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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de octubre de 2007 355820 Inscriben a la Asociación Alianza de Apoyo al INEN en el Registro de Instituciones Privadas de carácter asistencial y de auxilio, como entidad que realiza acciones de apoyo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 865-2007/MINSA Lima, 18 de octubre de 2007Visto: el Expediente Nº 07-070986 que contiene la Carta Nº 359-ALINEN-2007, presentada por la Presidenta de la Asociación Alianza de Apoyo al INEN; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 471-76-SA, se establece que el reconocimiento e inscripción de las Instituciones Privadas Nacionales e Internacionales que realizan actividades de carácter asistencial y de auxilio será efectuado por Resolución Ministerial del Ramo de Salud; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2005-SA, incluye el procedimiento de Registro y Actualización de Instituciones Privadas y Católicas de carácter Asistencial y de Auxilio, previo cumplimiento de requisitos y plazos considerados en dicho cuerpo normativo; Que, mediante el documento del visto, la Presidenta de la Asociación Alianza de Apoyo al INEN ha solicitado al Ministerio de Salud el reconocimiento y la inscripción en el Registro de Instituciones Privadas de carácter asistencial y de auxilio; Que, con Ofi cio Nº 543-2007-DGPS/MINSA, la Dirección General de Promoción de la Salud, ha informado al Despacho Viceministerial que la mencionada asociación ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente; Estando a lo informado por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con la visación de la Viceministra de Salud, de la Directora General de la Dirección General de Promoción de la Salud y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Inscribir a la Asociación Alianza de Apoyo al INEN en el Registro de Instituciones Privadas de carácter asistencial y de auxilio, como una entidad que realiza acciones de apoyo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 122320-5 Conforman la Unidad Funcional Central Nacional de Regulación de las Referencias de Emergencias - CENAREM en la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 866-2007/MINSA Lima, 18 de octubre de 2007Visto el Expediente Nº 07-017420-001 que contiene el Memorándum Nº 3481-2007-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud establece las competencias de rectoría sectorial del Ministerio precisado en su literal h) el análisis y la regulación técnica de la prestación de servicios de salud; Que, Articulo 43º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005/MINSA, se han establecido funciones relacionadas con la Innovación del diseño y regular la organización, funcionamiento y desarrollo de los establecimientos y servicios de salud públicos, teniendo en cuenta el modelo de atención integral y las particularidades de las realidades regionales y locales, con pleno respeto de la persona, que tienen que ser realizadas por la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas; Que, la NT N° 018-MINSA/DGSP-V01 “Norma Técnica del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 751-2004/MINSA, establece que el Ministerio de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y Direcciones de Salud, dispondrán la instalación y funcionamiento de una red de comunicación para los establecimientos de salud a nivel nacional; Que, es necesario conformar una Unidad funcional, encargada de diseñar, regular, organizar e implementar el proyecto piloto de las referencias de emergencias a nivel nacional que oriente y facilite la atención de los casos de emergencia a nivel nacional, brindando además el soporte al Sistema de Referencia y contrarreferencia, en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.4.5 de la Directiva Nº 07-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 809-2006/MINSA, que faculta a las entidades a conformar áreas funcionales afi n de facilitar la organización, supervisión y control del trabajo, de un órgano o unidad orgánica; Que, los literales a) y d) del precitado numeral precisan que la denominación a utilizar para tal efecto es de Equipo de Trabajo o Unidad Funcional y que los equipos de trabajo de carácter temporal serán establecidos en el Plan Operativo y su conformación tendrá una duración no mayor de un año; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Viceministro de Salud, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar con carácter temporal la Unidad Funcional Central Nacional de Regulación de las Referencias de Emergencias - CENAREM en la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección General de Salud de las Personas, encargada de diseñar, regular, organizar e implementar el proyecto piloto de las Referencias de Emergencias a nivel nacional, que oriente y facilite la atención de los casos de emergencia y brinde el soporte al Sistema de Referencia y Contrarreferencia. Artículo 2º.- La conformación de la precitada Unidad Funcional tendrá una duración no mayor de un año de expedida la presente Resolución. Artículo 3°.- La Dirección de Servicios de la Dirección General de Salud de las Personas, deberá evaluar el desarrollo de la labor encomendada a la citada Unidad Funcional durante el tiempo que dure su conformación, luego de lo cual dicha Dirección deberá proponer a las instancias competentes la implementación defi nitiva del precitado proyecto piloto, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique en el Portal de Internet del Ministerio de Salud la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 122320-6