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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de agosto de 2007 352046 del presupuesto adicional de obra N° 07 y en el trámite de absolución de las observaciones planteadas por el contratista que derivó en el reconocimiento de mayores gastos generales, además de no haberse aplicado al contratista las penalidades por concepto de mora, debido a que la información consignada en el cuaderno de obra, no re fl ejaba la fecha real del término de la misma; hechos que en su conjunto, causaron perjuicio económico a la entidad por S/. 67 799,41, monto que debe ser resarcido de acuerdo a lo previsto en el artículo 1321° del Código Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º inciso d) de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre la existencia de perjuicio económico, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el artículo 22° inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 98954-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Amplían plazo de comisión a fin de culminar estudio y propuesta para la incorporación real y en forma progresiva del Registro Personal a cargo de la SUNARP al RENIEC RESOLUCION JEFATURAL Nº 711-2007-JNAC/RENIEC Lima, 21 de agosto de 2007 VISTOS: El Proveído Nº 2362-2007/JNAC/RENIEC; y el Informe Nº 0001027-2007-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es una organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el Artículo 2 de la Ley Nº 26589 establece que en tanto sean implementadas las dependencias del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil a nivel nacional, los organismos públicos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos que correspondan continuarán inscribiendo los actos a que se refi eren los incisos d), e), f), g), h), i), j) y k) del Artículo 44 de la Ley Nº 26497; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1244-2006- JEF/RENIEC se conformó la Comisión Especial encargada de estudiar, analizar y proponer a la Jefatura Nacional, los mecanismos, pasos y procedimientos requeridos por la Institución, para la incorporación real, efectiva y en forma progresiva, del Registro Personal a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 028- 2007-JEF/RENIEC, se modi fi có el Artículo Primero de la Resolución Jefatural acotada, incorporando dentro de la Comisión Especial en mención, a cinco (5) miembros de la SUNARP; Que, así también, con Resolución Jefatural Nº 491- 2007-JNAC/RENIEC, se concedió a la Comisión acotada un plazo adicional, para culminar con el encargo conferido; Que, debido a los múltiples temas que se tienen que defi nir, y habida cuenta de la importancia de la labor encomendada, se hace necesario ampliar el plazo para que la Comisión entregue su informe fi nal; Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y estando a las facultades atribuidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, SE RESUELVE:Artículo Único .- Conceder a la Comisión Especial encargada de estudiar, analizar y proponer a la Jefatura Nacional, los mecanismos, pasos y procedimientos requeridos por la Institución, para la incorporación real, efectiva y en forma progresiva, del Registro Personal a cargo de la SUNARP al RENIEC, un plazo extraordinario, para culminar con el encargo conferido, el mismo que vencerá el 29 de agosto de 2007. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 99510-2 Autorizan apertura de Oficinas Registrales Auxiliares a cargo de las Jefaturas Regionales de Cusco, Huancayo, Piura, Chimbote e Ica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 716-2007-JNAC/RENIEC Lima, 22 de agosto de 2007 VISTOS: el O fi cio Nº 003444-2007/GOR/RENIEC, de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 001033-2007/GAJ/RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las o fi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modi fi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada o fi cina registral estará dotada de los mecanismos su fi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación, supresión de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población, etc.; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 439-2007/ JEF/RENIEC publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16MAY07, se dispuso autorizar la implementación de Ofi cinas Registrales en los hospitales del MINSA y EsSalud, donde se efectuarán las inscripciones de los nacimientos