Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2007 (04/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
SUBTITULO II

348365

Por la modalidad de operacion, los teleservicios publicos o privados pueden ser: 1. Fijos. 2. Moviles. Articulo 42º.- Definicion del servicio fijo El servicio fijo, es aquel servicio prestado por redes o sistemas instalados en puntos fijos. Articulo 43º.- Clasificacion del servicio fijo El servicio fijo se clasifica en: 1. Fijo terrestre. 2. Fijo aeronautico. 3. Fijo por satelite. Articulo 44º.- Definicion del servicio fijo terrestre El servicio fijo terrestre es aquel servicio prestado por estaciones terminales y redes o sistemas instalados en puntos fijos en tierra. Articulo 45º.- Definicion del servicio fijo aeronautico El servicio fijo aeronautico es aquel servicio prestado por estaciones terminales instaladas en los aeropuertos con el proposito de cursar trafico relativo a datos de navegacion aerea, preparacion y seguridad de los vuelos, informe sobre cargas, pasajeros y demas informaciones relativas al servicio de aeropuertos. Articulo 46º.- Definicion del servicio fijo por satelite El servicio fijo por satelite es el servicio de radiocomunicacion entre estaciones terrenas situadas en puntos fijos determinados, utilizando uno o mas sistemas satelitales; en algunos casos este servicio incluye enlaces entre satelites. Articulo 47º.- Definicion del servicio movil El servicio movil, es aquel servicio prestado por estaciones radioelectricas fijas con estaciones moviles y portatiles. Articulo 48º.- Clasificacion del servicio movil El servicio movil se clasifica en: 1. Movil terrestre. 2. Movil aeronautico. 3. Movil maritimo. 4. Movil por satelite. Articulo 49º.- Definicion del servicio movil terrestre El servicio movil terrestre es aquel servicio prestado entre estaciones base y estaciones moviles terrestres o entre estaciones moviles integrantes de un mismo sistema. Excepcionalmente, el servicio podra prestarse directamente entre estaciones moviles portatiles dentro de un area restringida, con una potencia MORDAZA de cinco vatios (5W). Articulo 50º.- Definicion del servicio movil aeronautico El servicio movil aeronautico, es el servicio prestado entre estaciones fijas aeronauticas con estaciones moviles y portatiles en aeronaves en vuelo o que realizan maniobras en aeropuertos, asi como entre estas y las estaciones portatiles del personal de los aeropuertos a cargo del control del trafico aereo. Articulo 51º.- Definicion del servicio movil maritimo El servicio movil maritimo es el servicio de radiocomunicacion prestado entre estaciones costeras o portuarias y estaciones de barco o embarcaciones de cualquier indole y estaciones portatiles de apoyo a este servicio, con el fin de cursar comunicaciones entre estos. Este servicio comprende tambien las facilidades de radiocomunicacion de embarcaciones que operan en los MORDAZA y rios. Articulo 52º.- Definicion del servicio movil por satelite El servicio movil por satelite es el servicio entre estaciones terrenas moviles con una o varias estaciones espaciales, o entre estaciones espaciales utilizadas por este servicio, o entre estaciones terrenas moviles por intermedio de una o varias estaciones espaciales.

DE LOS TELESERVICIOS PUBLICOS Articulo 53º.Clasificacion de teleservicios publicos Se consideran teleservicios publicos a los siguientes: 1. Servicio telefonico.- Es el que permite a los usuarios la conversacion telefonica en tiempo real, en ambos sentidos de transmision, a traves de la red de telecomunicaciones. 2. Servicio telex.- Es el que permite la comunicacion interactiva de textos entre abonados mediante aparatos teleimpresores, que se comunican entre si a traves de una red telex, mediante la transmision de datos convenientemente codificados. 3. Servicio telegrafico (telegrama).- Es el que permite la transmision de mensajes escritos para ser entregados al destinatario. 4. Servicio de buscapersonas.a) En su modalidad unidireccional: Es el que permite al abonado recibir un aviso por radio por medio de un equipo radioelectrico portatil utilizado en una determinada zona. Este aviso puede ser un mensaje verbal o una MORDAZA visual codificada. b) En su modalidad bidireccional: Es el que permite al abonado recibir un aviso por radio por medio de un equipo radioelectrico portatil utilizado en una determinada MORDAZA, el mismo que puede ser un mensaje verbal o una MORDAZA visual codificada. Adicionalmente, permite enviar un aviso de confirmacion de recepcion del mensaje o enviar un mensaje corto, entre otros. 5. Servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado).- Es el que permite a los abonados cursar senales de voz y datos, individuales o de grupo, mediante el uso de MORDAZA multiples de radiocomunicacion cuya asignacion se realiza en forma automatica. 6. Servicio de conmutacion para transmision de datos.Es el que utilizando una red propia permite a los abonados comunicaciones individuales en forma de datos entre equipos informaticos situados en lugares diferentes. 7. Servicio multimedios.- Es el servicio de telecomunicaciones que ademas brinda servicios de informatica y servicios audiovisuales, convergentes en un sistema, una banda o un dispositivo, con fines de negocio, seguridad, entretenimiento, entre otros. 8. Servicio de comunicaciones personales.- Es el servicio que utilizando Sistemas de Comunicaciones Personales (PCS) permite brindar servicios de telecomunicaciones moviles que mediante un terminal asociado al abonado posibilitan comunicaciones en todo momento dentro del area de concesion. 9. Servicios moviles por satelite.- Son servicios moviles de telecomunicaciones que se brindan mediante terminales portatiles, utilizando satelites. 10. Servicio movil de datos maritimo por satelite.- Aquel servicio de telecomunicaciones que proporciona datos, como el posicionamiento de las embarcaciones, utilizando satelites. Este servicio se prestara en las bandas atribuidas para los servicios publicos de telecomunicaciones de acuerdo al PNAF. 11. Cualquier otro que el Ministerio clasifique como tal mediante resolucion ministerial. Articulo 54º.- Clasificacion del Servicio telefonico El servicio telefonico, por la forma en que se presta, puede ser: fijo o movil. Articulo 55º.- Definicion del servicio telefonico fijo El servicio telefonico fijo llamado tambien servicio telefonico basico, es aquel que se presta a traves de una red fija, no expuesta a movimiento o alteracion, utilizando medios alambricos, opticos y/o radioelectricos. Articulo 56º.- Definicion del servicio telefonico movil El servicio telefonico movil es aquel que se presta a traves del medio radioelectrico en las bandas especificamente determinadas por el Ministerio, mediante terminales moviles que se pueden transportar de un lugar a otro dentro del area de servicio de la empresa operadora, la misma que se encuentra configurada en celulas.

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