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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de noviembre de 2006 333418 Y al amparo de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al señor doctor PEDRO HORACIO ORTIZ PORTILLA, Vocal Titular, los días 27, 28 y 29 del presente mes, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Primera Sala Civil de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Supervisión de Personal, Fiscalía de la Nación y del magistrado designado para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.J.GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 6039-1 Dejan sin efecto resoluciones y dictan medidas para atender requerimientos periciales y de informes de planillas en órganos jurisdiccionales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 424-2006-CED-CSJLI/PJ Lima, 15 de noviembre del 2006 VISTOS: Los documentos registrados con Ingresos N°s 55500- 06 y 55972-06, cursados por los Magistrados de los 29 Juzgados de Trabajo de esta Corte Superior de Justicia, de fecha 24 y 26 de octubre del año en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que de conformidad con los numerales 10) y 19) del Art. 96° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar las medidas que requiera el régimen interior del Distrito Judicial así como adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con e fi ciencia y oportunidad. Segundo.- Que mediante los documentos de vistos, los Magistrados o fi ciantes exponen la problemática que viene suscitándose en los Juzgados de Trabajo, respecto al retardo en la elaboración de las pericias ordenadas por dichas judicaturas, en razón a que los peritos y revisores, asignados a los 20 Juzgados de la materia que funcionan en la sede judicial “Javier Alzamora Valdez”, además de las labores que realizan en cumplimiento a lo establecido en los Arts. 35° y 36° de la Ley N° 26636 – Ley Procesal del Trabajo - brindan apoyo a los Juzgados Civiles y de Familia, en la elaboración de liquidaciones de pensiones, devengados e intereses de los procesos en materia de alimentos y de amparo en materia previsional, de conformidad con lo establecido en la Resolución Administrativa N° 313-2005-CED-CSJLI/PJ. Tercero.- Que los Magistrados de los Juzgados de Trabajo ubicados en la sede judicial Salaverry, solicitan, estando a que desde el 20 de diciembre del 2002, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial los convirtió de transitorios en permanentes, se les asigne, por equidad a cada Juzgado, un perito y un revisor, conforme lo establecen el Art. 1° y el 10° de las Resoluciones Administrativas N° 093-2002-CE-PJ y 250-2003-P-CSJLI/PJ, respectivamente; pues los profesionales que conforman el Equipo Multidisciplinario de Auxilio Penal constituido por Resolución Administrativa N° 455-2005-P-CSJLI/PJ, estando a la naturaleza de su creación, vienen atendiendo en forma prioritaria peritajes contables de los Juzgados Penales y Mixtos, además de los requerimientos periciales y revisorios en materia laboral de los Juzgados Mixtos y de Paz Letrados.Cuarto.- Que en ese sentido, evaluado el informe presentado por el Área de Desarrollo de la Presidencia y luego de amplia deliberación, el Consejo Ejecutivo Distrital, considera imprescindible dictar las medidas más convenientes para que los órganos jurisdiccionales procuren responder adecuadamente a las expectativas de los usuarios del servicio de administración de justicia, haciendo efectivo el principio de celeridad procesal, de acuerdo a su especialidad. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas N°s 313-2005-CED-CSJL/PJ y 455-2005-P-CSJLI/PJ del 7 y 28 de diciembre del año pasado, respectivamente; por lo que el personal que fuera asignado al Equipo Multidisciplinario de Auxilio Penal, deberá ser redistribuido. Artículo Segundo.- ASIGNAR un Perito Contable y un Revisor de Planillas a los 29 Juzgados de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme a la relación que forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- DETERMINAR que el personal mencionado además de atender los requerimientos periciales de sus respectivos Juzgados de Trabajo, elabore las pericias en materia laboral, dispuestas por los Juzgados Mixtos y de Paz Letrados, así como los informes de planillas solicitados vía exhorto por los órganos jurisdiccionales de diferentes Distritos Judiciales; distribuyéndose en forma aleatoria y equitativa por el Centro de Distribución General. Artículo Cuarto.- CONSTITUIR un Equipo Técnico Pericial integrado por el personal indicado en la relación referida en el artículo precedente, que bajo la supervisión de un Coordinador y el apoyo de un Asistente, se dedicarán a emitir pericias en asuntos de familia, dispuestas por los órganos jurisdiccionales (Juzgados de Familia, Mixtos y de Paz Letrados), que tendrá su sede en el local de Salaverry. Artículo Quinto.- DISPONER que el Área de Desarrollo de la Presidencia emita, a la brevedad posible, un informe debidamente fundamentado respecto al requerimiento de peritos para atender las necesidades de las áreas civil y penal; sin perjuicio de que los órganos jurisdiccionales en dichos casos, acudan al Registro de Peritos Judiciales – REPEJ. Artículo Sexto.- DISPONER que el personal que integraba el Equipo Multidisciplinario de Auxilio Judicial Penal, culmine las pericias que le fueron asignadas a la vigencia de esta resolución; sin perjuicio de su asignación a su respectivo Juzgado. Artículo Sétimo.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, O fi cina Distrital de Control de la Magistratura, Administración Distrital, Ofi cina de Personal, Centro de Distribución General, Área de Desarrollo de la Presidencia y los Juzgados comprendidos en la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDÍVAR Presidente R. LILIANA DÁVILA BRONCANOOSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 6069-1 Disponen la distribución de nuevas demandas en materia civil, penal, familia, laboral, no contenciosos y exhortos entre los Juzgados 5° al 10° de Paz Letrados del Cercado de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 425-2006-CED-CSJLI/PJ Lima, 15 de noviembre del 2006.