Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2006 (23/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano
Martes 23 de MORDAZA de 2006

Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, senalando que "la autorizacion de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Publicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aereos, Navales y Policiales, asi como de las empresas sujetas al ambito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2006 se efectuara por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuandose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru; los que se autorizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de ser vicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, la empresa Cielos del Peru S.A., con Carta GMT06/078, presentada el 9 de MORDAZA de 2006, en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 17 y 18 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Autorizacion para Talleres de Mantenimiento e Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento para Establecimiento o Actualizacion de Habilitaciones), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minister io de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la inspeccion tecnica de la estacion reparadora Miami Tech, como parte de su MORDAZA de certificacion para obtener la autorizacion correspondiente para efectuar los chequeos "A", inspecciones y trabajos especiales a sus aeronaves DC-10, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 24 al 27 de MORDAZA de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 14236 y 14237, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0859-2006-MTC/12.04-SDA designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar la inspeccion tecnica de la estacion reparadora Miami Tech, como parte del MORDAZA de certificacion para obtener la autorizacion correspondiente para efectuar los chequeos "A", inspecciones y trabajos especiales a

las aeronaves DC-10 de la empresa Cielos del Peru S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 24 al 27 de MORDAZA de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0859-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 24 al 27 de MORDAZA de 2006, para los fines a que se contrae lo parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Cielos del Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion N°s. 14236 y 14237, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ 880.00 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08977

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Ponen en conocimiento de organizaciones e instituciones acreditadas como observadores que deben sujetar su participacion a lo dispuesto en la Ley Organica de Elecciones y demas disposiciones
RESOLUCION Nº 1058-2006-JNE MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 176º de la Constitucion Politica del Peru senala que el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos; y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa, por cuanto los ciudadanos tienen derecho a ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de

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