Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2007 (04/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2007

La inscripcion en el registro de servicios publicos de telecomunicaciones es constitutivo de derechos. Articulo 156º.- Requisitos La solicitud de inscripcion en el registro de servicios debe adjuntar, por cada servicio, la documentacion siguiente: 1.Perfil del proyecto tecnico del servicio a brindar, autorizado por ingeniero colegiado habil de la especialidad. Si el servicio a brindar involucra espectro radioelectrico su asignacion, asi como la aprobacion o modificacion de caracteristicas tecnicas, de ser el caso, seran autorizadas por la Direccion de Gestion en el plazo de veinte (20) dias habiles de presentada la solicitud. 2.Plan de cobertura, y de ser el caso, capacidad de red. 3.Si la prestacion del servicio involucra la Provincia de MORDAZA y/o Provincia Constitucional del Callao, se debera presentar los requisitos a que se refiere el articulo 144º. 4.Proyeccion de la inversion prevista para los primeros cinco (5) anos y monto de la inversion inicial a ser ejecutado durante su primer ano. 5.Compromiso de cumplir todas y cada una de las clausulas estipuladas en el contrato de concesion unica. El plazo MORDAZA para la evaluacion de la solicitud y la inscripcion en el registro es de treinta (30) dias habiles de presentada la solicitud. La ficha de inscripcion sera notificada dentro de los cinco (5) dias posteriores a la inscripcion. Para la modificacion del Registro se debera presentar la documentacion contenida en el presente articulo, en lo que fuese aplicable. La ficha de inscripcion del servicio publico concedido en el Registro forma parte integrante del contrato de concesion unica que le da origen y por tanto se sujeta a las condiciones y obligaciones generales de dicho contrato. Articulo 157º.- Contenido El registro debe contener fundamentalmente lo siguiente: 1. Identificacion del solicitante. 2. Servicio publico concedido. 3. Plazo de inicio de la prestacion del servicio, el cual es de doce (12) meses computados a partir de su inscripcion en el registro. Dicho plazo no esta sujeto a prorroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor. 4. Derechos y obligaciones del concesionario. 5. Plan de cobertura y, de ser el caso, capacidad de red. 6. Penalidades, en los casos que corresponda. Articulo 158º.- Causales de cancelacion La cancelacion de la inscripcion del servicio adicional que corresponda se producira de pleno derecho, si la concesionaria incurre en alguna de las siguientes causales: 1. No iniciar la prestacion del servicio dentro del plazo previsto en el articulo 134º. Cuando el servicio incluya mas de una modalidad para su prestacion, el no inicio de una de ellas determinara la cancelacion del registro en la parte que corresponda. 2. Suspension de la prestacion del servicio sin previa autorizacion del Ministerio, salvo que esta se produzca por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditadas. 3. De ser el caso, no presentar o renovar la carta fianza a fin de asegurar el inicio de las operaciones en la provincia de MORDAZA y/o la Provincia Constitucional del Callao. 4. Incumplimiento de la obligacion de atender, como minimo un distrito fuera del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, para los casos en que la concesion para servicios finales involucre la provincia de MORDAZA y/o la Provincia Constitucional del Callao, conforme lo senala el numeral 8 del articulo 153º. 5. Incumplimiento de otras obligaciones contraidas por el concesionario, cuando hayan sido expresamente convenidas como causal de cancelacion de la inscripcion del registro para brindar servicios publicos de telecomunicaciones.

En caso de incurrir la concesionaria en alguna de las causales, la Direccion de Gestion procedera de oficio a la cancelacion de la inscripcion respectiva; debiendo comunicar dicha cancelacion a la concesionaria en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias. SUBTITULO II DEL OTORGAMIENTO DE LA CONCESION MEDIANTE CONCURSO PUBLICO DE OFERTAS Articulo 159º.- Elaboracion de bases y la conduccion del concurso publico La elaboracion de las bases y la conduccion del concurso publico de ofertas estan a cargo del organo competente del Ministerio. La aprobacion de las bases y la conformacion del comite de recepcion y evaluacion de ofertas compete al Viceministro de Comunicaciones. El otorgamiento de la concesion y la asignacion del espectro, en su caso, sera por concurso publico de ofertas, segun lo establecido por el articulo 123º. En caso de que la empresa que obtiene la buena pro, tratandose de concurso para asignacion de espectro, cuente con concesion para el servicio ofertado, debera emitirse la resolucion directoral que otorgue el derecho de uso del espectro asignado. Mediante resolucion del Titular del Ministerio se podra, para casos especificos, encargar a otra entidad la conduccion del concurso y el otorgamiento de la buena pro a que se refieren los parrafos precedentes. Articulo 160º.- Publicacion de la convocatoria La convocatoria a concurso publico de ofertas se publicara obligatoriamente por dos (2) veces consecutivas en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de circulacion nacional. Articulo 161º.- Contenido de la convocatoria La convocatoria debera contener obligatoriamente lo siguiente: 1. Denominacion de la entidad que convoca. 2. Objeto del concurso. 3. Lugar donde los interesados puedan inscribirse, recabar informacion y adquirir las bases del concurso. 4. Precio de venta de las bases. 5. Dia, hora y lugar donde se efectuara la recepcion de ofertas. 6. Otros que el organo competente del Ministerio considere necesarios. Articulo 162º.- Contenido de las bases Las bases del concurso publico contendran obligatoriamente lo siguiente: 1. Cronograma del concurso. 2. Objeto del concurso. 3. Documentos requeridos para la calificacion de postores. 4. Area de concesion. 5. Plazos. 6. Obligacion, en su caso, de presentar un perfil del proyecto tecnico del servicio a instalar, autorizado por un ingeniero colegiado habil de la especialidad. 7. Descripcion de los principales parametros tecnicos y caracteristicas del servicio, precisando las normas tecnicas obligatorias aplicables a este servicio. 8. Descripcion de los componentes basicos de la estructura tarifaria y criterios de aplicacion. 9. Anteproyecto de contrato de concesion. 10. Garantias, entre las que figurara la carta fianza bancaria de seriedad de oferta y montos correspondientes que constituiran los concursantes y el ganador del concurso, respectivamente. 11. Documentacion que debera presentar el concursante ganador para la celebracion del contrato de concesion. 12. Cronograma de ejecucion del proyecto. 13. La oferta, la misma que puede consistir en una oferta economica o en el desarrollo e implementacion de un proyecto integral para la prestacion del servicio de telecomunicaciones materia del concurso, conforme a los criterios minimos que se establezcan para tal fin.

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