Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2007 (31/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

362804

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2007

se debera recalcular el Impuesto a la Renta de los ejercicios precedentes de acuerdo con lo senalado en el inciso e) del articulo 29º. El ajuste que corresponda se efectuara en el ejercicio en que el instrumento financiero derivado devino en uno sin fines de cobertura". Articulo 16º.- Determinacion de la renta por operaciones en moneda extranjera Incorporese como inciso g) del articulo 34º del Reglamento, el siguiente texto: "Articulo 34º- Determinacion operaciones en moneda extranjera (...) g) Conforme a lo establecido en el tercer parrafo del inciso a) del articulo 57º de la Ley, las rentas y perdidas provenientes de instrumentos financieros derivados con fines de cobertura cuyo elemento subyacente sea el MORDAZA de cambio incidiran en la determinacion del Impuesto a la Renta conforme con lo siguiente: i. Afectaran el valor de los inventarios o activos fijos u otros activos permanentes, ya sea que se encuentren en MORDAZA o en existencia, siempre que se originen en pasivos en moneda extranjera relacionados y plenamente identificables. ii. Tratandose de supuestos distintos a los senalados en el acapite precedente, se reconoceran en el ejercicio en que se devenguen". Articulo 17º.- Pagos a cuenta mensuales de las empresas de construccion Sustituyase el inciso a) del articulo 36º del Reglamento, por el siguiente texto: "Articulo 36º.- Pagos a cuenta mensuales de las empresas de construccion (...) a) Las que se acojan a los metodos senalados en los incisos a) y c) del articulo 63º de la Ley consideraran como ingresos netos los importes cobrados en cada mes por avance de obra. Las empresas que se hubieran acogido al metodo senalado en el inciso c) del articulo 63º de la Ley consideraran como ingresos netos los importes cobrados en cada mes por avance de las obras que se encontraran en el ultimo ejercicio de su ejecucion. Tratandose de obras a plazos mayores a tres anos, los pagos a cuenta se efectuaran de acuerdo a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 63º de la Ley". Articulo 18º.- Sociedades administradoras de fondos mutuos de inversion en valores y fondos de inversion, sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y fiduciarios de fideicomisos bancarios Sustituyase el numeral 2 del articulo 39º-A del Reglamento, por el siguiente texto: "Articulo 39º-A.- Sociedades administradoras de fondos mutuos de inversion en valores y fondos de inversion, sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y fiduciarios de fideicomisos bancarios (...) 2) Cuando se atribuyan las rentas a que se refiere el inciso h) del articulo 24º de la Ley, distintas a la distribucion de dividendos u otras formas de distribucion de utilidades efectuada por otras personas juridicas, se aplicara la tasa del 15% en caso que el perceptor de tales ingresos sea una persona natural, una sociedad conyugal que opto por tributar como tal, o una sucesion indivisa; 30% o la tasa a la que se encuentre sujeto, en caso que el contribuyente sea una persona perceptora de rentas de tercera categoria, o la tasa del Impuesto fijada en los articulos 54º o 56º de la Ley, segun corresponda, cuando el perceptor sea un no domiciliado. Cuando el perceptor sea una sociedad, entidad o contrato a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 14º de la Ley, se procedera conforme a lo previsto en el de la renta por

MORDAZA parrafo del numeral 1 o en el presente numeral, segun corresponda. Las retenciones MORDAZA mencionadas procederan siempre que se trate de utilidades, rentas o ganancias de capital por las cuales se deba pagar el Impuesto". Articulo 19º.- Deduccion de las donaciones de las rentas de MORDAZA categoria Sustituyase el inciso c) del articulo 40º del Reglamento, por el siguiente texto: "Articulo 40º.- Retenciones por rentas de MORDAZA categoria (...) c) A la suma que se obtenga por aplicacion de los incisos anteriores se le restara el monto equivalente a las siete (7) Unidades Impositivas Tributarias a que se refiere el articulo 46º de la Ley. Si el trabajador solo percibe rentas de MORDAZA categoria, el gasto por concepto de donaciones a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 49º de la Ley solo podra ser deducido en el mes de diciembre con motivo de la regularizacion anual. Las donaciones efectuadas se acreditaran con los documentos senalados en los items i) o ii) del numeral 1.2 del inciso s) del articulo 21º, segun corresponda". Articulo 20º.- Obligados a presentar declaracion Sustituyase el inciso h) articulo 47º del Reglamento, por el siguiente texto: "Articulo 47º.- Obligados a presentar declaracion (...) h) Las Sociedades Administradoras de los Fondos Mutuos de Inversion en Valores o de los Fondos de Inversion, empresariales o no, asi como las Sociedades Titulizadoras de Patrimonios Fideicometidos o los fiduciarios de un Fideicomiso Bancario, presentaran una declaracion jurada anual en la que se incluira la informacion que corresponda a cada fondo o patrimonio que administren, de acuerdo a lo siguiente: 1. Por las rentas que constituyen rentas de tercera categoria para quien las obtiene, determinaran las rentas o perdidas netas atribuibles al cierre de cada ejercicio, debiendo distinguir su condicion de gravadas, exoneradas o inafectas y efectuaran el pago de la retencion a que se refiere el articulo 73º-B de la Ley. Asimismo, informaran de las rentas rescatadas o redimidas y los importes retenidos durante el ejercicio gravable a que correspondan dichas rentas. 2. Por las rentas distintas a las senaladas en el numeral anterior, se informara de los importes devengados o percibidos por los respectivos contribuyentes y los impuestos retenidos durante el ejercicio gravable. La declaracion anual que corresponda al ejercicio gravable se presentara hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias que corresponden al mes de febrero del siguiente ejercicio, segun el calendario de vencimientos que corresponde a tales sociedades o fiduciarios. La SUNAT determinara la forma y condiciones para efectuar la MORDAZA de la declaracion jurada". Articulo 21º.- Retencion a cuenta en el caso de rentas empresariales provenientes de fondos de inversion empresarial y fideicomisos Sustituyase el inciso a) del articulo 54º-A del Reglamento, por el siguiente texto: "Articulo 54º-A.- Retencion a cuenta en el caso de rentas empresariales provenientes de fondos de inversion empresarial y fideicomisos (...) a) La renta MORDAZA devengada en el ejercicio sobre la cual se efectua la retencion del Impuesto es la renta a que se refiere el inciso j) del articulo 28º de la Ley y las rentas comprendidas en el inciso h) del articulo 24º de la Ley, cuando estas constituyan para su beneficiario rentas de tercera categoria".

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.