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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340462 VISTOS: Los expedientes solicitando acreditación de ingenieros para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales que a continuación se mencionan: a) Reg. Nº 085233 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Tacna; b) Reg. Nº 074797 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Tacna; c) Reg. Nº 082151 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Lima; d) Reg. Nº 082153 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Lima; e) Reg. Nº 082191 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Lima; f) Reg. Nº 082551 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Lima; g) Reg. Nº 082842 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú, Consejo Departamental de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, se modi fi có el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalización de vehículos usados tanto por el régimen regular de importación, como también por los regímenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecánico o mecánico electricista debidamente acreditado ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2161-2004- MTC/15, se establecieron las disposiciones que regulan de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demás condiciones para la acreditación de ingenieros que suscribirán la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y comunicaciones, Que, mediante Resolución Directoral Nº 2573-2004- MTC/15, se modi fi có el artículo 4º de la Resolución Directoral mencionada en el párrafo precedente a efectos de que la constancia para acreditar volumen de importaciones, la misma que constituye requisito de la solicitud de acreditación, pueda ser expedida no solamente por SUNAT, sino también por el Gerente General o Administrador de CETICOS o ZOFRATACNA, Que, habiéndose vencido la vigencia de las acreditaciones dispuesta por la Resolución Directoral Nº 802-2006-MTC/15 de los ingenieros mecánicos o mecánicos electricistas para que suscriban la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se re fi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, es necesario realizar la renovación de la acreditación de los profesionales que lo soliciten; Que, del análisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos del artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; en efecto, éstas han sido presentadas por entidades con legitimidad para formularlas; se han adjuntado fotocopias de los documentos nacionales de identidad y de los títulos profesionales a nombre de la nación de los ingenieros cuya acreditación se solicita, así como también los currículum vitae que acreditan dos (2) años de experiencia en el ramo automotriz, Certi fi cados de Inscripción y Habilidad vigentes expedidos por el Colegio de Ingenieros del Perú, Fichas Registro de Firma y Declaración Jurada de no tener impedimentos respecto a cada uno de los profesionales; debiendo expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC y Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acreditar como Ingenieros Mecánicos y/o Mecánicos Electricistas que suscribirán la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se re fi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005- 2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, por el plazo de un (1) año, que se contará a partir de la vigencia de la presente Resolución Directoral, a los profesionales que se indican en el siguiente cuadro: Nº NOMBRE TÍTULO PROFESIONALCIP DNI ENTIDAD QUE ACREDITA 01-2007 Pablo Enriquez VillazanaIng. Mecánico 83642 10047778 Colegio de Ingenieros del Perú, Tacna. 02-2007 Pedro Mario Manchego SalazarIng. Mecánico- Electricista60883 29410283 Colegio de Ingenieros del Perú, Tacna. 03-2007 Daniel Adolfo Quispe YupaIng. Mecánico- Electricista59744 06909527 Colegio de Ingenieros del Perú, Lima. 04-2007 Nicolás Eloy Morillo LeónIng. Mecánico 74237 10403610 Colegio de Ingenieros del Perú, Lima. 05-2007 Roberto Palomino GamboaIng. Mecánico 80004 10712774 Colegio de Ingenieros del Perú, Lima. 06-2007 Máximo Fernando Zegarra SulcaIng. Mecánico 71362 08383795 Colegio de Ingenieros del Perú, Lima. 07-2007 Emilio Camacho MalpartidaIng. Mecánico- Electricista82030 25724202 Colegio de Ingenieros del Perú, Lima. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral, así como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma de cada ingeniero acreditado, a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 29995-1 VIVIENDA Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos DECRETO SUPREMO Nº 008-2007-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA