Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2006 (04/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de noviembre de 2006

articulo se podra recurrir al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en via de denuncia por la comision de infraccion, conforme a lo dispuesto en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. Los titulares de servicios de radiodifusion facilitaran a los usuarios un formulario para la MORDAZA de quejas, de acuerdo al modelo que forma parte anexa del presente Codigo de Etica. Adicionalmente pondran a disposicion del publico un numero telefonico, y de ser posible la direccion de un correo electronico. La queja realizada por estos medios debera ser recibida por la entidad radiodifusora y registrada en el formato MORDAZA referido. Es obligacion ademas del titular del servicio otorgar al usuario un numero de registro de la queja presentada, para realizar el seguimiento respectivo y solicitudes de

Entidad Radiodifusora: .................................................... Servicio............................................................................. Medio por el cual se presenta el reclamo: Escrito....... Telefono ........Correo electronico ...................

Etica, dia y hora) .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... Fecha: ........................... _____________________ Firma * Se adjuntara MORDAZA del documento que acredita la representacion

Las estaciones de radiodifusion conservaran las grabaciones de su programacion nacional y de los comerciales por un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de la fecha de su emision. Dichas grabaciones podran ser requeridas por el CONCORTV establecido con relacion a las Franjas Horarias.

la materia, Ley Nº 26847 que sustituye articulos de la Ley de comunicacion social. presenta dentro de los quince (15) dias naturales posteriores (7) dias siguientes despues de recibida la solicitud correspondiente. En el caso de no haber publicado o difundido la el derecho de interponer una accion de amparo. En los contratos de trabajo o de locacion de servicios que celebren quienes ejerzan la actividad periodistica con el titular de un servicio de radiodifusion regira la Clausula de Conciencia. En virtud de esta Clausula de Conciencia todo el que ejerza la actividad periodistica tendra derecho a solicitar la resolucion de su contrato o el termino de su vinculo laboral cuando hubiese sido conminado u obligado a realizar trabajos contrarios a su conciencia o al presente Codigo de Etica. Cuando se invoca la Clausula de Conciencia para solicitar la resolucion del contrato o el termino de su vinculo laboral, se podra solicitar la inaplicacion de las clausulas de penalidad que pudieran existir. En tanto no se resuelva el MORDAZA, la penalidad no podra hacerse efectiva. El plazo para acogerse a este derecho es de treinta (30) dias, contados desde el momento en que se produjo alguno de los supuestos previstos en el presente articulo. En los casos que no exista acuerdo entre las partes sobre la aplicacion de la Clausula de Conciencia, se podra recurrir a la via arbitral o judicial, siendo de aplicacion en este ultimo caso las reglas del MORDAZA sumarisimo. La aplicacion de la clausula de conciencia se rige asimismo por la legislacion laboral. ANEXO

3886-1

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ucrania, en comision de servicios
Nº 805-2006-MTC/02 MORDAZA, 31 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 1º de la Ley MORDAZA citada, estableciendo que, aquellos viajes que realiza la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizaran mediante Resolucion Ministerial, la que del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; de mantener una estricta observancia sobre las normas otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles;

Nombre (Persona Natural): .............................................. Documento de Identidad: ................................................. ......... .......................................................................................... Nombre del Representante (Persona Juridica)*:.............. .......................................................................................... Documento de Identidad: ................................................ ........ ..........................................................................................

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