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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de agosto de 2007 350739 Código Infracción Tipo de InfracciónMedida Cautelar Sanción Determinación de la sanción (multas en UIT) Tratándose de barcos atuneros: 20 UIT. 9 Transbordar el producto de la Capacidad de bodega en m3 x factor del recurso, en UIT. pesca o disponer de él sin previa No Multa autorización antes de llegar a puerto. 10 Realizar faenas de pesca sin 0.25 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT contar con medios o sistemas de preservación abordo, o tenerlos total o parcialmente No Multa inoperativos, cuando conforme a la normativa pesquera éstos son exigidos. 11 La construcción en el país o el E/P de menor escala: 2.5 UIT. internamiento de embarcaciones E/P de mayor escala de madera o fi bra de vidrio: 10 UIT. pesqueras de mayor o menor E/P de mayor escala de metal: 20 UIT. escala de bandera nacional, Inmovilización de la E/P artesanales menores de 12 m. de eslora, 4 m. de manga, destinadas a realizar faenas de Grave embarcación hasta que Inmovilización y Multa 1.80 m. de puntal o 10 m3 de capacidad de bod ega: 1 UIT. pesca, sin contar con la regularice su situación E/P artesanales cuyas características sean iguales o mayores a autorización previa de incremento legal. 12 m. de eslora, 4 m. de manga, 1.80 de puntal o 10 m3 de de fl ota, así como la construcción capacidad de bodega: 2 UIT. de embarcaciones artesanales durante períodos de prohibición. 12 Incrementar la bodega de la Capacidad total de bodega en m3 x 0.5 UIT. embarcación pesquera sin contar con la autorización Suspensión del permiso Multa Suspensión de diez (10) días efectivos de pesca y la reducción correspondiente. Grave de pesca hasta que y de la capacidad de bodega. regularice su situación Suspensiónlegal. Como medida correctiva, el armador está obligado a presentar un nuevo certi fi cado de arqueo de la embarcación expedido por la Autoridad Marítima, debiendo asumir los costos correspondientes. 13 Realizar faenas de pesca sin 13.1 En caso de no contar con el SISESAT a bordo : contar con el correspondiente sistema de seguimiento satelital o Grave Decomiso y Suspensión del permiso de pesca por quince (15) días efectivos con éste en estado inoperativo. Suspensión del permiso Decomiso de pesca. por cinco (5) días y 13.2 En caso de tener a bordo el equipo SISESAT pero en estado efectivos de pesca y Suspensión inoperativo : hasta que regularice la instalación y Suspensión del permiso de pesca por doce (12) días efectivos de funcionamiento del pesca. SISESAT 13.3 Tratándose de embarcaciones pesqueras extranjeras: Decomiso y Multa a) Si no cuenta con SISESAT instalado: 20 UIT. b) En caso de no tenerlo operativo: 10 UIT. 14 Instalar el equipo del SISESAT en Cancelación del permiso de pesca. otra embarcación, plataforma o Grave Inmovilización de la Cancelación instalación, emitiendo señales de embarcación pesquera posicionamiento falsas. 15 Presentar velocidades de pesca y Suspensión del permiso por quince (15) días efectivos de pesca. rumbo no constante por un intervalo mayor de 2 horas, en áreas reservadas o prohibidas o No Suspensión restringidas, de acuerdo a la información presentada por el SISESAT. 16 No cumplir con instalar los Suspensión del permiso Suspensión del permiso de pesca por tres (3) días efectivos de equipos del Sistema de de pesca hasta que pesca. Seguimiento Satelital en las regularice la instalación y Suspensión embarcaciones pesqueras que se funcionamiento del incorporan al control satelital. SISESAT 17 No comunicar a la DIGSECOVI : 4 UIT. a) Las fallas, averías, desperfectos o cualquier circunstancia que impiden el adecuado funcionamiento de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital durante la permanencia en puerto, zarpe, No Multa faena de pesca y travesía de la embarcación pesquera, dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el suceso. b) El ingreso de la embarcación a reparación o mantenimiento que implique la necesidad de desconectar los equipos de seguimiento satelital. 18 Manipular, impedir o distorsionar 18.1 En caso de manipular, distorsionar o interferir las señales de por cualquier medio o acto, la Suspensión del permiso posicionamiento del SISESAT : transmisión y operatividad de los Grave de pesca por seis (6) Suspensión equipos del SISESAT, o privar por días efectivos de pesca Suspensión del permiso por quince (15) días efectivos de pesca cualquier medio de la alimentación eléctrica externa a estos equipos instalados a bordo de manera tal 18.2 En caso de interrumpir las señales de posicionamiento del que se interrumpa la transmisión SISESAT por un intervalo mayor de dos (2) horas operando fuera