Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2006 (04/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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de 14 anos, bajo la orientacion de sus padres, madres, representantes o responsables. Este horario rige a partir de las 22:01 hasta las 23:59 horas c) Horario para adultos En el se podran difundir programas, promociones y propaganda aptos para personas mayores de 18 anos de edad. Este horario rige desde las 24:00 hasta las 05:59 horas. Las franjas horarias se establecen considerando que el Horario Familiar es el comprendido entre las 06:00 y 22:00 horas. Los titulares de radiodifusion sonora deberan cumplir con las mencionadas franjas horarias para la emision de su programacion. La programacion que se difunda por television fuera del Horario de Proteccion al Menor, incluira una apto para todos, apto para mayores de catorce (14) anos con orientacion de adultos, o apto solo para adultos, de acuerdo a los siguientes lineamientos: APTO PARA TODOS Programas que no contienen violencia o contienen muy poca, no presenta lenguaje inapropiado, conductas disruptivas ni situaciones o dialogos de naturaleza sexual. Estos programas pueden transmitirse las veinticuatro horas del dia. Programas que pueden contener material inadecuado para ninos y ninas adolescentes menores de 14 anos y requiere de la guia de los padres porque el programa presenta algunas de las siguientes caracteristicas: violencia moderada, lenguaje grosero u ofensivo, situaciones de naturaleza sexual o conductas antisociales. Estos programas pueden transmitirse desde las 22:01 hasta las 05:59 horas. Programa esta destinado especiprograma presenta una o mas de las siguientes caracteristicas: violencia, escenas sexuales explicitas o lenguaje grotesco e indecente. Estos programas pueden transmitirse solamente desde las 24:00 hasta las 05:59 horas. No necesita supervision de personas adultas.

que puedan ser consideradas atentatorias a los derechos fundamentales de las personas, a los valores nacionales que reconoce la Constitucion Politica del Peru o a los principios establecidos en la Ley de Radio y Television, asi como en el presente Codigo de Etica, debiendo comunicar El publico sera advertido de las adecuaciones Articulo 11º.- Produccion nacional minima y franja educativa Los titulares de servicios de radiodifusion destinan a la produccion nacional, como minimo, el 30% (treinta por ciento) de su programacion, en el horario comprendido entre las 05:00 y 24:00 horas en promedio semanal. Asimismo, destinan el 10 % (diez por ciento) de su programacion a una franja educativa. Los programas informativos, educativos y culturales de produccion nacional, transmitidos mediante radiodifusion por television, incorporan optativa y progresivamente, el uso de medios visuales adicionales. La obligatoriedad de su uso sera exigible a partir del 1 de enero de 2007, de acuerdo a la Ley Nº 28565. Los programas son transmitidos en el dia y hora anunciados. En caso de que por algun inconveniente sea necesario hacer cambios en la programacion, dicha situacion se informara al publico mediante comunicados en la programacion con una anticipacion no menor de veinticuatro horas explicando las razones del caso. La interrupcion momentanea de la transmision y la interrupcion por razones tecnicas, hechos fortuitos, de interes nacional u otros semejantes seran solucionados en el plazo que corresponde a la naturaleza de la causa, explicando inmediatamente al publico los motivos del hecho. Articulo 13º.- Publicidad Comercial La publicidad comercial se rige por lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 691, Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 20-94-ITINCI. Articulo 14º.- Inspeccion Tecnica Los titulares de servicios de radiodifusion facilitan al del cumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Codigo de Etica, de conformidad al articulo 93º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. El Codigo de etica se difunde a traves de la programacion, dentro del horario familiar y se publica en la pagina web del titular del servicio de radiodifusion o a traves de cualquier medio de difusion alternativo. En caso de emergencias, crisis locales, regionales o nacionales, desastres naturales, entre otros, los titulares de los servicios de radiodifusion brindaran las facilidades y apoyo que las autoridades requieran conducentes a la solucion de dicha situacion. Articulo 17º.- Quejas por incumplimiento del Dado un hecho de incumplimiento del presente Codigo de Etica, los usuarios, sin necesidad de rubrica de abogado, pueden presentar una queja ante el titular del servicio de radiodifusion. Los titulares de servicios de radiodifusion atienden las quejas formuladas por el publico en general relativo al incumplimiento del presente Codigo de Etica, asi como los comunicados del publico. El titular del servicio de radiodifusion designara un area o persona responsable de la atencion de las quejas o comunicados del publico. Las quejas por incumplimiento del presente Codigo de Etica son resueltas por el Area o persona responsable en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles, contados desde su presentacion. La carga de la prueba recae en el titular del servicio de radiodifusion. En caso de ser desestimada la queja o de no tener respuesta en el plazo previsto en el presente

APTO PARA MAYORES DE 14

Se recomienda enfaticamente la supervision de personas adultas.

APTO SOLO PARA ADULTOS

(*) Senal "APTO PARA TODOS" MORDAZA fondo MORDAZA con las letras APT color MORDAZA en la parte superior centro. Senal "APTO PARA MAYORES DE 14" MORDAZA fondo MORDAZA con el numero 14 color MORDAZA en la parte superior derecha. Senal "APTO SOLO PARA ADULTOS" MORDAZA fondo MORDAZA con el numero 18 color MORDAZA en la parte superior derecha.

o que promuevan el comercio sexual.

solo se difundiran en television en horarios adecuados a la tuvieron o debieron tener al exhibirse en los cines del MORDAZA, o de acuerdo a los ajustes que le formulen. Sin perjuicio de las disposiciones particulares que incluyan en los acuerdos respectivos con productoras, agencias de publicidad, anunciantes o proveedores de material filmico, los titulares del servicio de radiodifusion podran, como responsables del contenido de sus programaciones, negarse a la difusion de secuencias

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