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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325190El Peruano jueves 27 de julio de 2006 CAPÍTULO VI TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Artículo 60º.- Funciones del TribunalCAPÍTULO VII CUERPOS COLEGIADOS Artículo 61º.- Los Cuerpos ColegiadosTÍTULO VI RECURSOS ECONÓMICOS Y RÉGIMEN LABORAL CAPÍTULO I RÉGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO Artículo 62º.- Recursos Artículo 63º.- Cobranza Coactiva Artículo 64º.- Recursos Adicionales CAPÍTULO II RÉGIMEN LABORAL Artículo 65º.- Régimen Laboral TÍTULO VII FACULTADES DE LOS ÓRGANOS DEL OSITRAN Artículo 66º.- Ejercicio de las Facultades Previstas en el Decreto Legislativo Nº 807 Artículo 67º.- F acultades de Investigación Artículo 68º.- Colaboración en las InvestigacionesArtículo 69º.- Compromiso de Cese o Modificación de Actos que constituyen Infracción Artículo 70º.- Información de Entidades PúblicasArtículo 71º.- Carácter de Declaración Jurada de la Información que se presente Artículo 72º.- Sanciones a la Presentación de Información Falsa Artículo 73º.- Costos y Costas de los ProcedimientosArtículo 74º.- Responsabilidad del Infractor Artículo 75º.- Denuncias Maliciosas Artículo 76º.- Auxilio de la Fuerza PúblicaArtículo 77º.- Lineamientos Artículo 78º.- Distribución de InformaciónArtículo 79º.- Medidas Cautelares Artículo 80º.- Carácter Público de los Procedimientos Artículo 81º.- Ejecutabilidad de las Resoluciones y Decisiones del OSITRAN y Suspensión de Procedimientos Artículo 82º.- Publicación de Decisiones y Jurisprudencia Administrativa delOSITRAN TÍTULO VIII DE LOS CONSEJOS DE USUARIOS Artículo 83º.- Consejos de Usuarios Artículo 84º.- Integrantes de los Consejos de UsuariosArtículo 85º.- Funciones de los Consejos de UsuariosArtículo 86º.- Funciones de los Consejos de Usuarios Regionales Artículo 87º.- Convocatoria a las reuniones Artículo 88º.- Vocero OficialArtículo 89º.- Elección del vocero Oficial TÍTULO IX PROHIBICIONES, INCOMPATIBILIDADES Y RESPON- SABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS Artículo 90º.- Información Confidencial Artículo 91º.- Reuniones con los Ejecutivos de las ENTIDADES PRESTADORAS Artículo 92º.- Incompatibilidades Artículo 93º.- Prohibiciones. DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN TRANSITORIAREGLAMENTO GENERAL DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO - OSITRAN NORMA REGLAMENTARIA DE LAS LEYES Nºs. 26917, 27332 y 28337 TÍTULO I DEFINICIONES Artículo 1º.- Definiciones: Para efectos de este REGLAMENTO entiéndase por: a) ACCESO: El derecho que tiene un usuario intermedio de utilizar una Facilidad Esencial como recurso necesario para brindar Servicios Esenciales que se integran en la Cadena Logística. b) ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN: Actos del personal de OSITRAN o autorizado por éste que, bajo cualquier modalidad, tengan por objeto obtenerinformación y/o verificar el cumplimiento de obligaciones legales, contractuales, técnicas, administrativas, o aquellas contraídas directamente ante OSITRAN porparte de las Entidades Prestadoras, sobre aspectos técnicos, operativos, comerciales y administrativos, en el ámbito de su competencia. c) AUDIENCIA PÚBLICA: Es la instancia dentro de los procedimientos de fijación y revisión de tarifas a través de la cual OSITRAN somete a consulta pública loscriterios, metodología, estudios, informes, modelos económicos o dictámenes, que servirán de justificación en la fijación y revisión de las tarifas, con el fin de permitira los agentes del sector regulado bajo su ámbito de competencia, una participación efectiva en el proceso regulatorio. d) AUDIENCIA PRIVADA: Es la instancia dentro de los procedimientos de fijación y revisión de tarifas a través de la cual OSITRAN, por medio de sus representantes,se reúne con representantes de las Entidades Prestadoras o con representantes de las Organizaciones Representativas de Usuarios, con el fin de absolverconsultas. e) CARGO, PRECIO O TARIFA DE ACCESO: Es la contraprestación monetaria que cualquier operador deservicios competitivos está obligado a pagar por utilizar las Facilidades Esenciales. f) CONCEDENTE: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entidad que suscribe un contrato de concesión de INFRAESTRUCTURA de transporte en representación del Estado Peruano, en su caso elGobierno Regional. g) CONSEJO DE USUARIOS: Órgano colegiado de carácter consultivo, que constituye un mecanismo departicipación procedimental de los usuarios interesados en el proceso regulatorio a cargo de OSITRAN. h) CONTRATO DE ACCESO: Aquel que tiene la finalidad de establecer la relación jurídica entre la Entidad Prestadora y un usuario intermedio que requiere la utilización de la Facilidad Esencial, con el objeto de prestarServicios Esenciales. i) CONTRATO DE CONCESIÓN: Es el título que habilita a la Entidad Prestadora concesionaria a explotarel o los bienes objeto de la concesión de infraestructura de transporte de uso público y servicio público. j) EMPRESA SUPERVISORA: Persona natural o jurídica, de reconocido prestigio y solvencia, especializada en brindar servicios para la ejecución de ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN por parte deOSITRAN, efectuando por encargo determinadas funciones de supervisión que corresponden a OSITRAN conforme a lo establecido en los Artículos 33 al 36 delpresente Reglamento y al Reglamento General de Supervisión de OSITRAN, así como sus ampliatorias y modificatorias. k) ENTIDAD PRESTADORA: Empresas o grupo de empresas que tienen la titularidad legal o contractual para realizar actividades de explotación deINFRAESTRUCTURA nacional o regional de transporte de uso público, sean empresas públicas o privadas y que conservan frente al Estado la responsabilidad porla prestación de los servicios. Del mismo modo, los son también los Administradores Portuarios de