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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (22/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de octubre de 2007 355830 Que los resultados de la ejecución de la citada Directiva, permitió educar, informar, prevenir y sensibilizar a la colectividad, respecto a los efectos negativos para la salud y la seguridad ciudadana, que generan el uso, manipulación y almacenamiento ilegal de artículos pirotécnicos; Que la participación activa, a nivel nacional, de los señores Fiscales y personal administrativo de las Fiscalías Provinciales Penales, Familia, Prevención del Delito y Mixtas respectivamente, contribuyó a reducir el índice delictivo de la comercialización ilícita de artículos pirotécnicos, fortaleciendo así el carácter preventivo de la función fi scal, en ese sentido, corresponde emitir las disposiciones pertinentes para la ejecución de la Campaña de Prevención y Erradicación de Actividades Ilegales relacionadas a Productos Pirotécnicos; De conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que las Fiscalías Provinciales Penales de Turno, Familia, Mixtas y de Prevención del Delito a nivel nacional, desarrollen actividades de educación-informativa e intervención penal respectivamente en las instituciones educativas y centros comerciales de su jurisdicción, según corresponda, en temas de prevención y erradicación de productos pirotécnicos, con el objeto de contrarrestar los efectos negativos de la manipulación e ingesta de menores de edad y riesgos en la población en general. Artículo Segundo.- Aprobar la Directiva Nº008-2007- MP-FN, “Disposiciones sobre la Ejecución de la Campaña de Prevención y Erradicación de Actividades Ilegales relacionadas a Productos Pirotécnicos”, debiéndose encargar los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales a nivel nacional, de su estricto cumplimiento. Artículo Tercero.- Disponer que las Fiscalías Provinciales referidas, deban elevar el informe respectivo al Decanato Superior de su jurisdicción, instancia que remitirá el resultado estadístico respectivo a la Fiscalía de la Nación para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Educación, Ministerio del Interior, Gerencia General, Gerencia Central de Imagen Institucional y Decanatos Superiores a nivel nacional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 122510-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios a Uruguay para participar en el Primer Seminario de GAFISUD sobre Prevención y Control del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo en las Actividades y Profesiones no Financieras RESOLUCIÓN SBS N° 1524-2007 Lima, 19 de octubre de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por el Grupo de Acción Financiera para Sudamérica – GAFISUD, con el fi n de participar en el Primer Seminario de GAFISUD sobre Prevención y Control del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo en las Actividades y Profesiones no Financieras, organizado en el marco del programa de capacitación y asistencia técnica acordado con la República Federal de Alemania e InWent, el mismo que se llevará a cabo del 24 al 26 de octubre de 2007, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO:Que, el mencionado evento, dirigido especialmente a las autoridades de supervisión, de las unidades de inteligencia fi nanciera, ministerios públicos y responsables de la elaboración de estrategias/planes nacionales ALA/CFT, tiene como principal objetivo contribuir en el desarrollo de estrategias para la prevención del abuso de las actividades y profesiones no fi nancieras designadas en las recomendaciones de GAFI-GAFISUD para el lavado de activos o fi nanciar actividades vinculadas con el terrorismo; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la señorita Magda Katherine Fernández Choque, Abogado Principal del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y al señor Luis Manuel Zárate Rodríguez, Analista del Departamento de Análisis de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participen en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-09, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de alojamiento y alimentación serán fi nanciados por InWent, en tanto que los gastos por concepto de pasajes aéreos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Magda Katherine Fernández Choque, Abogado Principal del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y del señor Luis Manuel Zárate Rodríguez, Analista del Departamento de Análisis de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 23 al 27 de octubre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de alojamiento y alimentación serán fi nanciados por InWent, en tanto que los gastos por concepto de pasajes aéreos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1163,22 Tarifa CORPAC 60,50