Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2006 (23/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano
Martes 23 de MORDAZA de 2006

Articulo Segundo.- Reiterar que esta prohibido a los funcionarios y empleados publicos de los Concejos Provinciales y Distritales, Beneficencias y empresas publicas, a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional en servicio activo, a los del MORDAZA regular y secular de cualquier credo o creencia, y a todos los que, en alguna forma, tengan a otra personas bajo su dependencia, segun lo dispuesto por el articulo 347º de la Ley Nº 26859: a) Imponer que dichas personas se afilien a determinados partidos politicos. b) Imponer que voten por MORDAZA candidato. c) Hacer MORDAZA la influencia de sus cargos para coactar la MORDAZA del sufragio. d) Hacer propaganda a favor o MORDAZA en contra de ninguna agrupacion politica o candidato. Articulo Tercero.- Hacer presente que conforme lo dispuesto por el articulo 385º de la Ley Nº 26859, son reprimidos con pena privativa de la MORDAZA no menor de dos anos ni mayor de seis y pena no mayor de treinta dias de multa, asi como con pena accesoria de inhabilitacion de uno a tres anos, de conformidad con los incisos 1 y 2 del articulo 36º del Codigo Penal: a) Las autoridades politicas, militares, policiales, municipales y los funcionarios y empleados publicos que, abusando de sus cargos, obliguen a un elector a realizar algun acto que favorezca o perjudique a determinado partido o candidato. b) Las personas MORDAZA referidas que, respecto a sus subalternos o particulares, les impongan descuentos o multas u ordenen cambios de colocacion o traslado de dichos subalternos o particulares dependientes, con el objeto de favorecer o perjudicar los resultados en favor o en contra de un determinado candidato. Con relacion a los medios de comunicacion: Articulo Cuarto.- Recordar al periodismo, a los propietarios y directivos de los medios de comunicacion social la prohibicion de publicar encuestas o sondeos de opinion politica, la MORDAZA semana anterior a los comicios del 4 de junio, solicitandoles asi mismo adoptar medidas que permitan la difusion equitativa de la propaganda electoral de las organizaciones politicas intervinientes en el presente MORDAZA electoral, en igualdad de condiciones, de conformidad con lo dispuesto por el literal d) del articulo 186º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Con relacion a los candidatos: Articulo Quinto.- Recordar a las organizaciones politicas y candidatos que participan en la MORDAZA eleccion presidencial del 4 de junio proximo la obligacion de adecuar su comportamiento de MORDAZA electoral a las normas vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 09056

Vistos; el Oficio Nº 2024-2006-SG/JNE, del 19 de MORDAZA de 2006, remitido a la ONPE por la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones; el Oficio Nº 1304-2006-OROP/JNE, del 18 de MORDAZA del presente ano, remitido a la ONPE por la Oficina del Registro de Organizaciones Politicas del JNE; el Acta Nº 021-2006, de fecha 22 de MORDAZA del presente ano, de la Comision de Seleccion de Personal 2006 para la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA de seleccion de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Generales para Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica, y Representantes Per uanos ante el Parlamento MORDAZA 2006, designada mediante Resolucion Jefatural Nº 344-2005-J/ONPE y el Memorando Nº 4142006-GAJ/ONPE, del 22 de MORDAZA del presente ano, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la ONPE, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre de 2005, el Presidente de la Republica convoca a "Elecciones Generales el 9 de MORDAZA de 2006 para la eleccion de Presidente de la Republica, Vicepresidentes, Congresistas y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino"; Que, con fecha 13 de MORDAZA del presente ano, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Jefatural Nº 113-2006-J/ONPE, mediante la cual se pone a conocimiento la relacion de ciudadanos que desempenaran el cargo de Coordinador de Local de Votacion y sus Accesitarios pertenecientes a diversas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, quienes se constituiran para la MORDAZA Eleccion Presidencial 2006, a fin de que MORDAZA objeto de las tachas respectivas; Que, asimismo, con Oficio Nº 1304-2006-OROP/JNE, del 18 de MORDAZA del presente ano, el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones remite a la ONPE, informacion sobre la afiliacion a organizaciones politicas de algunas personas seleccionadas en el cargo de Coordinador de Local de Votacion; Que, mediante Oficio Nº 2024-2006-SG/JNE, de fecha 19 de MORDAZA de 2006, suscrito por el Secretario General (e) del JNE, se informa a la Secretaria General de la ONPE que no se han presentado tachas contra ningun Coordinador de Local de Votacion a que se refiere la resolucion jefatural MORDAZA mencionada; Que, de acuerdo a lo expuesto y teniendo en cuenta el articulo 9º y 21º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la ONPE, debe excluirse de la presente designacion como coordinadores de local de votacion a las personas afiliadas a organizaciones politicas, de acuerdo al documento remitido por la OROP del MORDAZA Nacional de Elecciones; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, los literales c) y g) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como el literal d) y aa) del articulo 9º, de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 311-2005-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votacion y sus Accesitarios para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el Anexo de la Resolucion Jefatural Nº 113-2006-J/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de MORDAZA de 2006, con excepcion de las personas a que se refiere el considerando MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales

ONPE
Designan Coordinadores de Locales de Votacion y sus Accesitarios para Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 121-2006-J/ONPE MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006

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