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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (22/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de octubre de 2007 355817 NºDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOSDERECHO DE PAGO (UIT) %CALIFICACIÓN INICIO DEL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBAAUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSOS ADMINISTRA- TIVOS EN 1º y 2º InstanciaAPROB. EVALUACIÓN PREVIA AUTO- MÁTICASILENCIO POSITIVOSILENCIO NEGATIVO Condiciones Básicas : * Se considera adoptantes internacionales a los ciudadanos peruanos y extranjeros residentes en el extranjero que solicitan la adopción de un niño, niña o adolescente residente en el Perú y a los ciudadanos peruanos o extranjeros residentes en el Perú que solicitan la adopción de un niño, niña o adolescente residente en el extranjero. * La solicitud debe presentarse a través de la Autoridad Central competente o el organismo acreditado con convenio o autorización vigentes, según sea el caso. Tratándose de peruanos residentes en el exterior pueden presentar sus documentos directamente a la Secretaria Nacional de Adopciones, sin necesidad del organismo acreditado, sin perjuicio de su canalización a través de la Autoridad Central en materia de adopción del país de residencia y siempre que ello sea viable según la normativa del país de su residencia. Para que proceda la adopción deberá sujetarse a las disposiciones respecto a la obligatoriedad del seguimiento post adoptivo. * Lo dispuesto en el párrafo precedente será también de aplicación a los peruanos residentes en el extranjero que hayan contraído matrimonio con ciudadanos de distinta nacionalidad. * Todo documento remitido del exterior deberá estar traducido al español por un traductor, visado por las autoridades o fi ciales del país extranjero, por el Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. * Los documentos no deberán tener una antigüedad mayor de un año al momento de ser presentados a la Secretaria Nacional de Adopciones, a excepción de los certi fi cados médicos, que no deberán tener una antigüedad mayor de tres meses de presentada la solicitud. Nota : El tiempo promedio de duración del procedimiento no incluye el tiempo de subsanación 15 días hábiles y el período de prorroga requeridos por los administrados, según lo establecido por el Art. 18° del DS. N° 010-2005-MIMDES. establecido por el Art. 18° del DS. N° 010-2005-MIMDES. 18Evaluación de Empatía y Colocación 1. Designación por el Consejo Nacional de Adopciones Gratuito 19 días O fi cina de Secretario(a) Reconsideración Familiar de Adopción Nacional e 2. Carta de aceptación de los solicitantes de adopción, de hábiles Trámite Nacional de Secretario(a) Internacional. la designación. Documentario Adopciones Nacional de Ley N° 26981 (Arts. 8° al 13°) y Archivo Adopciones DS. Nº 011-2004-MIMDES (Art. 87º Apelación inciso h, i) Vice Ministra DS.Nº 010-2005-MIMDES (Art. 4º de la Mujer inciso g, Arts. 19° al 31°) VIII. DIRECCIÓN GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD 58Inscripción en el Registro Nacional de a) PERSONAS NATURALES Gratuito 8 días O fi cina de Director(a) Reconsideración la Persona con Discapacidad. 1. Solicitud de Inscripción según formato expedido por la hábiles Trámite General de la Director(a) - LEY Nº 27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad, modif. por la Ley 28164 Dirección General de la Persona con Discapacidad - DGPDIS Documentario Persona con General de la (Art. 8º inciso k) y Art. 12º) 2. Copia simple del Documento Nacional de Identidad, en caso y Archivo Discapacidad Persona c on D.S. Nº 003-2000-PROMUDEH – de menores de edad partida de nacimiento y copia simple Discapacidad Reglamento de la Ley 27050, modif. por del Documento Nacional de Identidad del tutor Apelación D.S. 003-2006-MIMDES 3. Exhibir el certi fi cado de discapacidad original y presentar Vice Ministra (Art.13º inc 13.9) Arts.16º,18 y 20º) copia simple de la Mujer D.S. Nº 011-2004-MIMDES, ROF MIMDES 4. Fotografía reciente a color tamaño carné modif.por D.S. Nº 006-2007-MIMDES b) PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PÚBLICO O (Art. 67-B, inc. g) Art. 67-E incisos i) y j) PRIVADO 1. Solicitud de Inscripción según formato expedido por la Dirección General de la Persona con Discapacidad - DGPDIS 2. Copia simple de escritura pública de constitución o Ley de creación, según corresponda.