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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325198El Peruano jueves 27 de julio de 2006 competencia del OSITRAN o los órganos responsables del funcionamiento administrativo del OSITRAN. Cumplenlas funciones aprobadas por el Consejo Directivo de conformidad con lo establecido en el Literal h) del Artículo 53º. Corresponde al Consejo Directivo determinar el número y competencias de las Gerencias según las necesidades que enfrente el OSITRAN. Las Gerencias están a cargo de un Gerente designado por el Presidente del Consejo Directivo y que es el responsable del cumplimento de sus funciones.Cuenta con el personal de apoyo que se establezca según las necesidades del área a su cargo. CAPÍTULO VI TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Artículo 60º.- Funciones del Tribunal. El Tribunal es el encargado de resolver como última instancia administrativa, las controversias a las que se refieren los Artículos 49 y 50 del presente REGLAMENTO. Lo resuelto por el Tribunal es deobligatorio cumplimiento, sin perjuicio de la facultad que tienen los interesados de impugnar judicialmente la resolución administrativa que éste dicte. El Tribunal estará conformado por cinco miembros designados de conformidad con lo establecido en el Artículo 9 de la LEY. Los miembros del Tribunal puedenser designados por un período adicional. El Tribunal elegirá dentro de sus miembros a su Vicepresidente, por el período de un año. El Tribunal sesiona con la asistencia de 3 de sus miembros y adopta decisiones con el voto aprobatorio de la mayoría de los asistentes. En caso de empate en una votación, el Presidente tendrá voto dirimente. Para sesionar se requerirá obligatoriamente la asistencia del Presidente o del Vicepresidente. CAPÍTULO VII CUERPOS COLEGIADOS Artículo 61º.- Los Cuerpos Colegiados. Los Cuerpos Colegiados son los órganos encargados de resolver en primera instancia las controversias a las que se refiere el Artículo 49 del presente REGLAMENTO. Los Cuerpos Colegiados están conformados por tresmiembros designados por el Consejo Directivo. Existe un Cuerpo Colegiado Permanente, el mismo que está a cargo de resolver todas las controversiasque se susciten, con exclusión de aquellas que hayan sido encargadas a un Cuerpo Colegiado Ad Hoc. Los Cuerpos Colegiados Ad Hoc pueden ser designados por el Consejo Directivo para resolver una controversia específica, dado el carácter técnico de la misma. Resuelta la controversia correspondiente, losmiembros del Cuerpo Colegiado Ad Hoc cesarán en sus funciones. Los Cuerpos Colegiados sesionan con la asistencia de dos de sus miembros y adoptan decisiones con el voto aprobatorio de la mayoría de los asistentes. En caso de empate en una votación, el Presidente tendrávoto dirimente. TÍTULO VI RECURSOS ECONÓMICOS Y RÉGIMEN LABORAL CAPÍTULO I RÉGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO Artículo 62º.- Recursos. Constituyen recursos propios del OSITRAN: a. El aporte por regulación que deberán pagar las empresas bajo su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 10 de la LEY . b. Las asignaciones, donaciones, legados, transferencias u otros aportes, por cualquier título provenientes de personas naturales o jurídicas,nacionales o extranjeras. c. Transferencias de Entidades del Sector Público.d. Tasas, derechos e ingresos que le correspondan por ley. e. Otros ingresos propios de su actividad. Artículo 63º.- Cobranza coactiva El OSITRAN podrá efectuar la cobranza coactiva de sus acreencias, de conformidad con las normas legales pertinentes. Para tal efecto, OSITRAN podrá suscribirconvenios las entidades del Estado que permita dichas normas, con el fin de encargar la cobranza coactiva de las acreencias de OSITRAN, sean éstas tributarias o notributarias. Artículo 64º.- Recursos adicionales El OSITRAN queda autorizado a obtener recursos de organismos nacionales o internacionales de cooperación técnica a través de créditos o donaciones. CAPÍTULO II RÉGIMEN LABORAL Artículo 65º.- Régimen laboral El personal del OSITRAN está sujeto al régimen laboral de la actividad privada. TÍTULO VII FACULTADES DE LOS ÓRGANOS DEL OSITRAN Artículo 66º.- Ejercicio de las Facultades Previstas en el Decreto Legislativo Nº 807. En virtud de la Ley, los ORGANOS DEL OSITRAN gozan de las facultades previstas en el Título I del DecretoLegislativo Nº 807. Las facultades contempladas en el presente Título pueden ser ejercidas por cualquiera de los ORGANOSDEL OSITRAN siempre que sean utilizadas en estricto cumplimiento de las potestades que sean de competencia de dicho órgano. Tales facultades pueden ser usadaspara obtener la información necesaria para dictar reglamentos, normas de carácter general, establecer regulaciones, mandatos u otras disposiciones de carácterparticular; para llevar a cabo investigaciones preliminares, para obtener información a ser puesta a disposición del público, o para resolver un expediente ocaso sujeto a las competencias del OSITRAN. Las entidades delegadas a que alude el segundo párrafo del Artículo 33 del presente REGLAMENTO también podrán hacer uso de las facultades concedidas a los ORGANOS DEL OSITRAN y estarán sujetas a las mismas incompatibilidades, restricciones, prohibicionesy limitaciones. Artículo 67º.- Facultades de Investigación. Las facultades a que alude el artículo precedente son las siguientes: a. Exigir a las personas naturales o jurídicas la exhibición de todo tipo de documentos, incluyendo los libros contables y societarios, los comprobantes de pago,la correspondencia comercial y los registros magnéticos incluyendo, en este caso, los programas que fueran necesarios para su lectura; así como solicitar informaciónreferida a la organización, los negocios, el accionariado y la estructura de propiedad de las empresas. b. Citar e interrogar, a través de los funcionarios que se designe para el efecto, a las personas materia de investigación o a sus representantes, empleados, funcionarios, asesores y a terceros, utilizando los mediostécnicos que considere necesarios para generar un registro completo y fidedigno de sus declaraciones, pudiendo para ello utilizar grabaciones magnetofónicaso grabaciones en video. c. Realizar inspecciones, con o sin previa notificación, en los locales de las ENTIDADES PRESTADORAS oempresas bajo el ámbito del OSITRAN y examinar los libros, registros, documentación y bienes, pudiendo comprobar el desarrollo de procesos productivos ytomar la declaración de las personas que en ellos se encuentren. En el acto de la inspección podrá tomarse copia de los archivos físicos o magnéticos, así como decualquier documento que se estime pertinente o tomar las fotografías o filmaciones que se estimen necesarias.