Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2007 (31/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2007

intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 31-E, que se aprueba en el articulo 1 °. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 147486-14

de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 31-B y 31-D, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- De la Aprobacion de la Modificacion del Contrato Aprobar la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 31-B y 31-D, aprobado por Decreto Supremo N° 21-94-EM y modificado por Decreto Supremo N° 002-2007-EM, con el objeto de reflejar la transformacion de la sucursal denominada THE MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU, SUCURSAL PERUANA, a una sociedad de responsabilidad limitada domiciliada en el Peru, denominada MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU S.R.L., asi como la sustitucion del Garante Corporativo MAPLE RESOURCES CORPORATION por THE MAPLE COMPANIES, LIMITED. Articulo 2°.- De la Autorizacion para suscribir la Modificacion del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A., a suscribir con MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU S.R.L., con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 31-B y 31-D, que se aprueba en el articulo 1°. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por e! Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 147486-15

Aprueban Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 31-B y 31-D
DECRETO SUPREMO Nº 086-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica de Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 21-94-EM, de fecha 30 de marzo de 1994, se aprobo si Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 31-B y 31-D, ubicados en la MORDAZA Central del Peru, el que fuera suscrito entre PERUPETRO S.A. y THE MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU, SUCURSAL PERUANA; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2007-EM, de fecha 18 de enero de 2007, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 31-B y 31-D, con el objeto de establecer topes a los porcentajes de regalias en el referido Contrato de Licencia; Que, el articulo 12" del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11° de la mencionada Ley; Que, mediante Carta Nº MG-LEGL-L-0137-07 de fecha 13 de setiembre de 2007, THE MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU, SUCURSAL PERUANA, comunico a PERUPETRO S. A.- que, como consecuencia de una reestructuracion de las empresas MAPLE, tanto a nivel nacional como en el extranjero, THE MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU LTD. decidio transformar a dicha sucursal en una sociedad de responsabilidad limitada domiciliada en el Peru, denominada MAPLE GAS CORPORATION DEL PERU S.R.L; Que, por Carta de fecha 13 de setiembre de 2007, MAPLE RESOURCES CORPORATION solicito a PERUPETRO S.A. ser sustituida en su condicion de Garante Corporativo por THE MAPLE COMPANIES, LIMITED, en consecuencia, la Garantia Corporativa seria otorgada por esta MORDAZA empresa; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 140-2007, de fecha 12 de noviembre de 2007, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato

Constituyen derechos de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de Peru LNG S.R.L. para la instalacion de Ducto Principal para el transporte de Gas Natural
RESOLUCION SUPREMA Nº 052-2007-EM MORDAZA, 29 de diciembre de 2007 VISTO el expediente Nº 1689788 y sus Anexos Nº 1700576, Nº 1729619, Nº 1731971 y Nº 1731985, formado por Peru LNG S.R.L. sobre solicitud de constitucion de derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA para la instalacion de un Ducto Principal para el transporte de Gas Natural desde el departamento de MORDAZA hacia la Planta de Licuefaccion de Gas Natural, ubicada a la altura del kilometro 169 de la Carretera Panamericana Sur, en la denominada MORDAZA Melchorita, segun lo establecido en el Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de enero de 2006, Peru LNG S.R.L. MORDAZA con el Estado Peruano, un Convenio de Inversion

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