Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2006 (23/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano
Martes 23 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

319271

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 6º, Numeral 2 del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 05996-PCM, corresponde a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, establecer las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos que deban ser entregadas en concesion al sector privado; estableciendo el MORDAZA parrafo del Articulo 2º del Reglamento de dicho Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION sera ratificado por Resolucion Suprema; Que, el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en su sesion del 16 de MORDAZA de 2005, acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada, el proyecto denominado "Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada" (PTAR Taboada), que comprende el diseno, financiamiento, ejecucion, operacion y mantenimiento de obras de infraestructura de captacion de las aguas servidas recolectadas por el Interceptor Norte de la MORDAZA de MORDAZA, el tratamiento de dichas aguas y su descarga a traves de un emisario submarino, para ser entregado en concesion bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las normas legales a que se refiere el primer considerando; Que, el Consejo Directivo de PROlNVERSION acordo asimismo, encargar la conduccion del MORDAZA de promocion de inversion, privada MORDAZA referido, al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 444-2001-EF del 14 de setiembre del 2001 modificada por Resolucion Suprema Nº 228-2002-EF del 24 de setiembre de 2002, por Resolucion Suprema Nº 009-2003-EF del 17 de enero de 2003 y por Resolucion Suprema Nº 044-2004-EF del 10 de MORDAZA de 2004; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, en virtud del cual se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada, la entrega en concesion del proyecto denominado "Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada" (PTAR Taboada), que comprende el diseno, financiamiento, ejecucion, operacion y mantenimiento de obras de infraestructura de captacion de las aguas servidas recolectadas por el Interceptor Norte de la MORDAZA de MORDAZA, el tratamiento de dichas aguas y su descarga a traves de un emisario submarino, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM. Articulo 2º.- Encargar la conduccion del MORDAZA de promocion de inversion privada a que se refiere el articulo precedente al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos, constituido por Resolucion Suprema Nº 444-2001-EF modificada por Resolucion Suprema Nº 228-2002-EF del 24 de setiembre de 2002, por Resolucion Suprema Nº 009-2003-EF del 17 de enero de 2003 y por Resolucion Suprema Nº 0442004-EF del 10 de MORDAZA de 2004. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 09105

Encargan al FONAFE la administracion y cobranza de la cartera de credito transferida al Ministerio por la Mutual de Vivienda Chiclayo en liquidacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 264-2006-EF/43 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2006-EF se aprobo la dacion en pago que efectuara la Mutual de Vivienda Chiclayo en Liquidacion en cancelacion de las obligaciones adeudadas al Tesoro Publico mediante la cesion de derechos sobre creditos, detallados en el anexo que forma parte del referido Decreto Supremo; Que, en el literal j) del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 337-2004-EF/10 se establecio que el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE administrara y efectuara el cobro de las carteras de creditos transferidas al Ministerio de Economia y Finanzas y que este le encargue especificamente mediante resolucion ministerial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto de Urgencia Nº 032-95 y el Decreto de Urgencia Nº 062-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, la administracion y cobranza de la cartera de credito transferida al Ministerio de Economia y Finanzas por la Mutual de Vivienda Chiclayo en liquidacion, en virtud del Decreto Supremo Nº 024-2006-EF. Articulo 2º.- Para el cumplimiento del presente encargo, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, en forma directa o a traves de sus representantes, gozara de todas las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 109-2005-EF y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 337-2004-EF/10 y 1282005-EF/10 y demas disposiciones legales aplicables. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 09057 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 063-2006-EF Mediante Oficio Nº 187-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, publicada en la edicion del dia 18 de MORDAZA de 2006. DICE: Articulo 4º.- (...) Incorporese la MORDAZA Disposicion Final al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la misma que quedara redactada con el siguiente texto: "QUINTA.- Precisese (...)" DEBE DECIR: Articulo 4º.- (...) Incorporese la Sexta Disposicion Final al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la misma que quedara redactada con el siguiente texto: "Sexta.- Precisese (...)" 09084

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