Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (04/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de agosto de 2007 350746 RELACIONES EXTERIORES Modifican R.S. Nº 215-2007-RE mediante el cual se constituyó la Comisión Consultiva Técnica Multisectorial sobre Asuntos de la OMI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 240-2007-RE Lima, 3 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 178, de 12 de marzo de 1968, el Perú se adhirió a la Convención Constitutiva de la Organización Marítima Internacional (OMI), constituyéndose en Estado Parte de dicha organización, la cual tiene entre sus propósitos alentar y facilitar la adopción de normas en aspectos relacionados con la seguridad marítima, la e fi ciencia de la navegación, la prevención y contención de la contaminación del mar ocasionada por los buques; Que, mediante Resolución Suprema Nº 215-2001- RE, de 17 de mayo de 2001, se constituyó la Comisión Consultiva Técnica Multisectorial sobre Asuntos de la Organización Marítima Internacional (OMI), encargada de evaluar y efectuar el seguimiento de los convenios internacionales adoptados en el marco de la OMI, con el fi n de recomendar la posición nacional y las acciones a tomar ante dicho organismo internacional; Que, el tratamiento de los temas que se discuten en la Organización Marítima Internacional (OMI), involucra a diferentes sectores de la administración pública, cuyo conocimiento y participación en la formulación de la política que corresponde seguir es necesaria; Que, la Comisión Consultiva Técnica Multisectorial sobre Asuntos de la OMI, en sus sesiones 10-2006 y 01-2007 acordó recomendar que se incluyan como miembros de la referida Comisión a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), dado que las funciones de dichas entidades tienen vinculación directa con los temas que se tratan en la OMI; Que, dado que desde la fecha en que se constituyó la citada Comisión, algunos Ministerios han cambiado de nombre, es necesaro actualizar los nombres de diversas entidades nacionales citadas en la Resolución Suprema Nº 215-2001-RE, de 17 de mayo de 2001; Teniendo en cuenta el Memorándum (AMA) Nº 0119/2007, de 10 de julio de 2007, de la Dirección de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos; De conformidad con el artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el artículo 3º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el artículo 2º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car íntegramente el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 215-2001-RE, de 17 de mayo de 2001, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 2º.- La Comisión a que se re fi ere el artículo anterior estará integrada por los siguientes representantes: - Un (1) representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá. - Dos (2) representantes del Ministerio de Defensa, uno de los cuales deberá pertenecer a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú.- Un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas. - Un (1) representante del Ministerio de Salud.- Un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas. - Un (1) representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Un (1) representante del Ministerio de la Producción. - Un (1) representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - Un (1) representante del Instituto Peruano de Energía Nuclear. - Un (1) representante de la Autoridad Portuaria Nacional. - Un (1) representante del Consejo Nacional del Ambiente. Los representantes de cada institución podrán asistir a las reuniones con uno o más asesores.” Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 92596-5 Aprueban inafectación del IGV e ISC correspondientes a donaciones efectuadas a favor de asociaciones sin fines de lucro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0897/RE Lima, 27 de julio de 2007 Visto, los Expedientes Nºs. 3167 y 4006 - 2007, presentados por la asociación UNIÓN BIBLICA DEL PERU - UBP mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por The Vine Trust, con sede en 83 Laburnum Avenue Port Seton, EH32 0UD - Gran Bretaña, Inglaterra. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente;