Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2006 (23/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano viernes 23 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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establecer alianzas para el desarrollo de oportunidades de inversion; c) las Partes daran amplia divulgacion de la legislacion o de las disposiciones que directa o indirectamente estimulen inversiones extranjeras, incluyendo, entre otros, regimenes cambiarios y de caracter fiscal; d) las Partes examinaran nuevas alternativas de inversiones, teniendo en vista el comportamiento y las tendencias de las inversiones extranjeras directas (IED) en el mercado. 5. Ademas, con el objeto de promover las inversiones mencionadas en el parrafo 4, las Partes facilitaran contactos entre empresas interesadas, teniendo en cuenta la posibilidad de aprovechamiento de las ventajas del acceso preferencial a terceros mercados. Con tal finalidad, realizaran, entre otras, las siguientes acciones: a) estimular la organizacion de eventos promocionales como seminarios, simposios, misiones, reuniones empresariales, presentaciones individuales para empresas y otras actividades correlativas; b) identificar, definir y difundir oportunidades de inversiones, con el proposito de promoverlos entre los sectores empresariales de ambos paises; c) promover la coordinacion entre las instituciones de promocion de inversiones de MORDAZA Partes; d) permitir la participacion de inversionistas de la otra Parte en programas de promocion de exportaciones a terceros mercados, en base al MORDAZA de no discriminacion. 6. A fin de alcanzar los objetivos propuestos en este instrumento, las Partes realizaran acciones conjuntas para obtener recursos financieros con el apoyo del sector privado, de organismos financieros nacionales e internacionales y de entidades empresariales interesadas en el comercio exterior y en la promocion de inversiones. Por su parte, el Gobierno brasileno buscara internamente identificar y hacer uso del credito y de mecanismos de financiamiento para viabilizar operaciones comerciales, de inversiones y para la organizacion de actividades de promocion economica y comercial previstas en este Memorandum de Entendimiento. 7. A fin de permitir la buena implementacion de los proyectos de cooperacion en la facilitacion del comercio y en la busqueda del equilibrio del intercambio bilateral, las Partes se comprometen a crear los mecanismos adecuados para encontrar soluciones rapidas y eficientes para eliminar obstrucciones a la corriente de comercio, por intermedio de medidas puntuales junto a los respectivos organos de control aduanero y otros directamente implicados en la autorizacion de la circulacion de personas y bienes en las fronteras de las Partes. Para este objetivo, el Grupo Ejecutivo de Trabajo, establecido en el Parrafo 8, informara a las Partes sobre las medidas a ser adoptadas en cada caso, con los respectivos plazos de resolucion. 8. Para la consecucion de los objetivos del presente Memorandum de Entendimiento, MORDAZA Partes convienen en establecer un Grupo Ejecutivo de Trabajo (GET), coordinado por las Cancillerias e integrado por los organismos tecnicos en las areas de comercio e inversiones. El GET podra solicitar la participacion de representantes de otros organos, entidades empresariales o autoridades directamente vinculadas a los temas especificos contenidos en el presente instrumento. El Grupo se reunira en forma ordinaria una vez por semestre, alternadamente en el Brasil y en el Peru, o con caracter extraordinario a pedido de una de las Partes. 9. El presente Memorandum de Entendimiento tendra vigencia indeterminada y entrara en MORDAZA en la fecha de su firma, pudiendo ser denunciado o modificado, total o parcialmente, por cualquiera de las Partes, debiendo la otra Parte ser notificada por escrito con una antelacion de noventa (90) dias.

En fe de lo cual MORDAZA el presente Memorandum de Entendimiento en la MORDAZA de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de febrero de 2006, en dos originales, en los idiomas castellano y portugues, siendo ambos textos igualmente validos. (firmado) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (firmado) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL 10986

Remiten al Congreso de la Republica documentacion referente a la "Convencion sobre la Proteccion y Promocion de la Diversidad de las Expresiones Culturales"
RESOLUCION SUPREMA Nº 211-2006-RE MORDAZA, 21 de junio de 2006 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente a la "Convencion sobre la Proteccion y Promocion de la Diversidad de las Expresiones Culturales", adoptada en el MORDAZA de la 33 Conferencia General de la UNESCO, el 20 de octubre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa, para los efectos a que se contraen el ultimo parrafo del articulo 56º y el articulo 102º inciso 3) de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11132

Remiten al Congreso de la Republica documentacion referente al "Tratado entre el Gobierno de la Republica del Peru y Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal"
RESOLUCION SUPREMA Nº 212-2006-RE MORDAZA, 21 de junio de 2006 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente al "Tratado entre el Gobierno de la Republica del Peru y Gobierno del Reino de Tailandia sobre Asistencia Mutua en Materia Penal", suscrito el 3 de octubre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, para los efectos a que se contraen el articulo 56º inciso 1 y el articulo 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11133

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