Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2007 (23/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

352046

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de agosto de 2007

del presupuesto adicional de obra N° 07 y en el tramite de absolucion de las observaciones planteadas por el contratista que derivo en el reconocimiento de mayores gastos generales, ademas de no haberse aplicado al contratista las penalidades por concepto de MORDAZA, debido a que la informacion consignada en el cuaderno de obra, no reflejaba la fecha real del termino de la misma; hechos que en su conjunto, causaron perjuicio economico a la entidad por S/. 67 799,41, monto que debe ser resarcido de acuerdo a lo previsto en el articulo 1321° del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 22º inciso d) de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre la existencia de perjuicio economico, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el articulo 22° inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

refieren los incisos d), e), f), g), h), i), j) y k) del Articulo 44 de la Ley Nº 26497; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 1244-2006JEF/RENIEC se conformo la Comision Especial encargada de estudiar, analizar y proponer a la Jefatura Nacional, los mecanismos, pasos y procedimientos requeridos por la Institucion, para la incorporacion real, efectiva y en forma progresiva, del Registro Personal a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC; Que, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 0282007-JEF/RENIEC, se modifico el Articulo Primero de la Resolucion Jefatural acotada, incorporando dentro de la Comision Especial en mencion, a cinco (5) miembros de la SUNARP; Que, asi tambien, con Resolucion Jefatural Nº 4912007-JNAC/RENIEC, se concedio a la Comision acotada un plazo adicional, para culminar con el encargo conferido; Que, debido a los multiples temas que se tienen que definir, y habida cuenta de la importancia de la labor encomendada, se hace necesario ampliar el plazo para que la Comision entregue su informe final; Con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando a las facultades atribuidas por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder a la Comision Especial encargada de estudiar, analizar y proponer a la Jefatura Nacional, los mecanismos, pasos y procedimientos requeridos por la Institucion, para la incorporacion real, efectiva y en forma progresiva, del Registro Personal a cargo de la SUNARP al RENIEC, un plazo extraordinario, para culminar con el encargo conferido, el mismo que vencera el 29 de agosto de 2007. Registrese, publiquese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

98954-1 99510-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Amplian plazo de comision a fin de culminar estudio y propuesta para la incorporacion real y en forma progresiva del Registro Personal a cargo de la SUNARP al RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 711-2007-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 21 de agosto de 2007 VISTOS: El Proveido Nº 2362-2007/JNAC/RENIEC; y el Informe Nº 0001027-2007-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es una organismo constitucionalmente MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, el Articulo 2 de la Ley Nº 26589 establece que en tanto MORDAZA implementadas las dependencias del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil a nivel nacional, los organismos publicos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos que correspondan continuaran inscribiendo los actos a que se

Autorizan apertura de Oficinas Registrales Auxiliares a cargo de las Jefaturas Regionales de MORDAZA, Huancayo, MORDAZA, Chimbote e Ica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 716-2007-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 22 de agosto de 2007 VISTOS: el Oficio Nº 003444-2007/GOR/RENIEC, de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 001033-2007/GAJ/RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion, supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion, etc.; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 439-2007/ JEF/RENIEC publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16MAY07, se dispuso autorizar la implementacion de Oficinas Registrales en los hospitales del MINSA y EsSalud, donde se efectuaran las inscripciones de los nacimientos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.