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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G39/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de mayo de 2006 ratificaron y cancelaron los títulos de nombramiento de los magistrados del Ministerio Público, disponiendo en elartículo segundo rehabilitar los indicados Títulos, deconformidad con la cláusula segunda del Acuerdo de Solución Amistosa firmado entre El Estado Peruano y los Magistrados no ratificados; Que, asimismo la citada cláusula establece que el Poder Judicial o el Ministerio Público, en los casos deJueces o Fiscales, respectivamente, dispondrá lareincorporación del Magistrado a su plaza original dentro de los 15 días siguientes a la Rehabilitación del Título. Que, a la fecha la plaza de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, se encuentraocupada por un Fiscal Titular, en tal sentido, se debereincorporar al citado magistrado en una de las plazasvacantes equivalente a su cargo, en el Distrito Judicial de Arequipa. Que, al encontrarse vacante la plaza de Fiscal Provincial del Distrito Judicial de Arequipa, resultanecesario reincorporar en ésta al doctor Walter EpifanioCusirimay Jiménez; magistrado considerado en laresolución de vista; y designarlo en la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Caylloma, Distrito Judicial de Arequipa. Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reincorporar al doctor Walter Epifanio Cusirimay Jiménez, en el cargo de FiscalProvincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta deCondesuyos, Distrito Judicial de Arequipa. Artículo Segundo.- Designar al doctor Walter Epifanio Cusirimay Jiménez, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, Distrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la SegundaFiscalía Provincial Mixta de Caylloma. Artículo Tercero.- Solicitar al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, la cancelación del Título quenombra al doctor Walter Epifanio Cusirimay Jiménez, como Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, Distrito Judicial de Arequipa,materia de la Resolución Suprema Nº 168-1990-JUS defecha 20 de junio de 1990, extendiéndosele un nuevotítulo. Artículo Cuarto.- Hacer de su conocimiento la presente Resolución, al Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente dela Corte Suprema de la República, Fiscal SuperiorDecano del Distrito Judicial de Arequipa, GerenciaGeneral, Gerencia Central de Personal, Oficina deRegistro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 07934 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G73/G20/G64/G65 /G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G20/G79/G20/G44/G65/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 469-2006-MP-FN Lima, 3 de mayo de 2006 VISTA:La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 157-2006-CNM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril del presente año; Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de vista el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió dejar sin efecto los acuerdos adoptados por el Pleno de dicho organismo ypor tanto la Resoluciones Nº 046-2001-CNM, Nº 050-2001-CNM, Nº 159-2001-CNM, Nº 218-2001-CNM,Nº 381-2002-CNM, Nº 458-2002-CNM, Nº 089-2004-CNM y Nº 101-2004-CNM en los extremos que noratificaron y cancelaron los títulos de nombramiento de los magistrados del Ministerio Público, disponiendo en elartículo segundo rehabilitar los indicados Títulos, deconformidad con la cláusula segunda del Acuerdo de Solución Amistosa firmado entre El Estado Peruano y los Magistrados no ratificados; Que, asimismo la citada cláusula establece que el Poder Judicial o el Ministerio Público, en los casos deJueces o Fiscales, respectivamente, dispondrá lareincorporación del Magistrado a su plaza original dentro de los 15 días siguientes a la Rehabilitación del Título. Que, a la fecha la plaza de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Yungay, se encuentraocupada por un Fiscal Titular, en tal sentido, se debereincorporar al citado magistrado en una de las plazasvacantes equivalente a su cargo, en el Distrito Judicial de Ancash. Que, al encontrarse vacante la plaza de Fiscal Provincial del Distrito Judicial de Ancash, resultanecesario reincorporar en ésta al doctor Malco LoszaMéndez; magistrado considerado en la resolución devista; y designarlo en la Fiscalía Provincial Mixta de Carhuaz, Distrito Judicial de Ancash. Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reincorporar al doctor Malco Losza Méndez, en el cargo de Fiscal Provincial Titularde Yungay, Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Designar al doctor Malco Losza Méndez, Fiscal Provincial Titular de Yungay, DistritoJudicial de Ancash, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Carhuaz. Artículo Tercero.- Solicitar al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, la cancelación del Título quenombra al doctor Malco Losza Méndez, como FiscalProvincial Titular de Yungay, Distrito Judicial de Ancash,materia de la Resolución Nº 043-1991-JUS, de fecha 24 de abril de 1991, extendiéndosele un nuevo título. Artículo Cuarto.- Hacer de su conocimiento la presente Resolución, al Ministro de Justicia, Presidentedel Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente dela Corte Suprema de la República, Fiscal SuperiorDecano del Distrito Judicial de Ancash, Gerencia General, Gerencia Central de Personal, Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 07927 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 484-2006-MP-FN Lima, 3 de mayo de 2006 VISTA:La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 157-2006-CNM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril del presente año; Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de vista el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió dejar sin efecto los acuerdos adoptados por el Pleno de dicho organismo y por tanto la Resoluciones Nº 046-2001-CNM, Nº 050-2001-CNM, Nº 159-2001-CNM, Nº 218-2001-CNM, Nº381-2002-CNM, Nº 458-2002-CNM, Nº 089-2004-CNMy Nº 101-2004-CNM en los extremos que no ratificarony cancelaron los títulos de nombramiento de los magistrados del Ministerio Público, disponiendo en el artículo segundo rehabilitar los indicados Títulos, deconformidad con la cláusula segunda del Acuerdo deSolución Amistosa firmado entre El Estado Peruano y losMagistrados no ratificados; Que, asimismo la citada cláusula establece que el Poder Judicial o el Ministerio Público, en los casos de Jueces o Fiscales, respectivamente, dispondrá la