NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)
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TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353753 CONSUCODE, la IE Nº 1031 “BOTONES” y la IE Nº 1073 “HERMANN BUSE DE LA GUERRA”; Que mediante O fi cios Nºs. 003-2006/GAF-CGP- CONSUCODE y 004-2006/GAF-CGP-CONSUCODE, el Comité de Gestión Patrimonial, invitó a ambas Instituciones Educativas para hacer el reconocimiento de los bienes dados de baja; Que el Director de la IE Nº 1031 “BOTONES”, mediante O fi cio s/n de fecha 13 de setiembre de 2006, solicita el 100% de los bienes dados de baja, para la donación, asimismo mediante O fi cio Nº 078-2006- DIR-“HBDLG”, de fecha 20 de setiembre de 2006, la Dirección de la IE Nº 1073 “HERMANN BUSE DE LA GUERRA” solicita una relación de nueve (09) bienes, para la donación; Que mediante O fi cio Nº 252-2006/GAF-CONSUCODE, de fecha 11 de octubre de 2006, el CONSUCODE envía las dos solicitudes a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local 03, para su evaluación, solicitud reiterada mediante O fi cio Nº 005-2007/GAF-CONSUCODE, de fecha 05 de enero de 2007, no habiendo recibido respuesta a ninguno de los O fi cios; Que el numeral 4.3 del artículo 4º del mencionado Reglamento de la Ley Nº 27995, establece que cada Unidad de Gestión Educativa Local, a partir de la fecha de recepción de la Resolución de Baja, deberá comunicar a la Entidad Estatal, la relación de aquellos centros que serán bene fi ciados con la transferencia de bienes muebles, indicando tipo y cantidad de bienes que corresponda transferir y recibir. En caso de no hacerlo, la entidad estatal queda liberada para que directamente designe a los centros educativos ubicados en zonas de extrema pobreza que serán bene fi ciados con la respectiva transferencia de los bienes mobiliarios, comunicando dicho acto a la Unidad de Gestión Educativa Local; Que el Comité de Gestión Patrimonial ha sugerido efectuar la transferencia en calidad de donación, de los bienes patrimoniales al 100%; Que en consecuencia, debe formalizarse la transferencia en la modalidad de donación de los bienes muebles dados de baja por el CONSUCODE a favor de la Institución Educativa Nº 1031 “BOTONES” de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03, de acuerdo al requerimiento formulado mediante el O fi cio s/n de fecha 13 de setiembre de 2006 al 100%, es decir, 133 bienes patrimoniales disponibles; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la Ley Nº 27995 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-EF y el numeral 23 del Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación de los bienes muebles dados de baja por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, a la Institución Educativa IE Nº 1031 “BOTONES”, de un total de (133) ciento treinta y tres bienes patrimoniales, según consta en los Anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los bienes muebles materia de la presente Resolución serán entregados mediante Acta de Entrega-Recepción, que será suscrita por el Comité de Gestión Patrimonial del CONSUCODE, y el Director del Centro Educativo Bene fi ciario. La Institución Educativa, contará con un plazo de diez (10) días hábiles, computados a partir de la noti fi cación de la presente Resolución, para recibir los bienes donados, vencido dicho plazo, sin producirse la recepción, el Comité de Gestión Patrimonial procederá de acuerdo al Reglamento de la Ley Nº 27995. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Superintendencia de Bienes Nacionales, de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y de la Dirección de Educación de Lima, la presente Resolución dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles siguientes a su aprobación. Regístrese y comuníquese.LUIS TORRICELLI FARFÁN Presidente 109716-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Norma Técnica Censal Nº 002-2007-INEI/CPV “De los Servicios de Transporte en el “Día del Censo” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 272-2007-INEI Lima, 19 de setiembre del 2007CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 093-2006-PCM, declara de prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007, disponiendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática -INEI, como órgano responsable de la conducción y ejecución de los Censos Nacionales, emita las normas técnicas por las que se regirán los referidos censos nacionales; Que, el Art. 65º del Decreto Supremo Nº 035-2007- PCM, que aprueba las “Normas para la Ejecución de Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007”, establece que el “Día del Censo” habrá inamovilidad de la población en todo el territorio nacional y en sus aguas jurisdiccionales desde las 08:00 hasta las 18:00 horas. Asimismo, en su Quinta Disposición Complementaria señala, que el INEI, en el ámbito de su competencia, está autorizado a emitir las disposiciones necesarias para la aplicación de las normas relacionadas, entre otras, a los aspectos técnicos inherentes a la ejecución de la mencionada Investigación Estadística; Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-PCM, se ha declarado el día 21 de Octubre del 2007, “Día del Censo Nacional”, debiendo realizarse ese día el empadronamiento de las personas en el lugar donde se encuentren en el momento censal, dentro del territorio nacional y sus aguas jurisdiccionales; Que, a fi n de garantizar la inamovilidad decretada durante el Empadronamiento Nacional en Área Urbana, es conveniente dictar medidas referidas al Servicio de Transporte el “Día del Censo”; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 093- 2006-PCM, Decreto Supremo Nº 035-2007-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la NORMA TÉCNICA CENSAL Nº 002-2007-INEI/CPV “De los Servicios de Transporte en el “Día del Censo”. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional con domicilio electrónico en: www.inei.gob.pe. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe