Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2007 (22/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de octubre de 2007

para la localidad de MORDAZA, entre otras, la que comprende al distrito de MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, ubicacion de la estacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 482-2007MTC/28 opina que procede otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., habiendo cumplido con los requisitos establecidos para la renovacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, el Plan de Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17, a la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., para que continue prestando el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Puno. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del dia siguiente al vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17, en consecuencia vencera el 29 de diciembre del 2010. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C. esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asimismo debera efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual; en caso de incumplimiento, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 122497-2 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 788-2007-MTC/03 MORDAZA, 17 de octubre de 2007 VISTO, el escrito con registro Nº 2001-005937, presentado por la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., sobre renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17, del 19 de diciembre de 1994, se autorizo a la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, entre otras, con vigencia hasta 29 de diciembre de 2000; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º

del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, en virtud de lo establecido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television es aplicable al procedimiento de renovacion de autorizacion iniciado por la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; Que, el articulo 5º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03 se aprobo el Plan de Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion por television en la banda de VHF para la localidad de Juliaca, entre otras, la que comprende al distrito de Juliaca de la provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, ubicacion de la estacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0484-2007-MTC/28, opina que procede otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., habiendo cumplido con los requisitos establecidos para la renovacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17, a la COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C., para que continue prestando el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de Juliaca, departamento de Puno. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del dia siguiente al vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 439-94-MTC/15.17, en consecuencia vencera el 29 de diciembre del 2010. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La COMPANIA DE RADIODIFUSION MORDAZA S.A.C. esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asimismo debera efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual; en caso de incumplimiento, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 122497-3

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