes de abril 2006. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 12085 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-2006-DE/SG Mediante Oficio Nº 248-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 301-2006-DE/SG, publicada en nuestra edición del 8 de julio de 2006.