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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (23/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340383 Que, la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de medir la actividad económica del sector pesquero a través de la elaboración de indicadores económicos coyunturales del sector, viene ejecutando periódicamente la Encuesta “Estadística Pesquera Mensual” dirigida a todas las empresas pesqueras industriales dedicadas a la elaboración de productos con recursos hidrobiológicos y aquellas dedicadas a la actividad de acuicultura; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2007” así como aprobar los formularios respectivos y fi jar el plazo máximo de la entrega de la información solicitada; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2007” dirigida a todas las empresas pesqueras industriales a nivel nacional dedicadas a la elaboración de productos con recursos hidrobiológicos, así como a aquellas dedicadas a la actividad de la acuicultura, la que será ejecutada por la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción. Artículo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, solicitarán los formularios de la encuesta en la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción ubicada en la calle Uno Oeste Nº 050-Urb. Corpac, San Isidro, Lima y en el resto del país en las O fi cinas Regionales de la Producción-DIREPRO. Asimismo el formulario virtual estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio (http://www.produce.gob.pe) Artículo 4º.- Los formularios debidamente absueltos deberán ser remitidos en Lima a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística hasta el sétimo (7) día hábil del mes siguiente al que se informa, utilizando los medios de comunicación rápida como el telefax o a través del correo electrónico (estadística@produce.gob.pe) a fi n de obtener la información con mayor oportunidad y en el resto del país a las Direcciones Regionales de la Producción, Sub Regionales de la Producción y Direcciones Zonales de la Producción. Artículo 5º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario en el plazo y términos indicados, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y, 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENAN QUISPE LLANOS Jefe 29628-2 Aprueban Adenda al Convenio de Administración de Recursos celebrado con el Fondo de Población de las Naciones Unidas ampliando su objeto a los Censos Nacionales XI de Población y VI de Vivienda RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 069-2007-INEI Lima, 22 de febrero del 2007CONSIDERANDO:Que, con Resolución Suprema Nº 254-2004-PCM, se aprobó el Convenio de Administración de Recursos celebrado, entre el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y el Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA, con el propósito de fortalecer las capacidades de gestión y administración del Instituto Nacional de Estadística e Informática, para viabilizar las actividades preparatorias del X Censo Nacional de Población y V de Vivienda; Que, con Resoluciones Supremas Nºs 085-2005-PCM y 009-2006-PCM se aprobaron las adendas Nºs 1 y 2 al indicado Convenio, que ampliaron su objeto a la ejecución del X Censo Nacional de Población y V de Vivienda y de la Encuesta Continua, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2006-PCM, se declara de prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007, siendo el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) el órgano responsable de la conducción y ejecución de los referidos Censos; Que, se ha celebrado la adenda Nº 3 al Convenio de Administración de Recursos, mediante la cual se amplía su objeto a la ejecución de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28979, autoriza al INEI, aprobar mediante Resolución del Titular del Pliego, la adenda del Convenio de Administración de Recursos con el Fondo de Población de las Naciones Unidas para la ejecución de los Censos Nacionales XI de Población y VI de Vivienda; Con la opinión favorable de la O fi cina Técnica de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, en lo que se re fi ere a la disponibilidad presupuestal, y las visaciones del Subjefe de Estadística, Secretario General, Director Nacional de Censos y Encuestas y los Directores Técnicos de Asesoría Jurídica y Administración; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, ”Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto” y en cumplimiento de lo dispuesto por Ley Nº 28979, “Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 604 - “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Adenda Nº 3 del Convenio de Administración de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística e Informática y el Fondo de Población de las Naciones Unidas aprobado por Resolución Suprema Nº 254-2004-PCM, la misma que amplía su objeto, a la ejecución de los Censos Nacionales XI de Población y VI de Vivienda. Regístrese y comuníquese. RENAN QUISPE LLANOS Jefe 30020-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Imponen sanción de destitución a servidor del Establecimiento Penitenciario de Chincha de la Dirección Regional Lima RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 113-2007-INPE/P Lima, 21 de febrero de 2007