Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (24/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de noviembre de 2006 333416 Artículo 8º.- Las contrataciones a que se re fi eren los artículos 2º, 3º, y 4º de la presente Resolución se realizará con cargo la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 001- Administración General. Artículo 9°.- La presente Resolución, así como los Informes el Informe N° 130-2006-MTC/10, Nº 02-2006- MTC/04.04, Nº 207-2006-MTC/15 y el N° 2375-2006-MTC/08; serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 10°.- Disponer la publicación de los contratos de publicidad que se genere como consecuencia de la presente resolución en la página web http://www.mtc.gob.pe. Artículo 11°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolución Ministerial deberá publicarse también a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 5972-1 Prorrogan plazo para concluir proceso de fusión del INICTEL con la Universidad Nacional de Ingeniería y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 847-2006-MTC/03 Lima, 21 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2006-MTC, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 19 de agosto de 2006, se aprobó la fusión por absorción del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL con la Universidad Nacional de Ingeniería y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la referida norma, el proceso de fusión concluirá en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo; plazo que vence el 17 de noviembre de 2006, y que según lo dispuesto en la citada norma, podrá ser prorrogado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la citada norma establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional que resulten pertinentes a consecuencia de la fusión, se aprobarán a través de la ley correspondiente, la cual además contendrá la con fi rmación del acuerdo de fusión. Este proyecto de Ley se encuentra actualmente siguiendo su trámite de aprobación ante el Congreso de la República, por lo que a la fecha no ha podido efectuarse la transferencia de recursos a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería; Que, en ese sentido, resulta necesario prorrogar el plazo para culminar con el proceso de fusión y la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, pasivos y activos del INICTEL; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por treinta (30) días calendario, contados a partir del vencimiento del plazo a que se refi ere el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 030-2006- MTC, el plazo para concluir con el proceso de fusión del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL con la Universidad Nacional de Ingeniería, y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a los miembros de la Comisión de Transferencia, constituida mediante Decreto Supremo Nº 030-2006-MTC. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 5973-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPAT S.R.Ltda. para iniciar la construcción de nueva planta de tratamiento y reservorio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 445-2006-VIVIENDA Lima, 23 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2006- VIVIENDA se declaró en situación de emergencia el sistema de almacenamiento y tratamiento del agua potable de la ciudad de Tambopata, Puerto Maldonado, Madre de Dios, estableciendo que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata S.R.Ltda - EMAPAT S.R.LTDA, se encargará de la ejecución de las obras necesarias para asegurar la adecuada prestación de los servicios de saneamiento, para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas transferirá los fondos necesarios; Que, con fecha 5 de octubre de 2006 la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas declaró la viabilidad del proyecto “Medidas de Rápido Impacto para Mejorar la Cobertura y Calidad de Agua Potable de la ciudad de Puerto Maldonado, EPS EMAPAT SRL”, con Código SNIP N° 35364, siendo el costo total del proyecto la suma de S/. 18 597,865; Que, mediante Decreto Supremo N° 170-2006-EF se autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 por la suma de S/. 1 800 000.00 del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas al Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para atender la ejecución del proyecto a que se hace referencia en el considerando que antecede; Que, mediante Informe Técnico N° 008-2006-MVCS/ VMCS-DNS-ECS, la Dirección Nacional de Saneamiento ha emitido opinión favorable a la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata S.R.Ltda- EMAPAT S.R.LTDA. para co fi nanciar el inicio de la construcción de la nueva planta de tratamiento y reservorio de 1,500m3, incluidos en el proyecto “ Medidas de Rápido Impacto para Mejorar la Cobertura y Calidad de Agua Potable de la Ciudad de Puerto Maldonado, EPS EMAPAT SRL”, por la suma de S/. 1 800 000,00;