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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (23/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340382 Se toma conocimiento de las renuncias de miembros de Directorio de Empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO N° 007-2007/002-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24° del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2000-EF y normas modi fi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de ésta Empresa. Se comunica que, con cartas de fechas 15.01.2007, 08.02.2007, y 12.02.2007, se ha tomado conocimiento de las renuncias al cargo de miembro de Directorio de empresas en las que participa FONAFE, presentadas por las personas señaladas a continuación, agradeciéndoles por los servicios prestados durante el desempeño de sus funciones: NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO CORNEJO DÍAZ, RENÉ HELBER FONDO MIVIVIENDA S.A. DIRECTOR BARTOLINI MARTINEZ, DONOVAN JESUSINDAER PERU S.A. PRESIDENTE ESPINOSA LOSTAUNAU, ALFONSO ETECEN S.A. DIRECTOR HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 30026-5 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2007” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 057-2007-INEI Lima, 15 de febrero de 2007Visto el O fi cio Nº 086-2007-PRODUCE/OGTIE-OE, de la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la “Estadística Industrial Mensual 2007”. CONSIDERANDO:Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 - “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de medir la actividad económica del sector industrial a través de la elaboración de indicadores económicos coyunturales del sector, viene ejecutando periódicamente la Encuesta “Estadística Industrial Mensual” dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2007” así como aprobar los formularios respectivos y fi jar el plazo máximo de la entrega de la información solicitada; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Subjefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2007” dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación forma parte de la presente Resolución y se encuentra publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe), la que será ejecutada por la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción. Artículo 2º.- Aprobar los formularios I-1, I-2 y I-3 de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, solicitarán los formularios de la encuesta en la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción ubicada en la calle Uno Oeste Nº 050-Urb. Corpac, San Isidro, Lima y en el resto del país en las Direcciones Regionales de la Producción, Subregionales de la Producción y Direcciones Zonales de la Producción Producción - DIREPRO. Asimismo el formulario virtual estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio (http://www.produce.gob.pe) Artículo 4º.- Los formularios debidamente absueltos deberán ser remitidos en Lima a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística hasta el décimo (10) día hábil del mes siguiente al que se informa, utilizando los medios de comunicación rápida como el telefax o a través del correo electrónico (est_manufactura@produce.gob.pe) afi n de obtener la información con mayor oportunidad y en el resto del país a las Direcciones Regionales de la Producción, Subregionales de la Producción y Direcciones Zonales de la Producción. Artículo 5º.- Las personas naturales y jurídicas a que se re fi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario en el plazo y términos indicados, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y, 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENAN QUISPE LLANOS Jefe 29628-1 Autorizan la ejecución de la Encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2007” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 058-2007-INEI Lima, 15 de febrero del 2007Visto el O fi cio Nº 086-2007-PRODUCE/OGTIE-OE, de la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la “Estadística Pesquera Mensual 2007”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales;