Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2006 (04/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

332205

La aplicacion de la clausula de conciencia se rige asimismo por la legislacion laboral. ANEXO

Nombre (Persona Natural): .............................................. Documento de Identidad: ................................................. .......... .......................................................................................... Nombre del Representante (Persona Juridica)*:.............. .......................................................................................... Documento de Identidad: ................................................. ........ ..........................................................................................

c) El respeto al pluralismo informativo, politico, religioso, social y cultural. d) La defensa del orden juridico democratico, de los derechos humanos fundamentales y de las libertades consagradas en los tratados internacionales y en la Constitucion Politica. e) La MORDAZA de informacion veraz e imparcial. f) El fomento de la educacion, cultura y moral de la Nacion. g) La proteccion y formacion integral de los ninos y adolescentes, asi como el respeto de la institucion familiar. h) La promocion de los valores y la identidad nacional. i) La responsabilidad social de los medios de comunicacion. j) El respeto al Codigo de Normas Eticas. k) El respeto al honor, la buena reputacion y la intimidad personal y familiar. Articulo 3º.- Responsabilidad de la difusion de contenidos Los titulares de servicios de radiodifusion como responsables del contenido de sus programaciones, tienen la facultad de negar la difusion de programas, secuencias, propagandas u otros que puedan ser considerados atentatorios a los principios y valores mencionados en el Articulo precedente u otros establecidos en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. Articulo 4º.- Responsabilidad de las opiniones Los titulares de servicios de radiodifusion adoptan las medidas necesarias para dar al publico la posibilidad de conocer si las opiniones vertidas provienen del titular del servicio, de los responsables de un determinado programa o de terceros, sin perjuicio del secreto profesional. Articulo 5º.- Finalidad de los servicios de radiodifusion satisfacer las necesidades de las personas en el MORDAZA de la informacion, el conocimiento, la cultura, la educacion y el entretenimiento, en un MORDAZA de respeto de los deberes y derechos fundamentales de las personas, asi como de promocion de los valores humanos, la democracia y la identidad nacional. En particular, el servicio de radiodifusion educativa deporte, asi como la formacion integral de las personas.

Entidad Radiodifusora: .................................................... Servicio............................................................................. Medio por el cual se presenta el reclamo: Escrito....... Telefono ........Correo electronico ...................

Etica, dia y hora) .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... Fecha: ...........................

_____________________ Firma * Se adjuntara MORDAZA del documento que acredita la representacion

educacion peruana que le son aplicables contenidos en la legislacion de la materia, tales como: - Principios: a) La etica, que inspira una educacion promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, MORDAZA, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana. b) La inclusion, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ambito rural, sin distincion de etnia, religion, sexo u otra causa de discriminacion, contribuyendo asi a la eliminacion de la pobreza, la exclusion y las desigualdades. c) La democracia, que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la MORDAZA de conciencia, pensamiento y opinion, el ejercicio pleno de la ciudadania y el reconocimiento de la voluntad popular; y que contribuye a la tolerancia mutua en las relaciones entre las personas y entre mayorias y minorias asi como al fortalecimiento del Estado de Derecho. d) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, etnica y linguistica del MORDAZA, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, asi como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armonica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo. e) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservacion del entorno natural como garantia para el desenvolvimiento de la vida.

El presente Codigo de Etica establece los principios, de la programacion emitida por los titulares de servicios de radiodifusion comercial y contiene las disposiciones generales necesarias para su cumplimiento. Este Codigo sera de aplicacion en caso los titulares del servicio de radiodifusion lo soliciten o no hubieren aprobado en forma individual o asociada su propio Codigo de Etica de conformidad con el articulo 34º de la Ley de Radio y Television y el articulo 100º de su Reglamento. Articulo 2º.- Principios y valores de los servicios de radiodifusion Los servicios de radiodifusion contribuyen a proteger los derechos fundamentales de las personas, asi como los valores nacionales que reconoce la Constitucion Politica del Peru. La prestacion de los servicios de radiodifusion se rige por los siguientes principios: a) La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad. b) La MORDAZA de expresion, de pensamiento y de opinion.

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