Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2007 (04/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
2. Privados de difusion.

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2007

Articulo 85º.- Servicio de meteorologia por satelite El servicio de meteorologia por satelite es el servicio de exploracion de la tierra con fines meteorologicos a traves de satelites. SUBCAPITULO VI Otros Servicios de Radiocomunicaciones Articulo 86º.- Otros servicios de radiocomunicaciones Otros servicios de radiocomunicaciones son: 1. Emisiones de frecuencia patron y de senales horarias. 2. Radioastronomia. 3. Ayuda a la Meteorologia. 4. Radiolocalizacion. 5. Servicio de exploracion de la Tierra por satelite. 6. Cualquier otro servicio que el Ministerio clasifique como tal mediante resolucion ministerial. Articulo 87º.- Servicio de emisiones de frecuencia patron y de senales horarias El servicio de emisiones de frecuencia patron y de senales horarias se emplea para la transmision de frecuencias especificas o de senales horarias o de MORDAZA, cuando estas son de reconocida y elevada precision. Los fines a los que estan destinados son cientificos, tecnicos y actividades similares relacionadas con la operacion de estaciones radioelectricas. Articulo 88º.- Servicio de Radioastronomia El servicio de Radioastronomia es el servicio que se utiliza para la determinacion de datos y parametros cientificos relacionados con la Astronomia y cuyo fin es el progreso de la ciencia en general. Articulo 89º.- Servicio de ayuda a la Meteorologia El servicio de ayuda a la Meteorologia esta constituido por facilidades de radiocomunicacion, destinadas a la transmision de resultados de observaciones meteorologicas realizadas por instituciones especializadas. Articulo 90º.- Servicio de radiolocalizacion El servicio de radiolocalizacion es el servicio destinado a la determinacion de parametros relativos a la ubicacion y posicion de objetos fijos o moviles, que emiten energia electromagnetica. Articulo 91º.- Servicio de exploracion de la Tierra por satelite El servicio de exploracion de la Tierra por satelite es el servicio de radiocomunicacion entre estaciones terrenas y/o plataformas de recoleccion de datos, y una o varias estaciones espaciales que puede incluir enlaces entre estaciones espaciales y en el que: 1. Se obtiene informacion de diversas MORDAZA que pueden estar ubicadas en cualquier lugar del mundo. 2. La informacion es captada mediante un conjunto de sensores, reunida y transmitida por las plataformas a los satelites para ser almacenada y retransmitida a las estaciones terrenas de recoleccion de datos y de alli a un centro de gestion del sistema. 3. Las plataformas de recoleccion de datos pueden ser fijas y/o moviles. 4. Puede incluir un sistema de localizacion que determine las coordenadas de las plataformas de transmision. 5. Puede incluirse la interrogacion a las plataformas y el intercambio de mensajes cortos codificados. TITULO IV DE LOS SERVICIOS DE DIFUSION Articulo 92º.- Definicion Los servicios de difusion se caracterizan porque la comunicacion se realiza en un solo sentido, desde uno o mas puntos de transmision hacia varios puntos de recepcion. Quien recibe la comunicacion lo hace libremente, captando lo que sea de su interes. Articulo 93º.- Clasificacion Los servicios de difusion se clasifican en: 1. Publicos de difusion.

SUBTITULO I DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE DIFUSION Articulo 94º.- Clasificacion Los servicios publicos de difusion pueden ser: 1. De distribucion de radiodifusion por cable, en las modalidades de: a) Cable alambrico u optico. b) Sistema de distribucion multicanal multipunto (MMDS). c) Difusion directa por satelite. 2. De musica ambiental. 3. Cualquier otro que el Ministerio clasifique como tal mediante resolucion ministerial. Articulo 95º.- Servicio de distribucion de radiodifusion por cable El servicio de distribucion de radiodifusion por cable es aquel que distribuye senales de radiodifusion de multicanales a multipunto, a traves de cables y/u ondas radioelectricas, desde una o mas estaciones pertenecientes a un mismo sistema de distribucion, dentro del area de concesion. Articulo 96º.- Servicio de musica ambiental El servicio de musica ambiental esta constituido por facilidades de telecomunicaciones destinadas a la transmision de musica. SUBTITULO II DE LOS SERVICIOS PRIVADOS DE DIFUSION Articulo 97º.- Definicion Llamese servicio privado de difusion al servicio establecido por una persona natural o juridica para satisfacer sus propias necesidades de difusion dentro de un area delimitada. Articulo 98º.- Servicio de circuito cerrado de television El servicio de circuito cerrado de television es un servicio privado de difusion, que consiste en la transmision de senales en banda base de television a traves de medios fisicos u ondas radioelectricas, cuando el caso lo requiera, utilizando bandas exclusivas para el transporte de la senal. Si para este servicio se requiere utilizar potencias superiores a diez milivatios (10mW) en antena (potencia efectiva irradiada), es preciso obtener autorizacion para el uso del espectro radioelectrico. TITULO V DE LOS SERVICIOS DE VALOR ANADIDO Articulo 99º.- Clasificacion Son servicios de valor anadido los siguientes: 1. Facsimil en la forma de almacenamiento y retransmision de fax.- Es el servicio de circulares de fax, el de conversion grafico a texto y texto a formato fax. 2. Videotex.- Es el servicio interactivo que se presta por la red de telecomunicaciones y que permite la visualizacion de textos o graficos por medio de un dispositivo situado en el domicilio del usuario. 3. Teletex.- Es el servicio que difunde informacion en forma de texto a diversos usuarios tales como noticias, informacion de bolsa, entre otros. 4. Teletexto.- Es el servicio que consiste en insertar informacion de un texto en la trama de la senal de television y es distribuido a traves de radiodifusion. 5. Teleaccion.- Es el servicio que emplea mensajes cortos y que requiere velocidades de transmision muy bajas entre el usuario y la red de telecomunicaciones. 6. Telemando.- Es el servicio mediante el cual se actua desde un dispositivo de control distante sobre el sistema supervisado para modificar las condiciones en que se encuentra.

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