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NORMAS LEGALES El Peruano319269 Martes 23 de mayo de 2006 TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$. 332,454.00). Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y a la Contraloría General de la República para conocimiento y trámites respectivos. Artículo 4º. Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América por la importante donación que redundará en la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas para las acciones contranarcóticos y contraterroristas en nuestro país. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa A N E X O DESCRIPCIÓN F694256 HF/VHF 150 Watt T - Case Radio System 3 Consistente en: TOTAL RF-5800H-MP036 Manpack Radio Modem, GPS and Encryption 3 10372-0240-02 Manpack Antenna 3 10075-1399 Handset 3 RF-6550H Radio Programming Application 3 RF-5800H-TM001 150 Watt Transit Case System 3 RF-5382H-TM001 Antenna Coupler in T-Case 3 10181-9824-250 Coax Cable 3 12020-1460-A250 Control Cable 3 RF-1912T -A002 Fixed HF Fan Dipole Antenna 3 10369-7210-250 VHF Coax 3 F694257 VHF/HF 20 Watt Manpack Radio System 4 Consistente en: TOTAL RF-5800H-MP036 Manpack Radio Modem, GPS and Encryption 4 10372-0240-02 Manpack Antenna 4 10075-1399 Handset 4 RF-6550H Radio Programming Application 4 BB-390B/U Rechargeable NIMH Nattery BB-390B/U 16 10512-047-0-01 KDU Wrist Band 8 RF-1936P-10 Portable HF Crossed Dipole Antena 4 10512-0465-01 Manpack Caryng Bag 4 RF-3020-HS002 Light Weight Headset 4 RF-5800-PS001 Battery Eliminator 4 09061 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO SUPREMO Nº 064-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplía hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley señalada en el considerando anterior, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada línea de Crédito seránaprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público y previa opinión de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, la Décima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga de la vigencia de la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el artículo 5º numeral 5.2 literal a) de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, ha aprobado gastos que se enmarcan en el numeral 7.1 del artículo 7º de la citada Directiva y mediante Informe Técnico Nº 015-2006-INDECI/DNO(11.0), determina que es procedente solicitar a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público la incorporación de recursos para su inmediata atención; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la población como en la economía nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 716 240,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, en cumplimiento de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/10, que establece criterios y procedimientos para la incorporación de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI y la Décima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Incorpórase vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, recursos hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 716 240,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS( En Nuevos Soles ) FUENTE DE : 11 RECURSOS POR OPERACIONES FINANCIAMIENTO OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.00 FINANCIAMIENTO 2 716 240,00 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE 2 716 240,00 CRÉDITO 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Crédito 2 716 240,00 Interno-Banco de la Nación ------------------ TOTAL DE INGRESOS 2 716 240,00 ========== EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil ACTIVIDAD 1.00164 : Coordinación del Sistema Nacional de Defensa Civil FUENTE DE : 11 RECURSOS POR OPERACIONES FINANCIAMIENTO OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2 716 240,00 4 Otros Gastos Corrientes 2 716 240,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 2 716 240,00 ==========